. Recursos adicionales al Fondo de Desarrollo Regional. Los recursos de que trata el numeral 3 del artículo 8 (Incorporación de Rendimientos Financieros) del presente Decreto se integrarán directamente a las apropiaciones disponibles en el Fondo de Desarrollo Regional (proyectos de inversión) con el fin de financiar proyectos de impacto regional de desarrollo en las entidades territoriales con enfoque en la gestión del riesgo yadaptación al cambio climático, los que podrán ser ejecutables através del Fondo Adaptación y/o el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. viabllización yaprobación de dichos proyectos por los Órganos Colegiados de Administración yDecisión - OCAD deberán disponer del aval técnico de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo o del Fondo Adaptación, en el caso que el OCAD decida su ejecución a través de dichas entidades. ARrícULO 40. Cuando se trate proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación del sector agropecuario la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria -CORPOICA- podrá estructurar, inscribir y presentar proyectos directamente al Órgano Colegiado Administración y Decisión del Fondo de Ciencia. Tecnología e Innovación yen caso de su aprobación, estos podrán ser ejecutables por CORPOICA, en el caso de que el OCAD decida su ejecución a través de dicha entidad. Los proyectos que presente CORPOICA deberán considerar además de los lineamientos y prioridades los planes de desarrollo territoriales, otros que maximicen la pertinencia de los mismos en términos de impacto para el sector agropecuario, Durante las fases de diseño yestructuración de los proyectos que presente CORPOICA, deberá considerar las capacidades de Ciencia, Tecnología e Innovación de otros actores que puedan participar como aliados en el desarrollo los mismos, como Cenis y otros con capacidades relevantes para el logro de los objetivos propuestos en los proyectos. Página 31 1 Continuación del Decreto "Por el cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio de/1 o de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018"\nArtículo 41°. Viabilización de Proyectos. Para la viabilización y aprobación de proyectos de inversión a ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías, los miembros de Órganos Colegiados Administración y Decisión- OCAD prioridad a las iniciativas identificadas en la "Regionalización del Plan Plurianual de Inversiones" que hace parte integral del Plan Nacional de Desarrollo según lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 1753 de 2015 y Planes de Desarrollo departamentales y municipales. ARTíCULO Plantas de Personal de Carácter Temporal para la Contraloría General de la República. Prorrogar hasta el 31 diciembre de 20181a planta temporal de la Contraloría General de la República para el Sistema Regalías, Decreto-ley 1539 2012. Corresponderá al Contralor General de la República efectuar los ajustes necesarios para que la Planta de Personal sea consistente con los montos apropiados en el presente Decreto a dicho órgano control. Para tal efecto podrá reducir, suprimir o refundir empleos en la Planta temporal que se está prorrogando en el artículo. PARÁGRAFO. Si durante la ejecución del presupuesto del Sistema General de Regalías del bienio 7 2018 es necesario efectuar ajustes a los montos aprobados en el presente Decreto, el Contralor General de la República revisará la estructura la Planta Personal, reduciendo, suprimiendo o refundiendo empleos, para ajustarla a nuevas disponibilidades presupuestales.