Por el cual se modifica la planta temporal del Departamento Administrativo de la

Decreto · 2376 · 2019-12-05 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

. Prórroga de la planta temporal. Prorrogar a partir del 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de los empleos temporal del Departamento Administrativo de la Función Pública, creados mediante Decreto 2779 de 201 modificado por Decreto 56 de 2017. Artículo Creación de empleos de carácter temporal. Crear los siguientes empleos carácter temporal en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, para del periodo comprendido elide enero y el 31 diciembre de 2020: I i No. de Empleos 1 (Uno) 6 (Seis) 3 (Tres) 9 (Nueve) 1 (Uno) 4 (Cuatro) Denominación Código Grado Profesional Especializado Profesional Especializado Profesional Especializado Profesional Especializado Profesional Especializado Profesional ¡::~nAr.i~lizado 2028 2028 2028 2028 2028 2028 18 17 16 15 14 12 · ' DECRETO NÚMERO 2376 HOJA No DE 3 .j Continuación del decreto "Por el cual se modifica la planta temporal del Departamento Administrativo de la Función Pública y se prorroga su vigencia"\nArtículo 3°. . Finalidad de la planta temporal. Los empleos de carácter temporal creados en el presente decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan, conforme al manual específico de funciones y competencias laborales que expedirá el Departamento Administrativo de la Función Pública.

Artículo 4°

. Provisión de los empleos temporales. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015. 27 Die 20'1

Artículo 5°

. Vigencia. El presente decreto modifica el artículo 1 del decreto 2415 de 2018, y rige a partir de la fecha de su expedición. pUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C., EL MINISTRO DE HACI y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA, ---t._.--'-'-" === .~ ~A FERNANDO GRJ.l:.:t UBIANO

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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