Oficina de Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes: 1. Administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeación y Gestión del Sector Administrativo Presidencia. 2. Asesorar, bajo los lineamientos de la Subdirección General, a las demás dependencias y a las entidades adscritas y vinculadas en la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales y del Sector. 3. Definir directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución y seguimiento de los planes, programas y proyectos del Departamento y de las entidades del Sector. 4. Elaborar, en coordinación con las dependencias del Departamento, y las entidades del Sector y con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Estratégico Sectorial, el Plan Estratégico Institucional, y el Plan de Acción Institucional y someterlos a aprobación del Secretario General. 5. Hacer el seguimiento a la ejecución de la política y al cumplimiento de las metas, de los planes, programas y proyectos del Departamento y del Sector Administrativo. 6. Presentar al Banco de Proyectos de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación, los proyectos a incluir en el Plan Operativo Anual de Inversiones, tanto del Departamento como de las entidades del Sector. 7. Preparar, consolidar y presentar, en coordinación con la Subdirección General, y de acuerdo con las directrices que impartan el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Secretario General, el anteproyecto de presupuesto, así como la programación presupuesta! plurianual del Departamento y de las entidades del Sector. 8. Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto y resultado del sector y hacer seguimiento a través de los sistemas establecidos. 9. Realizar el seguimiento a la ejecución presupuesta! institucional y sectorial y viabilizar las modificaciones presupuestales del Departamento y de las entidades del Sector en materia de inversión, de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto y las normas que lo reglamentan. 1O. Hacer el seguimiento a la gestión institucional y sectorial, consolidar el informe de resultados y preparar los informes para las instancias competentes. 11. Estructurar, conjuntamente con las demás dependencias del Departamento, los informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía y presentarlos para aprobación del Secretario General. 12. Coordinar la elaboración y envío del informe de gestión de la Presidencia de la República y del Sector ante el Congreso de la República. 13. Ejercer la Secretaría Técnica del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y del Comité lnsfüucional de Gestión y Desempeño. 14. Formular, en coordinación con las dependencias competentes, el Plan Anticorrupción de la Entidad, para la aprobación del Secretario General y liderar su implementación. 15. Formular, en coordinación con las dependencias competentes, el Plan de Austeridad del Gasto, en concordancia con las directrices impartidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito · Público, efectuando seguimiento al cumplimiento del mismo en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera. 16. DisE3ñar, coordinar y administrar los riesgos de gestión y corrupción en las diferentes dependencias y procesos de la Entidad con la periodicidad y la oportunidad requeridas. 17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 18. Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por la Subdirección General y el Secretario General. . 2647 DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _de 2022 Hoja Nº. 26 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República."\nArtículo 35°. Oficina de Talento Humano. Son funciones de la Oficina de Talento Humano, las siguientes: 1. Dirigir y elaborar el plan estratégico de talento humano, en sus componentes de planeación, gestión y desarrollo. 2. Apoyar a la Subdirección General en los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación de las políticas, planes, programas y estrategias de gestión y proyección del talento humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. 3. Proponer al Secretario General, los programas y estrategias de divulgación orientados a la prevención de la falta disciplinaria y la promoción de un servicio público transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con el Código de Integridad y velar por su implementación. 4. Dirigir y ejecutar los programas de selección, inducción, capacitación y hacer seguimiento al desempeño laboral de los servidores de Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de acuerdo con las normas legales vigentes. 5. Formular, ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, conforme con las normas legales vigentes. 6. Dirigir, programar, coordinar y ejecutar las actividades de administración de personal, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales de los servidores, de acuerdo con las políticas del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia. 7. Diseñar, dirigir, administrar y evaluar los programas de formación, capacitación, incentivos, bienestar, seguridad y salud en el trabajo y desarrollo de los servidores públicos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de acuerdo con lo previsto en la Ley y normas vigentes. 8. Elaborar, en coordinación con las demás dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los estudios técnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de personal del Departamento. 9. Mantener actualizado el manual de funciones, requisitos y competencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. 1O. Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina de Planeación, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gestión que suscriban los gerentes públicos de la Entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos. 11. Ejercer la secretaria técnica de la comisión de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, con fundamento en las disposiciones legales. 12. Aplicar métodos y procedimientos de control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gestión y operación de la dependencia a su cargo. 13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 14. Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por la Subdirección General y el Secretario General.