Artículo 2.2.4.1.2.14
Inscripción en el Registro Nacional de Turismo de empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turisticos pre pagados. captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos pre pagados, además de los requisitos generales establecidos en artículo 1 1. del presente Decreto, deberán acreditar un patrimonio neto de dos mil quinientos (2.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. apertura o un balance general con Para tal efecto, deberán adjuntar un balance general corte a treinta y uno (31) diciembre del año inmediatamente anterior junto con el Estado Resultados del ejercicio (o los equivalentes de esos Financieros bajo NIIF), debidamente por el prestador o su representante legal y contador público bajo GD-FM-17.v2 DECRETO NÚM·ERO?I .... V 229 de - - - - 11 Continuación de Decreto "Por el cual se establecen las condiciones y requisitos para la inscripción y actualización del Registro Nacional de Turismo y se modifican en su integridad las secciones 1, 2 Y 3 del capítulo 1 del título 4 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector Comercio, Industria y Turismo. /1 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------cuya responsabilidad se hayan preparado, conforme lo señalado por el Artículo 37 de la Ley 222 de 1995.