Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías,

Decreto · 2152 · 2017-12-20 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 1°

. Contracredítese el CAPÍTULO 11- PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS SUBCAPíTULO 2 - FONDO DE DESARROLLO REGIONAL - FDR COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS , la suma de TRESCIENTOS TREII\JTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS MONEDA LEGAL ($333 .751.515 .760) , de acuerdo con el siguiente detalle DECRETO ~. 2152 DE 2017 Página 3 de 11 Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. CAPíTULO SUBCAPíTULO SECCiÓN Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 por los cuales se anticiparon las compensaciones de2015yde 2016 1 2 3 4= .1+2-3 518.874.044.577 496.963.895.862 682.086.424 .679 333.751.515.760 518.874.044.577 496.963.895.862 682.086.424.679 333.751 .51 5.760 518.874.044.577 496.963 .895.862 682 .086.424.679 333.751.515.760 ANTIOQUIA 25.445.334 .959 25.909 .597.029 34.103.936.731 17.250.995.256 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 25.445.334 .959 25.909.597 .029 34.103.936 .731 17.250 .995.256 ATLÁNTICO 67.418.569 61 .677 .190 85.812 .651 43.283 .109 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 67.418 .569 61 .677.190 85 .812.651 43.283 .109 BOLíVAR 31.757 .704.067 30.635.140 .975 41.951.335 .990 20 .441.509.053 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 31.757.704.067 30.635.140.975 41.951.335 .990 20.441 .509 053 BOYACÁ 34 .783 .262.481 33.033 .398.981 45.764.705.604 22.051.955 .857 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 34 .783 .262.481 33033398981 45 .764.705.604 22 .051.955.857 CALDAS 419.243 .160 320.082.520 633.647.167 105.678.513 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 419 .243 .160 320082520 633.647 .167 105 .678.513 CAQUETÁ 15.619 70.732 460 .419 (374.069) COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 15.619 70.732 460419 (374.069) CAUCA 2.208.913.360 2.077 .149.502 2.864.621 .399 1.421 .441.464 COMPENSACIÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 2.208.913.360 2077 .149.502 2.864 .621 .399 1.421.441.464 CONCEPTO PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS " FONDO DE DESARROLLO REGIONAL-FOR COMPENSACION ASIGNACIONES DIRECTAS 2 05000 08000 13000 15000 17000 18000 19000 20000 23000 25000 27000 41000 Ajustes finales a compensaciones 2015y2016 CESAR 44.425 .152.189 41.611.965.014 58.041.904.633 27 .995.212.570 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 44.425 .152.189 41611 .965014 58.041 .904 .633 27 .995.212 .570 CÓRDOBA 64.125.685.626 63.172.557.163 85.314.164.015 41.984 .078.775 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 64 .125.685.626 63 .172.557.163 85.314.164.015 41984078 .775 CUNDINAMARCA 5.377.147.604 5.124.617.545 7.066.387.258 3.435.377 .891 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 5.377.147.604 5.124.617 .545 7.066 .387.258 3.435.377891 CHOCÓ 4.646 .852.398 5.332 .648.103 6.531.166 .717 3.448.333.784 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 4.646 .852.3 98 5.332.648.103 6.531 .166.717 3.448 .333 .784 HUiLA 4'2.331 .807 .154 39.315.023 .520 54.978.121.349 26 .668.709.324 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 42.331.807.154 39 .315 .023 .520 54.978121 .349 26668 .709 .324 DECRETO 2152 2017 DE Página 4 de 11 Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones .. CAPiTULO SUBCAPíTUlO Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 por los cuales se anticiparon las compensaciones de2015yde 2016 Ajustes finales a compensaciones 2015y2016 SECCiÓN CONCEPTO Compensación 2015 definitiva 1 2 3 44000 lA GUAJIRA 49.803.718.667 46.736.420.072 64.980.221.648 31.559.917 .091 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 49803 .718 .667 46.736 .420.072 64 .980 .221.648 31.559917 091 4~1+2-3 MAGDALENA 12.513 .585.491 12 .396 .3 00.832 16.658.480.780 8.251 .405 .544 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 12.513 .585.491 12396300.8 32 16.658.480 .780 8251.405 .544 META 21.629.735.623 18.645.183.702 27.481.181.485 12 .793 .737 .839 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 21.629735 .623 18 .645.183.702 27.481.181.485 12793.737 .8 39 52000 NARIÑO 2.494.640.239 1.724.744.046 2.864.246.110 1.355.138.175 2.494 .640 .239 1724744046 2.864.246.110 1.355.138 .175 54000 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS NORTE DE SANTANDER COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 2.053 .221 .153 704.385.808 1.368.148.051 1.389.458.910 2053 .221 .153 704385.808 1368148051 1.389.458 .910 aUINDIO 1.001 .560 1.709 .364 1.681.086 1.029.838 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 1001560 1.709.364 1 681 .086 1.029 .838 RISARAlDA 822.499 33.913 1.042.920 (186.50n COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 822.499 33 .913 1.042 .920 (186 507) SANTANDER 50.312.071.004 47.305.290.903 65.884.029 .651 31 .7 33 .332 .256 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 50 .312 .071 .004 47.305290.903 65884029651 31 .733 .332 .256 47000 50000 63000 66000 68000 70000 73000 76000 81000 85000 86000 SUCRE 26.647 .309.298 28.780.098.361 36.813.409.853 18.613.997.806 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 26 .647 .309 .298 28.780098.361 36.813.409.853 18.613 .997 .806 TOLlMA 44.281 .486 .029 42.535.326.703 58.402.212.280 28.414 .600 .452 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 44 .281 486 .029 42 .535.326.703 58.402.212.280 28 414 .600 452 VAllE DEL CAUCA 275.343.092 249.779.295 359.220 .098 165.902.289 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 275 .343092 249.779.295 359 .220 .098 165 .902289 ARAUCA 18.081 .438.486 16.779 .508.873 23.474.783.908 11 .3 86 .163 .451 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 18.081.438.486 16.779.508.873 23474 .783 .908 11 .386 .163.451 CASAN ARE 21.525.618.983 20.149.822.989 28.086.467 .055 13 .5 88 .974 .917 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 21 .525 .618.983 20.149.822.989 28086467 .055 13 .588 .974 .917 PUTUMAYO 13 .435 .360.242 14.153.621.557 18.093.825.405 9.495 .156 .3 94 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 13.435 .360.242 14.153621557 18.093.825.40 5 9.495 .156 .394 DECRETO "" 2152 2017 5 de 11 Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. ! CAPiTULO SUBCAP[TUlO SECCiÓN CONCEPTO Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 por los cuales se anticiparon las e, 91000 97000 4=1+2·3 ARC~~¿~i~GO DE SAN Al 123.260.140 80.842.472 128.776.903 75.325.709 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 123.260.140 80.842.472 128.776.903 75,325.709 I AMAZONAS 8.875 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 6675 VAUPES COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 99000 OMPENSACIÓN SIGNACIONES IRECTAS I 3 2 1 a compensaciones 2015 y 2016 de de 88000 Ajustes finales 22.076 (13. . 22.076 (13.201) 2.400.995 2.692.949 3.348,869 1.745,074 2.400.995 2,692.949 3.348.869 1.745.074 104.485.013 124.205.748 149.062.567 79.628.195 104.485.013 124.205.748 149062567 79628,195 l::lr!() en el

