Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección

Decreto · 2183 · 2017-12-23 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 1°

._ Modificar los numerales 1 y 9 del acá pite "NIVEL CENTRAL" del artículo 5° del Decreto 4048 de 2008, así: 1. DIRECCION GENERAL. 1.1. Oficina de Control Interno. 1.2. Oficina de Comunicaciones. 1.3. Oficina de Seguridad de la Información 9. ORGANOS ASESORES y DE COORDINACiÓN DE lA DIRECCiÓN GENERAL. 9.1 Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera. 9.2 Comité de Coordinación Estratégica. 9.3 Comité Programa de Promoción e Incentivos. 9.4 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 9.5 Comisión de Personal.

Artículo 2°

._ Adicionar el artículo 7-1 al Decreto 4048 de 2008, así:

Artículo 7°

-1.- OFICINA DE SEGURIDAD DE lA INFORMACiÓN. Son funciones de la Oficina de Seguridad de la Información, además de las dispuestas en el artículo 38 del Decreto 4048 de 2008, las siguientes: 1. Proponer las políticas de seguridad de la información, privacidad y protección de datos personales para la Entidad y mantenerlas actualizadas, de acuerdo con el Plan Estratégico de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -:- DIAN, y lineamientos de las autoridades competentes; 2. Responder por el diseño, implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información de conformidad con la norma técnica correspondiente y la regulación vigente; (. 2_1_8_3_____ DE_ _ _ _ _ _ _ _ Hoja W. 3 DECRETO NUMERO _ _ _ Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN." .................................................................................................................................... 3. Definir los lineamientos para la identificación, clasificación, actualización y monitoreo de los activos de la información, en coordinación con las demás dependencias de la Entidad, según lo establecido en la normativa vigente; 4. Establecer directrices relacionadas con el control y asignación de permisos para el acceso a las instalaciones, áreas seguras y sistemas de información de la Entidad, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia y lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ­ DIAN; 5. Monitorear y realizar pruebas de seguridad y vulnerabilidad en la infraestructura tecnológica, áreas seguras y de los sistemas de información de la Entidad de conformidad con los protocolos, lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Y normativa vigente; 6. Identificar los riesgos de seguridad y privacidad de la información, así como los controles correspondientes para su mitigación, de acuerdo con las metodologías y disposiciones sobre la materia; 7. Diseñar en coordinación con las dependencias de la Entidad, las estrategias de sensibilización y divulgación de las políticas de seguridad de la información que permitan su interiorización y aplicación, de acuerdo con el Plan Estratégico y lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN; 8. Coordinar con las dependencias competentes de la entidad la implementación de las estrategias del plan de continuidad del negocio, según protocolos y disposiciones sobre la materia; 9. Poner en conocimiento de las dependencias con competencia funcional cuando se detecten irregularidades, incidentes o prácticas que atenten contra la seguridad de la información, sin perjuicio de las acciones jurídicas a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia; 10. Orientar al Director General y a los Directores de Gestión y Secciona les en la implementación de políticas de seguridad y privacidad de la información de acuerdo con la normativa vigente. 11. Responder por la organización, recepción, procesamiento, custodia y remisión de la información producto del intercambio a que se refieren los convenios, acuerdos y convenciones multilaterales, en materia tributaria, suscritos entre el gobierno nacional y las entidades gubernamentales internacionales, en sus distintas modalidades: espontáneo, a petición de parte y automático, de acuerdo con las normas de seguridad y los protocolos establecidos que rigen estos trámites. 12. Evaluar las políticas, planes, programas y procesos a cargo, de acuerdo con las metodologías adoptadas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Y los lineamientos señalados por la Dirección General de la Entidad y los organismos y autoridades competentes; 13. Dirigir planes de mejora continua de los procesos y de la gestión a cargo de la Oficina de Seguridad de la Información, con base en las necesidades institucionales y las evaluaciones y auditorias efectuadas.

Artículo 3°

._ Modificar el numeral 9 del artículo 9° del Decreto 4048 de 2008, el cual queda así: 2183 DECRETO NUMERO _ _ _ _ _ _~_ DE _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Hoja W. 4 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial y Aduanas Nacionales Dirección de Impuestos DIAN,"""""""""""""""""""""""", """"""""",.",.""" "" .. " .. ,.",... """""', 9, Establecer las políticas y normas de administración documental de la la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAI\I, en concordancia con las políticas de seguridad y privacidad de la información,

Artículo 4°

._ Modificar el numeral 5 del artículo 15° del Decreto 4048 de 2008, el cual queda así: 5, Dirigir, reglamentar, implementar y evaluar las políticas, alternativas y especificaciones técnicas para la adquisición, construcción y desarrollo de la tecnología de la información, hardware, software, comunicaciones, seguridad informática, y de los servicios informáticos electrónicos, dentro de la arquitectura técnica y en concordancia con la formulación y ejecución del plan estratégico de la Entidad, los modelos de gestión, de calidad y de control establecidos;

Artículo 5°

. - Modificar el numeral 2 y adicionar el numeral 10 del artículo 18° del Decreto 4048 de 2008, el cual queda así: 2, Proponer, implementar y evaluar las políticas, alternativas y especificaciones técnicas y estándares para la adquisición, construcción y/o desarrollo, así como el uso de la tecnología de la información, hardware, software,. comunicaciones, seguridad informática, servicios informáticos electrónicos, dentro de la arquitectura técnica y en concordancia con la formulación y ejecución del plan estratégico de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, los modelos de gestión, de calidad y de control establecidos; 10, Implementar las políticas de Seguridad de la Información relacionadas con el componente tecnológico, definidas por la Entidad.

Artículo 6°

,_ El presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2018 y modifica en lo pertinente el Decreto 4048 de 2008. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C" a los 2 3ole 2017 MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ~~~~~ MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARIA DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA LlLIANA CABALLERO DURÁN G~-------------------------------------------------------------- __~ ~ o.p-

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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