Artículo 1°
Prórroga. Prorrogar hasta el31 de diciembre de 2024, la vigencia de los ochenta y dos (82) empleos temporales creados mediante el Decreto 1265 de 2023, en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública . Parágrafo. Los empleos de carácter temporal cuya vigencia se autoriza prorrogar en el presente artículo, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a su creación , de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.1 .1.4 del Decreto 1083 de 2015 .