Por el cual se prorroga la vigencia de la planta temporal del Departamento Administrativo de la

Decreto · 2289 · 2023-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Prórroga. Prorrogar hasta el31 de diciembre de 2024, la vigencia de los ochenta y dos (82) empleos temporales creados mediante el Decreto 1265 de 2023, en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública . Parágrafo. Los empleos de carácter temporal cuya vigencia se autoriza prorrogar en el presente artículo, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a su creación , de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.1 .1.4 del Decreto 1083 de 2015 .

Artículo 2°

Vigencia . El presente decreto rige a partir del 10 de enero de 2024 , modifica en lo pertinente el artículo 10 del Decreto 1265 del 28 de julio de 2023. PUBLíOUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C ., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO , RICARDO BONIL.: A GONZÁLEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, ¿l / CÉSAR AUGUSTO MANRIOUE SOACHA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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