Por el cual se fija la remuneración de un empleo de la Planta de la Contraloría

Decreto · 2375 · 2020-01-01 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 332°

de Decreto ley 2037 de 9, mediante cual se la Ley 1955 de 9 se expidió desarrolló la estructura de la Contraloría General de la República, se crearon dependencias entre las cuales está la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata. el Decreto ley 2038 Que, como consecuencia de la nueva estructura, la Contraloría General de la República y 2019, se modificó la planta de personal se el empleo de Director Información, Análisis y Reacción Inmediata, sin código ni grado salarial. 2019, que la Que el parágrafo 1 del artículo 1 del Decreto ley 2038 remuneración del empleo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata, las facultades conferidas será por Presidente de República en ejercicio en 4a 1992. con el objeto de garantizar la entrada en funcionamiento de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata, se requiere fijar remuneración para el citado empleo. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

. Remuneración. A partir del 1° de enero de 2020, el Director la Información, Análisis y Reacción Inmediata de la Contraloría República, tendrá derecho a percibir una remuneración mensual millones cuatrocientos treinta mil doscientos veinticinco pesos ($ m/cte., distribuida así: 2375 DE 2019 ---------- DECRETO NÚMERO HOJA N° 2 Continuación del decreto: "Por el cual se fija la remuneración de un empleo de la Planta de la Contraloría General de la República". --- ---- --- - --_... _---" CONCEPTO -- -, _._- ---,,---_. - - -. - --_._------ VALOR MENSUAL - ._.- ___o ___ _ --­ 15.738.302 5.391.848 4.300.075 ASIGNACION BASICA PRIMA TECNICA PRIMA DE ALTA GESTION

Parágrafo 1. La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.
Parágrafo 2. Además de la remuneración antes señalada en el presente artículo el Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata, tendrá derecho a percibirlos demás elementos salariales y prestacionales generales que se reconocen a los servidores de la Contraloría General de la República.

Artículo 2°

. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2020. PUBLíaUESE y CÚMPLASE2 7 OIe 201 Dado en Bogotá, D. C., EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRAS UIJ.[~ERA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA ~ FERNANDO ANTONIO GRILL

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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