Artículo 1°
Modiflquese el articulo 1 del Decreto 262 de 2017, el cual quedará asl: -ArtIculo 1. Plllzo pllra obtención de certificado en SPM. Los establecimientos que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas, tendrán hasta el 14 de febrero de 2021 para obtener el certificado en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en los términos del Decreto 1686 de 2012 o la norma que lo modifique o ~ sustituya. IJ DECRETO NÚMERO 2019 HOJA No DE 216 a Continuadón del decreto ·Por 6/ cua/.!8 modifica el o.cr.to 282 de 201.,- Parlgrafo ,. Durante este mismo plazo, dichos establecimientos podrán certificarse en Buenas Practicas de Manufactura, cumpliendo con los requisitos establecidos en el precitado decreto Parégrafo 2. Una vez vencido el plazo fijado en el presente artIculo, sin que dichos establecimientos se certifiquen en BUenas Prácticas de Manufactura, no podrán realizar las actividades de fabricación, elaboración, hidratación y envase de bebidas alcohólicas y seran objeto de la aplicación de medidas sanitarias de seguridad y de las sanciones contempladas en los artIculas 576 y 577 de la Ley 9- de 1979 o la norma que la modifique o sustituya",