La administración (entiéndase por administración el mantenimiento, servicios públicos, saneamiento básico y otros servicios relacionados con el proceso de reincorporación social y económica conforme a la revisión previa que realice el Gobierno Nacional) del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) estará a cargo del Fondo de Programas Especiales para la Paz hasta el31 de marzo de 2018 o una vez finalizada la transferencia del ETCR. Dentro de este término el Fondo de Programas Especiales para la Paz transferirá los bienes destinados para el funcionamiento del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) asumirá la administración del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) a partir del 1 de abril de 2018 o desde que el Fondo de Programas Especiales para la Paz transfiera los bienes destinados para el completo funcionamiento del ETCR, conforme a los procedimientos que fijen conjuntamente. La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), una vez asuma la administración de los ETCR, fijará mediante resolución de carácter general los aspectos necesarios para la administración, coordinación y los requisitos de ejecución de las actividades que se realicen al interior del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR), de conformidad con lo establecido en este decreto y las demás normas concordantes. DECRETO NÚMERO 224 O de 2017 Hoja N°. 5 Upar medía del cual se establece un Espacio Terrítoríal de Capacitación y Reincorporación (ETCR) y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 6°. El Ministerio de Defensa Nacional, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, realizará las coordinaciones pertinentes para que la Fuerza Pública adopte las medidas de seguridad en el Espacio Transitorio de Capacitación y Reincorporación, para lo cual emitirá los lineamientos correspondientes. La actuación de la Fuerza Pública en las zonas de ubicación del ETCR y sus áreas aledañas se adaptará de manera diferencial, teniendo en cuenta sus roles, funciones y doctrina y en consideración a las condiciones y circunstancias particulares del terreno, al ambiente operacional y a las necesidades del servicio para evitar que se ponga en riesgo el desarrollo de actividades de reincorporación de los ex miembros de las FARC-EP.
Parágrafo 1°.
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) adelantará las acciones correspondientes en el territorio con el fin de establecer las necesidades que permitan adelantar las actividades de reincorporación a la vida civil de los ex miembros de FARC-EP y gestionará en coordinación con la Agencia Nacional del Territorio (ANT), en el marco de sus competencias, los trámites administrativos a que haya lugar para la adquisición de predios.
Parágrafo 10.
• Las Fuerzas Militares dentro de sus roles y misiones prestarán la seguridad en las áreas aledañas al ETCR, a la población civil y al personal que participe en el desarrollo de actividades y escenarios de reincorporación de los ex miembros de las FARC-EP debidamente acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. El Comando General de las Fuerzas Militares através del Comando Estratégico de Transición (COET) y Comando Conjunto de Monitoreo y Verificación (CCMOV) coordinará la permanencia de los dispositivos en el terreno de las Fuerzas Militares en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación que permitan la seguridad en el funcionamiento del mismo.
Parágrafo 20.
, La Policía Nacional en cumplimiento de las funciones constitucionales y legales correspondientes, a través de la Dirección General de la Policía Nacional y por intermedio de la Unidad Policial para la Edificación de la Paz - UNIPEP, articulará las capacidades institucionales y efectuará las coordinaciones interinstitucionales que se requieran en la prestación del servicio de pOlicía que se adecúe para el ETCR.
Parágrafo 3.
D , Establézcase un Puesto de Mando Interinstitucional (Carpa Azul) en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación, que será la instancia de coordinación y de articulación interinstitucional para garantizar la seguridad y el control institucional del estado con el propósito de facilitar la estabilidad en el territorio. Se garantizará la participación de la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la Nación, Delegados de Alcaldes y Gobernadores, en dichos espacios, en caso de que estas entidades decidan hacer parte de los mismos.