Artículo 1°
Modificación parcial del Decreto 1881 del 2021 y el arancel allí contenido para los productos clasificados en los capítulos 61 y 62. Modificase parcialmente el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 en el sentido de establecer un arancel del cuarenta por ciento (40 %) ad valorem a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), para los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional.