Artículo 11°
y numeral 1 del artículo 13 de la Ley 161 de 1994, numeral 1 del artículo 10 y numeral 1 del artículo 13 de los Estatutos Sociales de la Corporación Autónoma Regional del Rio Grande de la Magdalena - Cormagdalena, adoptados mediante el Decreto 790 de 1995, modificado por el artículo 1 del Decreto 986 de 2022, y CONSIDERANDO Que en virtud de lo establecido en los articulos 11 y 13 de la Ley 161 de 1994 "Por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones", y 1O y 13 de los Estatutos Sociales de la Corporación Autónoma Regional del Rio Grande de la Magdalena - Cormagdalena, la Asamblea Corporativa y la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Rio Grande de la Magdalena - Cormagdalena, estará integrada, entre otros, por un delegado del Presidente de la República. Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario designar al delegado del Presidente de la República en la Asamblea Corporativa y en la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena - Cormagdalena. DECRETA