le a la Consejería para las la función "Coordinar y apoyar a entidades competentes del orden nacional y territorial en ejecución de políticas y desarrollo planes y proyectos estratégicos Gobierno nacional en territorio, las Presidente la República y del Jefe de Gabinete". 1753 de 2015 "por Plan Nacional de Fondo para del Plan por un nuevo país" y Crédito , administrado por el Ministerio o por la entidad o entidades que éste cuyo objeto es financiación y/o la inversión en las necesidades más urgentes promover el desarrollo integral del Litoral parágrafo 1 el Decreto Ministerio de Entidad Ejecutora PAZcífico. 1068 de 2015 "por medio del cual se Reglamentario Hacienda y Crédito Público" dispone de resolución, una y Crédito Público podrá definir, a la administración para el Desarrollo del Plan Todos 2275 DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _de 2019 Hoja N°, 2 Continuación del Decreto" Por medio del cual se modifica el Decreto 193 de 2015 "por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Integración y Desarrollo del Litoral ¡Pacifico" -.... _-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Que el Ministerio de Hacienda y Gréditb Público, mediante Resolución 4060 de 2015 estableció que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), sería la Entidad Ejecutora del Fondo para lel Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico. Que el parágrafo 1 del artículo 2.15.5 d~1 Decreto 1068 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario dél Sector Hacienda y Crédito Público" señala que la Entidad Ejecutora del Fondo para ell Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico (FTSP) ejercerá la Secretaría Técnica dela Junta Administradora del Fondo. Que el artículo 2 de la Ley 1872 de 2017 creó el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura), administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, entidad qué podrá definir, mediante resolución, la Entidad Ejecutora del Fondo. Que el Ministerio de Hacienda y Créditp Público, mediante Resolución 0143 de 2019 Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), estableció que la Unidad Nacional para "la I sería la Entidad Ejecutora del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura). . Que el numeral 13 del artículo 9 del Decreto 958 de 2018 "por el cual se reglamenta la Ley 1872 de 2017, en lo relacionado con el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenave~tura)" establece que una de las funciones de la Entidad Ejecutora de Fonbuenaventura es la de ejercer la Secretaría Técnica del Fondo. Que la experiencia de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como secretaria técnica del Fondo Todos Somos PAZcífico y de Fonbuenaventura garantizan su idoneidad para ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial para la Integración y Desarrollo del Litoral Pacífico. Que resulta pertinente modificar el Decreto 193 de 2015 para incluir al Consejero Presidencial para las Regiones, en reemplazo del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y al Director de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como integrantes de la Comisión Intersectorial para la Integración y Desarrollo del Litoral Pacífico, y para cambiar la secretaría técnica de la comisión. Que por lo anterior, DECRETA: