Por el cual se establece el auxilio de transporte

Decreto · 2270 · 2017-12-30 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia) publica esta norma como «Derogado» (consultado el 22/09/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Auxilio de transporte para 2018.Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil dieciocho (2018), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS ONCE pesos mensuales ($ 88.211,00), que se pagará por los empleadores en todós los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2°

Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil dieciocho (2018) y deroga el Decreto 2210 de 2016. PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE DadoenBogotá,DC,aIOs ~ 11 ~~ 3 ODIC 2017 '. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARIA DECRETO NÚMERO 227 O DE 2017 HOJA No. 2 La Ministra del Trabajo, J" JI., [l ,,,\; 1f~1> ~Co~\~ 1 Y>. GtlSELDA JANETH RESTREPO GALLEG} El Ministro de Transporte, o

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Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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