Decreto 2480 de 2018

Decreto · 2480 · 2018-12-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

Dra Nacional del Defensor de Familia. Declarase el 21 de febrero de cada año, como el Día Nacional del Defensor de Familia.

Artículo 2°

En este día las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar deberán programar actividades dirigidas a dar a conocer la labor, funciones ~ importancia de los Defensores de Familia en la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. Así mismo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF - deberá adelantar en ese día, actividades que exalten la labor del Defensor de Familia. El día 21 de febrero de cada año no se constituirá como de vacancia. '~ O~eo r~ v ~ DECRETO 2480 Q DE 2018 HOJA No. 2 Continuación del Decreto: «Por medio del cual se declara el Día Nacional del Defensor de Familia».

Artículo 3°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación . PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los 28 Die 201 \ LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO SOCIAL, - SUSANA CORREA BORRERO

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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