Artículo 21
Subdirección Laboratorio Nacional de Referencia. Son funciones de la Subdirección Laboratorio Nacional de Referencia, las siguientes: “Por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de ON DECRETO NÚMERO _ * 2 1 14 DE 2012 HOJA No. 18 1. Realizar las pruebas o ensayos de confirmación y referencia de eventos de interés en salud pública a cargo del nivel nacional. 2. Coordinar con los demás actores de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, la referencia y contrareferencia de muestras y resultados de diagnostico de eventos de interés en salud pública. 3. Desarrollar, validar, adoptar y actualizar las metodologías y ensayos empleados para la obtención de resultados de diagnóstico, vigilancia y confirmación por el laboratorio, de eventos de interés en salud pública 4. Consolidar, analizar y generar información del Laboratorio Nacional de Referencia y generar los indicadores pertinentes. 5. Proyectar los manuales y documentos técnicos pertinentes para el desarrollo de las actividades técnico científicas del Laboratorio Nacional de Referencia. 6. Cumplir con estándares de calidad incluyendo la participación en ensayos de comparación interlaboratorios y en programas de evaluación externa del desempeño con entidades internacionales, a fin de demostrar su competencia y establecer o adoptar técnicas relacionadas con las áreas de su interés. 7. Elaborar e implementar los planes y programas de transferencia de tecnología para la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social. 8. Elaborar e implementar los planes y programas de asesoría, asistencia técnica, mejoramiento y seguimiento para la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, para el cumplimiento de los estándares de calidad. 9. Brindar asistencia técnica en la evaluación de tecnologías en salud pública en lo relacionado con los Laboratorios de Salud pública. 10. Coordinar con el INVIMA el cumplimiento de las funciones de la Red Naciona! de Laboratorios de Salud Pública, acorde con la normatividad. 11.Participar en los programas, planes y actividades destinados a prevenir, reducir o atender los efectos sobre la salud, producidos por desastres, calamidades o emergencias, en articulación con las autoridades del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, que requieran apoyo del Laboratorio Nacional de Referencia. 12. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y