Por el cual se modifica la planta de persona! del Ministerio de Salud y Protección Social

Decreto · 2715 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Intégranse en la planta permanente del Ministerio de Salud y Protección Social los empleos vigentes de que trata el artículo 9 del decreto 4111 de 2011, los cuales se distribuirán así: o z e | DEPENDENCIA E DENOMINACIÓN DEL | cobiGo GRADO | o - DESPACHO DEL MINISTRO 3 (Tres) Asesor 1020 45 | 4 (Cuatro) Asesor 020 13 o PLANTA GLOBAL 6 (Seis) | Profesional Especializado | 2028 15 o 1 (Uno) ' Profesional Universitario o ] 2044 05 E 13 (Trece) Técnico Administrativo Ñ . ] 3124 14 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210. 19 | 8 (Ocho) Auxiliar Administrativo 4044 15 3 (tres) Auxiliar Administrativo lO 4048 11

Artículo 2

El Ministerio de Salud y Protección Social procederá a actualizar el nombramiento y los actos de posesión de los servidores que vienen desempeñando los empleos de que trata el artículo 1 del presente decreto, para ajustarlos a las normas que rigen la materia en especial a lo señalado en la Ley 909 de 2004 y en sus decretos reglamentarios. Parágrafo. Los servidores que actualmente se encuentran vinculados a los empleos de que trata el artículo anterior, continuarán en el desempeño de sus cargos sin solución de continuidad. uc 2715 DECRETO NUMERO DE 2014 HOJA No. 3 4 Continuación del Decreto “Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de ON Salud y Protección Social”

Artículo 3

El Ministro de Salud y Protección Social distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal global creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.

Artículo 4

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 4111 de 2011.

Artículo ANEXO

> ÓN CARDENAS SANTAMARÍA . EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL, Asco URIBE LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, LILIANA CABALLERO DURÁN ' o y

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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