Artículo 2°

, en el CAPíTULO base en el contracrédito 10 , DI Y DE ENTIDADES II1 PRES lENTOS COMPENSAC SUBCAPíTULO I - DEPARTAMENTOS la suma de NTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS QUINCE , para MIL ENTOS PESOS MONEDA LEGAL ($333.751 transitorio del a las entidades beneficiarias de asignaciones directas de que trata el parágrafo

Artículo 361°

la Constitución Política, correspondientes a los ajustes a con el siguiente detalle: compensaciones los años 5 y 2016, de CAPiTULO SUBCAPiTUlO SECCiÓN 111 1 05000 CONCEPTO Compensación 2015 defínitiva Compensación 2016 defínitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 Ajustes Finales a compensaciones 2015 y 2016 1 2 3 4-1+2+3 PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALíAS Y COMPENSACIONES 518.874.044.577 496.963.895.862 682.086.424.679 333.751.515.760 DEPARTAMENTOS 518.874,044.577 496.963.895.862 682.086,424.679 333.751.515.760 ANTlOQUIA 25.445.334.959 25.909.597.029 34.103.936.731 17.250.995.256 25.445,334.959 25.909597.029 34.103.936.731 17.250.995.256 ATLÁNTICO 67.418,569 61.677.190 85.812.651 43,283,109 COMPENSACION PARÁGRAFO 2" TRANSITORIO

