VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga en lo pertinente el Decreto 1225 del 6 de mayo de 1997, el Decreto 3084 del 23 de diciembre de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, CARLOS FELIPE JARAMILLO JIMÉNEZ. El Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, GABRIEL MESA ZULETA. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, MAURICIO ZULUAGA RUIZ.