Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1881 de 2021, incrementando el arancel

Decreto · 265 · 2026-03-16 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

Modifíquese parcialmente el artículo 1 del Decreto 1881 de 2021, en el sentido de establecer un arancel del 25% para las importaciones de las mercancías clasificadas con las siguientes subpartidas arancelarias: Subpartidas 6907.21.00.00 6907.22.00.00 6907 .23.00.00

Artículo 2°

La medida que se establece en el artículo 1 del presente decreto estará vigente por dos (2) años contado a partir de su entrada en vigor. Transcurrido el primer año , el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelario y de Comercio Exterior realizará la revisión de su impacto. DECRETO 02 6 G DE 2026 Página 3 de 3 "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1881 de 2021, incrementando el arancel aplicable a las subpartidas arancelarias 6907.21.00.00, 6907.22.00.00 Y 6907.23.00.00"\nArtículo 3°. Las disposiciones del presente decreto se aplicarán sin perjuicio de lo previsto en los tratados, conveníos y acuerdos internacionales vigentes para Colombia en materia comercial.

Artículo 4°

El presente decreto entra a regir a los quince (15) días comunes siguientes a la 0 fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica parcialmente el artículo 1 del Decreto ~ ., 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen o deroguen. 2 ... PUBLíQUESE y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C. a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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