Por el cual se corrige unos errores formales dentro del artículo 10 del Decreto 1563 del 25 de

Decreto · 228 · 2019-02-19 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

. . Corregir la subpartida 8544.47.00.00, en el artículo 1° del Decreto 1563 de ~ 2017, quedando de la siguiente manera: GD-FM-17.v3 228 DECRETO NÚMER6- - - - - - - de 3 Continuación del Decreto "Por el cual se corrige unos errores formales dentro del artículo 10 del Decreto 1563 del 25 de septiembre de 2017 Y se restablecen los aranceles de las subpartidas 8544.49.10.10 Y 8544.49.10.90 establecidos en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016" Grv Código (%) o 8544.70.00.00

Artículo 2°

. . Restablecer el gravamen arancelario del 10% para la importación de los productos clasificados en las subpartidas 8544.49.10.10 Y 8544.49.10 .90 establecidos en el Decreto 2153 de 2016.

Artículo 3°

. El presente Decreto rige quince (15) días comunes después de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 1563 del 25 de septiembre de 2017 y el artículo 1° del Decreto 272 de 2018 . PUBlíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 19 FEB 2019 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO cGJt ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y URISMO J JOSÉ MANUEL ~ STREPO ABONDANO 1 I GD-F M-17.v3

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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