Por la cual se determina la permanencia del reglamento técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el pals.

Decreto · 2500 · 2018-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Determinar la permanencia del reglamento técnico dispuesto en el Decreto 616 de 2006. modificado por los decretos 2838 de 2006. 2964 de 2008,3411 de 2008, 1673 de 2010 Y 1880 de 2011, por lo expuesto en la parte motiva del presente acto .

Artículo 2

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO

29 18 M CELA URUEÑA GÓMEZ Viceministra de Asuntos Agropecuarios encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural DECRETO NÚMERO 00 2018 Página 3 de 3 Continuación del Decreto "Por fa cual se determina la permanencia del reglamento técnico sobre los requisitos que debe cumplír la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, importe o en el país". o URIBE RESTREPO lud y Protección Social

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja DECRETOS · fila 28), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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