Por el cual se fija el auxilio de transporte

Decreto · 2614 · 2022-12-28 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Auxilio de Transporte para 2023. Fijar a partir del primero (1 º) de enero de dos mil veintitrés (2023), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO CUARENTA MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS ($140.606.oo), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2°

Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir del primero (1º) de enero de dos mil veintitrés (2023) y deroga el Decreto 1725 de 2021. PUBLÍQUESEYCÚMPLAS2 Dado en Bogotá, o.e., a los 8 IO~C ~022 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, /4fatt,) JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA DECRETO NÚMERO 2614 DE 2022 Continuación del Decreto "Por el cual se fija el auxilio de transporte". LAMINISTRADEL TRABAJO, EL MINISTRO DE TRANSPOR 28 DIC 2022 HOJA No. 2

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Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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