Por el cual se extiende la vigencia de algunos reglamentos aplicables a los sectores

Decreto · 2496 · 2018-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 2.2.1.7.6.7

del Decreto 1595 de 2015, incorporado en el Decreto 1074 de 2015, comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2019. Que es necesario extender la vigencia de algunos reglamentos que se han expedido hace más de cinco (5) años para que continúen haciendo parte del ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta la necesidad de contar la regulación aplicable a los sectores de hidrocarburos, biocombustibles y minería. Que conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto 270 de 2017, en concordancia con lo establecido en el inciso 2 del numeral 2 del artículo 2 de la Resolución 4 1304 de 2017, la presente resolución se publicó durante los días 12 al 17 de diciembre de 2018, teniendo en cuenta que se debe cumplir con el plazo establecido en el artículo 2.2.1.7.6.7. del Decreto 1595 de 2015. Que en virtud de lo anterior, DECRETA:

Artículo 1°

Extender la vigencia de los artículos de la Parte 2, Título 1, Capítulo 1, Sección 2, Subsección 2.3 - Distribución de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo, de las Plantas de Abastecimiento de los Combustibles, del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, que contienen los reglamentos técnicos aplicables a las plantas de abastecimiento y a las estaciones de servicio, a través de las cuales se ejerce la distribución de combustibles líquidos.

Artículo 2°

Extender la vigencia de los artículos 2.2.1.1.2.2,3.111 al 2.2.1.1.2.2,3.117 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, que contienen disposiciones aplicables al uso de alcoholes carburantes y biocombustibles para vehículos automotores.

Artículo 3°

Extender la vigencia del Decreto 2222 de 1993, por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto. DECRETO No. 2496' DE MojaNo.3de Continuación del Osaeto: "Por el cual se extiende la vlgench.· da algunos reglamentos aplicables a 10& sectores de hldracarburos,blocombust1bles y mlnerfa"\nArtículo 4°. Las disposiciones citadas en los articulos 1.2 y 3 de este Decreto continuarán vigentes hasta tanto se expidan las reglamentaciones que las modifiquen sustituyan.

Artículo 5°

El presente Decreto rige a partir de su publicación en el diario oficial. PUBL(QUESEYCOMPLASE Dado en Bogotá D.C., a 2 9ole 201 . .. DIEGO,MESAPUYO Vice' .' trode Energra. encargado de las funciones Del Despacho de la Ministra de Minas y Energfa .

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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