Por el cual se realizan unas delegaciones en la Junta Administradora del Fondo para el

Decreto · 2313 · 2018-12-17 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 185°

de la Ley 1753 de 2015, en concordancia con el artículo 2.15.5 del Decreto 1068 de 2015 y 9 de la Ley 489 de 1998, CONSIDERANDO Que el artículo 185 de Ley 1753 de 2015, creó el Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico, como un patrimonio autónomo administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Públicó (MHCP) o por la entidad o entidades que éste defina, cuyo objeto es la financiación y/o la inversión en las necesidades más urgentes para promover el desarrollo integral del Litoral Pacífico. Que de conformidad con el artículo 2.15.5 del Decreto 1068 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público", la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo. del Plan Todos Somos PAZcifico, estará conformada, entre otros, por tres delegados de presidente de la República. DECRETA:

Artículo 1°

, Delegación. Delegar al viceministro de Agua y Saneamiento Básico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como representante del presidente de la República en la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico.

Artículo 2°

. Delegación. Delegar al viceministro de Energía del Ministerio de Minas y Energía, como representante del presidente de la República en la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico.

Artículo 3°

. Delegación. Delegar al doctor Santiago Durán Otero, identificado con la [documento omitido], quien se desempeña en el empleo de Asesor 2210-14 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como representante del presidente de la República en la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico.

Artículo 4°

. Comunicación. Por intermedio de la Secretaría General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo, comunicar el contenido del presente decreto al viceministro de Agua y Saneamiento Básico, al viceministro de Energía, al doctor Santiago Durán Otero y al ministro de Hacienda y Crédito Público. DECRETO NUMERO' . 23 '1 3 de 2018 Hoja N°, 2 Continuación del Decreto "Por el cual se realizan unas delegaciones en la Junta Administradora del Fondo para el desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico",

Artículo 5°

. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los decretos 2192 de 2015 y 1191 de 2016. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los, 17 DIC 2018 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, / ;T?t/), JORGE MARIO EASTMAN ROBLEDO

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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