Artículo 170°
Ley 1607 de 2012, artículos el articulo 1.6. 1.5.6. del Capítulo 5 del Titulo 1 la Parte 6 del Libro 1, se modifica el epígrafe y se sustituyen y adicionan unos a la Sección 2 del Título 1 Libro 1 del Decreto 2016, Único Reglamentario en Materia de la Parte 6 Tributaria'l de la 6 Libro 1 del Decreto 1 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria. Que la Honorable Corte Constitucional med sentencia C-481/19 del día 16 8, Y octubre de 1 expediente D-13207, inexequible la Ley 1943 resolvió que dicha inexequibilidad aplica a partir del 1° de enero entendiéndose que efectos del fallo solo se producirán hacía el futuro y, en ningún caso afectará jurídicas lo tanto, las la Ley 1943 de 2018 son aplicables al año 9. Que el artículo 1943 de 2018, sustituyó el Libro Octavo del Simple de Tributación y por lo Tributario, el monotributo por el tanto se requiere del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en 1. que establecían los Tributaria, los articulos 1.6.1.13.2.20. y 1.6.1.1 declarar y pagar monotributo BEPS y monotributo Riesgos perjuicio de su aplicación hasta el año 2019, en que los presentaron las declaraciones de este impuesto. anterior sin perjuicio vigencia de las disposiciones para el cumplimiento de las tributarias y formales de los contribuyentes y responsables impuesto y para control que compete a la Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Nacionales -DIAN. Que el artículo 1943 de 2018, año 2019, el complementario normalización tributaria, por lo que se hace necesario retirar Decreto 1 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, el artículo 1.6.1.13.2.51. que el plazo para y pagar el complementario de normalización tributaria a 1 enero de 2019. 1943 de 2018, al adicionar el artículo 800-1 Que el artículo 71 para el pago del Tributario, creó los para la Renovación del se hace necesario 1625 de 2016 Único sobre la renta, por lo 1.13.2.22., 1.6.1.1 Y Reglamentario en Tributaria, los 1.6.1.13.2.24., que unos plazos para declarar y pagar primera y segunda sobre la renta y complementario y consignar en la fiducia por gravable 2018, sin su vigencia para cumplimiento de obligaciones tributarias y formales para contribuyentes y para control que compete a la Unidad Administrativa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Que de acuerdo con lo dispuesto por el parágrafo transitorio 2 del artículo 240 y complementario se al impuesto sobre la Estatuto Tributario, por los períodos 2017 y 2018 y debido a 2020, no hay lugar a 0,..,.01"", 1625 de 2016 Ún establecer plazos para su se requiere Reglamentario en Materia Tributaria, el artículo 1.6.1.1 14., relacionado con "- 2_3_4_5-'---__ de 2019 DECRETO NUMERO _ _ Hoja N°. 3 Continuación del cual se reglamentan los artículos 579-2, 580, 591, 592, 600, 602, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 Y 915 del Tributario,