Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE en Liquidación y se dictan otras disposiciones

Decreto · 2776 · 2012-06-12 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Prórroga. Prorrogar hasta el 30 abril de 2013, el plazo dispuesto para la liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL ElCE EN LIQUIDACION, establecido en el artículo 1% del Decreto 2196 de 2009, prorrogado mediante el artículo 1 de los Decretos 2040 de 2011 y 1229 de 2012. : Parágrafo.- En el evento que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1 del presente decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.

Artículo 2

Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 2196 de 2009, 2040 de 2011 y 1229 de 2012.

Artículo ANEXO

pre CARDENAS SANTAMARIA í - DECRETO NúMERO 2116 DE 2012 HOJANo 4% EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, LEJANDRO GAVIRIA URIBE EL MINISTRO DE TRABAJO, TA RAFAEL PARDO RUEDA LA SUBDIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CLAUDIA PATRICIA HERNANDEZ LEON

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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