Decreto 2422 de 2022

Decreto · 2422 · 2022-12-09 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 1°

. Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana. Crear la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana que tendrá como objeto la coordinación y articulación intersectorial para la ejecución de la facultad presidencial establecida en el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022.

Artículo 2°

. Integración. La Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana estará integrada por los siguientes miembros: 1. El Ministro del Interior o su delegado 2. El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado, quien presidirá. 3. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado 4. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado.

Artículo 3°

. Funciones: La Comisión tendrá las siguientes funciones: 1. Definir los lineamientos técnicos y las condiciones para la implementación de la ejecución de la facultad presidencial establecida en el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022. 2. Recomendar la admisión o exclusión de ciudadanos(as) pertenecientes a organizaciones sociales y humanitarias que se encuentren privadas de la libertad como voceros en el marco de lo establecido en artículo 5 de la Ley 2272 de 2022. 3. Recomendar la continuidad o exclusión como vocero en el marco de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022, de conformidad con el informe de evaluación y monitoreo que del cumplimiento de las obligaciones y condiciones realice el Alto Comisionado para la Paz. 4. Expedir su propio reglamento. 5. Las demás funciones que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creada.

Artículo 4°

. Sesiones. La Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana deberá reunirse de manera ordinaria por lo menos una (1) vez trimestralmente y podrá hacerlo de manera extraordinaria a solicitud de alguno de sus miembros.

Artículo 5°

. Quórum. La Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana podrá sesionar con la mitad más uno de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple, es decir, con la mitad más uno de los asistentes a la sesión.

Artículo 6°

. Convocatorias. La Secretaría Técnica deberá convocar a las reuniones de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la DECRETO NÚMERO 2422 DE 2022 Página 3 de 4 Continuación del Decreto "Por medio del cual se crea la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana" Reconciliación y la Participación Ciudadana, de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento interno.

Artículo 7°

. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana será ejercida por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Artículo 8°

. Funciones de la Secretaria Técnica. Son funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana: 1. Convocar a las sesiones de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana y proponer la agenda trabajo. 2. Coordinar las actividades de apoyo necesarias para adelantar las sesiones de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana. 3. Servir de enlace y brindar apoyo técnico y administrativo para el cumplimiento de las funciones de la Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana. 4. Elaborar, gestionar, archivar y custodiar las actas de las sesiones. 5. Las demás que le sean asignadas en el reglamento, de acuerdo con su naturaleza.

Artículo 9°

. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PÚBLIQUESEYCÚMPLASE' Dada en Bogotá, o.e., a los 9 D!C 202 El Ministro del Interior FONSO PRADA GIL; DECRETO NÚMERO 2422 DE 2022 Página 4 de 4 Continuación del Decreto "Por medio del cual se crea la· Comisión lntersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana" El Ministro de Defensa Nacional =:I=. Cow, ,~~~'::>?'. IVÁN VELÁSQUEZ GÓMEZ La Viceministra de Promoción de la Justicia y del Derecho Encargada de las funciones del despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, de la República

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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