Artículo 3°

. Los recursos de que trata la columna "Ajustes Finales a compensaciones 2015 y 2016" del artículo 2° del presente Decreto se desagregan entre las entidades territoriales beneficiarias de la compensación de asignaciones directas según el detalle y montos contenidos en el Anexo No. 2 que hace parte integral del presente Decreto. En dicho anexo se incluyen al detalle los ajustes tanto positivos como negativos a los recursos asignados y girados en la vigencia 2015-2016 en cumplimiento de lo dispuesto en los decretos 724 de 2015 y 1296 de 2016. Parágrafo: Cuando a una entidad territorial le corresponda un mayor valor a los recursos asignados y girados en la vigencia 2015-2016 en cumplimiento de lo dispuesto en los decretos 724 de 2015 y 1296 de 2016, esta diferencia se entenderá como un ajuste positivo; cuando le corresponda un menor valor, la diferencia se entenderá como un ajuste negativo. TíTULO 11 RECURSOS A TRANSFERIRSE Al FONDO DE DESARROllO REGIONAL - PROYECTOS DE INVERSiÓN UNA VEZ GARANTIZADA lA COMPENSACiÓN DE lOS AÑOS 2015 Y 2016

Artículo 4°

. Contracredítese el CAPÍTULO 11- PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS SUBCAPíTULO 2 - FONDO DE DESARROLLO REGIONAL - FDR COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS, la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLOI\JES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ($224.649.309), de acuerdo con el siguiente detalle: CAPíTULO SUBCAPíTULO SECCiÓN li 2 17000 18000 66000 76000 CONCEPTO CONTRACRÉDITO PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS 224.649.309 FONDO DE DESARROLLO REGIONAL-FDR 224.649.309 CALDAS 212.164.367 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 212.164.367 CAQUETÁ 1.636.184 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 1.636.184 RISARALDA 709.815 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 709.815 VALLE DEL CAUCA 10.097.562 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 10.097.562 DECRETO 2152 DE 2017 Página 10 de 11 Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. CAPíTULO SUBCAPíTULO SECCiÓN 91000 CONCEPTO CONTRACRÉDITO AMAZONAS 41 .382 COMPENSACiÓN ASIGNACIONES DIRECTAS 41 .382

Artículo 5°

. Con base en el contracrédito efectuado en el artículo 4°, acredítese el CAPÍTULO II - PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS SUBCAPíTULO 2 - FONDO DE DESARROLLO REGIONAL - FDR PROYECTOS DE INVERSiÓN en la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ($224.649 .309), de acuerdo con el siguiente detalle: CAPíTULO SUBCAPíTULO SECCiÓN 11 2 17000 18000 66000 76000 91000 CONCEPTO CRÉDITO PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS 224 .649.309 FONDO DE DESARROLLO REGIONAL­ FDR 224.649.309 CALDAS 212 .164.367 PROYECTOS DE INVERSiÓN 212.164 .367 CAQUETÁ 1 .636.184 PROYECTOS DE INVERSiÓN 1.636 .184 RISARALDA 709.815 PROYECTOS DE INVERSiÓN 709 .815 VALLE DEL CAUCA 10.097.562 PROYECTOS DE INVERSiÓN 10 .097 .562 AMAZONAS 41.382 PROYECTOS DE INVERSiÓN 41 .382 TíTULO 111 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6°

. En los casos en que las instrucciones de abono a cuenta - IAC remitidas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - MHCP en la vigencia 2015-2016 en cumplimiento de los Decretos 724 de 2015 y 1296 de 2016, hayan sido mayores a la suma de los siguientes montos i) la compensación definitiva del año 2015, y ii) la compensación definitiva del año 2016, la entidad territorial deberá reintegrar la diferencia a la Cuenta Única del Sistema General de Regalías dentro del mes siguiente a la publicación del presente Decreto. En el evento que dicho reintegro no se haga efectivo por parte de las entidades territoriales , el Departamento Nacional de Planeación - DNP descontará la diferencia en las siguientes IAC de los recursos por asignaciones directas de la entidad territorial, de los recursos asignados en el

