Artículo 193°
del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y los decretos reglamentarios de dicho Estatuto, las condiciones de las coberturas del SOAT se actualizarán conforme a la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT) y el salario mínimo diario legal vigente, de manera que para propender por un equilibrio entre el crecimiento de las coberturas y el monto cobrado a los propietarios de los vehículos beneficiarios de la medida del Decreto 2497 del 2022, se hace necesario indexar el monto final cobrado a las categorías beneficiarias a la UVT aplicable cada año. Que en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 y considerando la excepción incluida en esta última norma, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público durante 5 días. En mérito de lo expuesto, DECRETA