Artículo 127°
de la Ley 2200 de 2022. Bajo este entendido, se requirió a la doctora Barrios Guarnizo, gobernadora encargada del departamento de Arauca, para que presentara, en el térm ino de cinco (5) días, sus argumentos y pruebas . Igualmente, se decretaron medios de prueba documentales. Que en atención a lo ordenado en el artículo 2 del Decreto 2305 de 2022, el Ministerio del Interior remitió citación para la notificación personal mediante correo electrónico enviado el miércoles 30 de noviembre de 2022. Que el viernes 2 de diciembre de 2022, la Gobernadora encargada del departamento de Arauca , lndira Luz Barrios Guarnizo, autorizó la notificación vía correo electrónico a la dirección: [email protected] . Que el lunes 5 de diciembre de 2022 se notificó al correo electrónico autorizado por la Gobernadora encargada del departamento de Arauca, lndira Luz Barrios Guarnizo, el Decreto 2305 de 2022, adjuntando la correspondiente queja . Que el Ministerio del Interior certificó que el Decreto 2305 de 2022, por el cual se da inicio al proceso administrativo de abandono del cargo , le fue notificado electrónicamente a la señora _,,.J 2593 DECRETO NÚMERO- - - - - DE 2022 HOJA No .J. Continuación del Decreto "Por el cual se declara la vacancia definitiva por abandono del cargo de la gobernadora encargada del departamento de Arauca" lndira Luz Barrios Guarnizo, Gobernadora encargada del departamento de Arauca, el día lunes 5 de diciembre de 2022 a las 15: 15 horas. Que el 13 de diciembre de 2022, el Ministerio del Interior, remitió copia íntegra del expediente a la gobernadora encargada del departamento de Arauca, para que ejerciera su derecho de contradicción. Que el 13 de diciembre de 2022, la Gobernadora encargada del departamento de Arauca presentó, a través del abogado Inocencia Meléndez Julio, sus respectivos descargos. Que el Ministerio del Interior solicitó al Consejo de Estado, previo análisis y visto bueno de la Presidencia de la República, absolver una consulta relacionada con la competencia y procedencia para que el Presidente de la República adelantara el proceso administrativo que declare la configuración de alguna causal de abandono del cargo de las previstas en la Ley 2200 de 2022. La referida consulta fue resuelta mediante pronunciamiento de fecha 23 de noviembre de 2022, por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, Consejero Ponente Édgar González López 1 . 11. ARGUMENTOS DE DEFENSA DE LA GOBERNADORA ENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA: La Gobernadora encargada, mediante apoderado, presentó argumentos de defensa solicitando dar por terminado y archivar el procedimiento administrativo por abandono del cargo, para lo cual, en síntesis, indicó que: 1. La Gobernadora de Arauca como máxima autoridad administrativa del departamento de Arauca no tiene un superior jerárquico en el cual recaiga la competencia para conceder las solicitudes de licencia ordinaria. Por tanto, es la misma Gobernadora quien expide los actos administrativos que otorgan una licencia no remunerada a sí misma, en virtud de lo previsto en el artículo 2.2 .5.5.4. del Decreto 1083 de 2015. 2. Cuando un Gobernador expide un acto administrativo mediante el cual otorga una licencia remunerada a sí mismo, constituye una situación administrativa que prevé el artículo 128 de la Ley 2200 de 2022, dispuesta como "falta temporal del gobernador", como lo es la materialización de una licencia no remunerada . 3. La Ley establece que la obligación en cabeza del gobernador cuando es sujeto de licencia no remunerada, se limita simplemente a informar al Gobierno Nacional, más no a elevar solicitud de autorización para que se le conceda la misma. 4. La autorización del Ministerio del Interior, consagrada en el artículo 117 de la Ley 2200 de 2022, solo es necesaria cuando el gobernador requiere salir del país en misión oficial. 5. Dado que la Gobernadora encargada de Arauca decretó una licencia ord inaria no remunerada y que en vigencia de la misma salió del país a atender asuntos de índole personal, no se configura de algún modo la causal para la declaración de vacancia por abandono de cargo. Lo anterior bajo el entendido de que la gobernadora encargada no salió del país en misión oficial alguna, sino que lo hizo como ciudadana del común al ser sujeta de una licencia no remunerada concedida mediante acto administrativo, es decir, cuando se encontraba separada de su cargo de forma temporal. 6. La Procuraduría General de la Nación, a través de sus delegadas, ha estimado que el uso de licencias ordinarias no remuneradas o de vacaciones por parte de los gobernadores para salir del país no requiere o no exige a estos funcionarios tramitar una autorización ante el Ministerio del Interior, salvo que se trate de una misión oficial. ' Número Único: 110010306000202200277 OO . DECRETO NÚMERO ? 5 93 DE 2022 HOJA No J. Continuación del Decreto "Por el cual se declara la vacancia definitiva por abandono del cargo de la gobernadora encargada del departamento de Arauca " 7. Dentro de un procedimiento sancionatorio no es posible aplicar de forma analógica disposiciones que solo le son aplicables a los alcaldes como lo es la Ley 136 de 1994, en concreto, el artículo 1OO. 111. DE LOS MEDIOS DE PRUEBA 1. Medios de prueba que se decretaron y practicaron Obran en la actuación los siguientes medios de prueba : i. Copia de la Resolución N° 2899 del 13 de octubre de 2022 "por medio de la cual se concede una licencia ordinaria a la gobernadora designada del departamento de Arauca ", desde el 15 de octubre de 2022 hasta el 21 de octubre de 2022 -7 días-. ii. Copia de la Resolución N° 2900 del í 3 de octubre de 2022 "por medio de la cual se autoriza un permiso a la gobernadora del departamento de Arauca para atender asuntos personales y se efectúa un encargo" durante los días 22 y 23 de octubre de 2022 -2 días-. iii. Copia del Decreto N° 1195 del 13 de octubre de 2022 "por medio del cual se efectúa [se encargó]" al doctor Edgar Fernando Guzmán Robles de las funciones inherentes al cargo de Gobernador desde el 15 de octubre de 2022 hasta que durara la ausencia de la Gobernadora. iv. Copia del correo electrónico de fecha 14 de octubre de 2022 mediante el cual la doctora lndira Luz Barrios Guarnizo comunicó al Ministerio del Interior: primero, del uso de una licencia ordinaria no remunerada , desde el 15 de octubre hasta el 21 de octubre de 2022;