Continuidad en el servicio. El servidor que ocupaba el empleo de Jefe de Discursos y Mensajes código 1221 en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sea incorporado en el empleo de Asesor Presidencial 111 código 2236, continuará con la remuneración mensual y demás beneficios salariales y prestacionales que se le vienen reconociendo, hasta que cambie de empleo o se retire del servicio. La remuneración mensual de este empleo se ajustará de acuerdo con el incremento que establezca anualmente el gobierno nacional para los empleados públicos. Una vez vacante este empleo, quien lo desempeñe percibirá la remuneración y demás beneficios salariales y prestacionales señalados para el respectivo empleo. Parágrafo. A los servidores de la Presidencia de la República actualmente vinculados y que en virtud del presente decreto sean incorporados y/o nombrados en empleos de la nueva planta de personal no les aplicaran las disposiciones consagradas en los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y el Parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública"\nArtículo 6°. Vigencias y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1786 de 2019, 877 de 2020, 048 de 2021 y 1186 de 2021 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE lh\ Dado en Bogotá, o.e., a los, . .. ~ fÍ¡) ~ ll rf'l tJJ) 11161) trjj JU i!JtJ\b9 Cb~&í: ~ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, f?rk-r) JÓSGÑTONIO OCAMPO GAVIRIA 2_6_4_9_de 2022 Hoja Nº. 6 DECRETO NÚMER0_ _ Continuación del Decreto "Por el cual se establece la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. - ------------------------------------------------------3-0--. ·: iC---2022 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIV DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, I ¿11 CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA