Artículo 1°
- Corrección. Corríjase el yerro contenido en el artículo 1 del Decreto 177 del 23 febrero de 2021. así:
Decreto · 226 · 2021-03-02 · Jerarquía: nivel 7
- Corrección. Corríjase el yerro contenido en el artículo 1 del Decreto 177 del 23 febrero de 2021. así:
- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deberá entenderse incorporado en el Decreto 177 del 23 febrero de 2021. PUBLíQUESE, COMUNIQUESE y COMP:;'~ MAR 202 Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CÜoU6 ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario