Requisitos para la instalación, funcionamiento de fábricas, establecimientos de comercio o expendio de pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales y globos aerostáticos de pirotecnia. Para el funcionamiento en el territorio nacional de fábricas, establecimientos de comercio o expendio de pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales y globos aerostáticos de pirotecnia, se requiere de la licencia emitida por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, donde se indique la ubicación exacta en donde se fabrica, almacena o comercializa la pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales y globos aerostáticos de pirotecnia, firmada por el representante legal inscrito ante ese departamento. DECRETO NÚMERO _ _-=--"'=.......!-*-_ _ _ DE 2023 PÁGINA 19 DE 21 Continuación del decreto: "Por el cual se adiciona el 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, en relación con el uso, fabricación, manipulación. transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venia de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional, modifica el artículo 2.2.4.1.21 del Decreto 1070 de 2015 y se dictan aIras dispOSiciones." 2. favorable e informe revista de inspección ordenada por el jefe de Mayor de la Unidad Menor o por y Segundo en el Ejército Nacional o sus equivalentes comandante de la Unidad en la Armada Nacional o la Aeroespacial Colombiana, encargada de jurisd donde se encuentre ubicada la instalación en la que se fabrique, y distribuya la pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales y "' ...r'.... l'U"~.'tL:rJ'"'''' de por la Cámara Existencia y respectiva con a no mayor (60) días, cuyo sea acorde a la actividad económica la cual solicita 4. Autorización para verificación de antecedentes y copia de cédula de ciudadanía del representante legal y personal responsable de la fabricación y almacenamiento de la pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales y globos aerostáticos de que acred fábrica o del que de manipulación de químicas o sustancias emitido por Nacional de (SENA). incendio av,u"" 6. Certificado de seguridad y de protección por cuerpo de bomberos municipio o distrito. 7. Certificado vigente integral de que se proceso de fabricación, almacenamiento y distribución de sustancias controladas, expedido por los Centros Formación autorizados por Nacional de Colombia. Concepto de conveniencia emitido por la alcald municipal o distrital en que se especifique la de instalación y funcionamiento o expendio pólvora, productos artificiales y globos aerostáticos Los demás que el artículo 87 de IUC;;\..jV';:> fábricas, establecimientos PARÁGRAFO 1. El permiso de funcionamiento comercio o expendio pólvora, productos pirotécnicos, juegos y globos aerostáticos de pirotecnia, tendrá por tres (3) años a partir de la fecha en que se expida, renovación del artículo. se sujetará a requisitos previstos en presente autorización para importación de artículos PARÁGRAFO 2. pirotécnicos, juegos artificiales y globos de pirotecnia, se tramita ante Industria Militar - INDUMI previo concepto favorable del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.