Artículo 8°

, La Dirección General Crédito y Tesoro Nacional del Ministerio y Público solicitará al Banco de la el monto del exceso de 201 6 definitivo, correspondientes al de Desarrollo Regional Directas, utilizando el procedimiento establecido en el 1082 de 2015 para desahorros de las compensaciones de de con Regalías aplicables a las 9°, Las entidades territoriales Decreto, deberán destinar los que regulan el la PU trata el su publicación, y CUMPLASE C., a los 20 ole 2017 EL MINI DE HACIENDA Y .Mi MAlI1í.w ~ ",.... lA.! DJ,. MAURICIO CÁRDENAS SA EL MIN MINAS Y ENERGíA EL DI DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN, ARíA 2152 Página 1 de 3 Anexo 1 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones." METODOLOGíA DE CÁLCULO DEL VALOR FALTANTE PARA ALCANZAR LOS PORCENTAJES SEÑALADOS EN EL INCISO SEGUNDO DEL PARÁGRAFO

Artículo SEGUNDO

TRANSITORIO DEL ARTíCULO 361 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA PARA CADA BENEFICIARIO 1. METODOLOGíA EMPLEADA PARA EL CALCULO DE AJUSTES DE LA COMPENSACiÓN DEL AI\JO 2015 . .1 Las asignaciones directas causadas menos descuentos de ley entre los años 2007 y 2010, certificadas por el Ministerio de Minas y Energía, para cada departamento, municipio o distrito, se llevarán a precios constantes de 2010 utilizando como deflactor el índice de Precios al Consumidor base 2010, construido con la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2007, 2008, 2009 Y 2010. Una vez llevadas las asignaciones a precios constantes de 2010 se obtendrá el promedio simple y se calculará el 40% de este promedio, el cual se denominará 40% de su promedio histórico a precios constantes de 2010. 1.2 El recaudo efectivo para cada departamento, municipio o distrito de las asignaciones directas en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías con corte al 31 de diciembre de 2015, más los recursos asignados como Asignaciones Directas y Compensaciones en el exceso de ahorro en el FAE 2015-2016 definitivo, correspondientes al año 2015 para cada departamento, municipio o distrito, determinados en el artículo 5 del Decreto 1103 de 2017, se llevarán a precios constantes de 2010, utilizando como deflactor el índice de Precios al Consumidor base 2010, construido con la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2011, 2012, 2013, 2014 Y 2015. A este recaudo se le denominará recaudo de asignaciones directas a precios constantes de 2010 1.3 Si el recaudo de asignaciones directas de 2015 a precios constantes de 2010 de cada departamento, municipio o distrito resulta inferior al 40% de su promedio histórico a precios constantes de 2010, se calculará la diferencia y esta se llevará a precios de 2015, utilizando la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2011, 2012, 2013, 2014 Y 2015. A esta diferencia se le denominará faltante a precios de 2015. 1.4 Se entenderá que el faltante a precios de 2015 obtenido en el numeral 3 del presente anexo es el que se refiere el numeral 1 del artículo 2.2.4.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y será el que se aplique al faltante consolidado de los municipios y departamentos en el respectivo departamento para calcular la proporción de que habla el numeral 3 del artículo 2.2.4.5.3 del Decreto 1082 de 2015. Para estos efectos, el monto de los recursos del Fondo de Desarrollo Regional sobre el cual se obtendrá la proporción del faltante de cada municipio y cada departamento en el consolidado del respectivo departamento, corresponderá al valor recaudado de 2015 con corte al 31 de diciembre de 2015 en la 2152 Página 2 de 3 Anexo 1 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones ." Cuenta Única del Sistema General de Regal ías Fondo de Desarrollo Regional Compensacíón Asignaciones Directas, más los recursos asignados al Fondo de Desarrollo Regional - Compensación Asignaciones Directas en el exceso de ahorro en el FAE 2015-2016 definitivo, determinados en el artículo 5 del Decreto 1103 de 2017, correspondientes al año 2015 . 2. METODOLOGíA EMPLEADA PARA EL CALCULO DE AJUSTES DE LA COMPENSACiÓN DEL AÑO 2016. 