Artículo 1°
Modificar el artículo 3 del Decreto 347 de 2000 , el cual quedará así: ) _. ~ DECRETO NÚMERO 0239 DE 2026 Hoja 2 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 347 de 2000 en lo relacionado con la integración de la Comisión Colombiana del Océano" "Articulo 3. Composición. La Comisión Colombiana del Océano estará integrada por: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. El presidente de la República, o su delegado, quien la presidirá; El ministro de Relaciones Exteriores o su delegado; El ministro de Defensa Nacional o su delegado; El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado; El ministro de Minas y Energía o su delegado; El ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado; El ministro de Educación Nacional o su delegado; El ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado; El ministro de Transporte o su delegado; El ministro de Ciencias, Tecnología e Innovación o su delegado; El comandante de la Armada Nacional o su delegado; El director del Departamento Nacional de Planeación, quien podrá delegar en uno de los Subdirectores; El director General Marítimo o su delegado; El presidente de la Asociación Colombiana de Universidades ("ASCUN''), quien podrá delegar en el Vicepresidente; El director General del Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras - José Benito Vives de Andreis (INVEMAR) o su delegado. El director de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC Colombia, o su delegado. Un representante del sector productivo marino o suplente, designado por los demás integrantes de la Comisión Colombiana del Océano. Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales de carácter ambiental o su suplente, designado por los demás integrantes de la Comisión Colombiana del Océano. .. DECRETO NÚMERO DE 2026 Hoja 3 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 347 de 2000 en lo relacionado con la integración de la Comisión Colombiana del Océano"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación, deroga el Decreto 210 del 13 de febrero de 2023 y modifica el artículo 3 del Decreto 347 del 1 de marzo de 2000. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado, a los LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, I NHORA YHANET MONDRAGÓN ORTIZ