Artículo 1
Prórroga. Prorrogar hasta el 30 abril de 2013, el plazo dispuesto para la liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL ElCE EN LIQUIDACION, establecido en el artículo 1% del Decreto 2196 de 2009, prorrogado mediante el artículo 1 de los Decretos 2040 de 2011 y 1229 de 2012. : Parágrafo.- En el evento que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1 del presente decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.