2.1 Las asignaciones directas causadas menos descuentos de ley entre los años 2007 y 2010 , certificadas por el Ministerio de Minas y Energía , para cada departamento, municipio o distrito, se llevarán a precios constantes de 2010 utilizando como deflactor el índice de Precios al Consumidor base 2010 , construido con la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2007 , 2008, 2009 Y 2010. Una vez llevadas las asignaciones a precios constantes de 2010 se obtendrá el promedio simple y se calculará el 40% de este promedio , el cual se denominará 40% de su promedio histórico a precios constantes de 2010. 2.2 El recaudo efectivo para cada departamento, municipio o distrito de las asignaciones directas en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías con corte al 31 de diciembre de 2016, más los recursos asignados como Asignaciones Directas y Compensaciones en el exceso de ahorro en el FAE 2015-2016 definitivo, correspondientes al año 2016 para cada departamento, municipio o distrito , determinados en el artículo 5 del Decreto 1103 de 2017, se llevarán a precios constantes de 2010, utilizando como deflactor el índice de Precios al Consumidor base 2010, construido con la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2011 , 2012 , 2013 , 2014, 2015 Y 2016. A este recaudo se le denominará recaudo de asignaciones directas a precios constantes de 2010 2.3 Si el recaudo de asignaciones directas de 2016 a precios constantes de 2010 de cada departamento, municipio o distrito resulta inferior al 40% de su promedio histórico a precios constantes de 2010, se calculará la diferencia y esta se llevará a precios de 2016 , utilizando la tasa de inflación calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística para los años 2011 , 2012,2013,2014,2015 Y 2016 . A esta diferencia se le denominará faltante a precios de 2016. 2.4 Se entenderá que el faltante a precios de 2016 obtenido en el numeral 3 del presente anexo es el que se refiere el numeral 1 del artículo 2.2.4.5 .3 del Decreto 1082 de 2015 y será el que se aplique al faltante consolidado de los municipios y departamentos en el respectivo departamento para calcular la proporción de que habla el numeral 3 del artículo 2.2.4.5 .3 del Decreto 1082 de 2015 . Para estos efectos , el monto de los recursos del Fondo de Desarrollo Regional sobre el cual se obtendrá la proporción del faltante de cada municipio y cada departamento en el consolidado del respectivo departamento, corresponderá al valor recaudado de 2016 con corte al 31 de diciembre de 2016 en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías para el Fondo de Desarrollo Regional ­ 2152 Anexo Página 3 de 3 el presupuesto del bienio 2017 18 del del Decreto "Por el cual se Regalías, recursos Fondo de Regional a los beneficiarios directas y se dictan otras disposiciones." Directas, los recursos asignados al Fondo de Desarrollo - Compensación Asignaciones Directas en el exceso de ahorro en el 2015-2016 definitivo, determinados en el artículo 5 del Decreto 1103 de 7, correspondientes al 2d16. 2.5 Una vez el monto las para 2015 y 6 se les descontará el valor que asignaron en las Instrucciones de Abono a Cuenta informadas 20.15-2016 contra los 724 de 2015 y 1 de 2016; los durante la positivos se incorporará al de y los se descontarán a las asignaciones de cada departamento, municipio o distrito. 2152 Página 1 de 29 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones . " CÓDIGO ENTIDAD Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 Ajustes Finales a Compensaciones 2015Y2016 2 3 4=1+2-3 ANTIOQUIA 25.445.334.959 25.909.597 .029 34.103.936.731 17.250.995.256 05000 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 11.624.904.808 12.656.426.505 15.618.650.833 8.662.680.480 05001 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 MEDELLiN (ANTIOOUIA) 10.757.415 10.903.715 13 .137.208 8.523.922 05004 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 ABRIAOUI (ANTIOOUIA) 1.329.605 1. 788.548 1.734 .703 1.383.450 05021 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 ALEJANDRiA (ANTIOOUIA) 1.362.185 1.247.257 1.662.844 946598 05030 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 AMAGA (ANTIOOUIA) 115.920.464 99 .012.504 146.287 .2 61 68.645.707 05031 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 AMALFI (ANTIOOUIA) 6.232 .635 O 16.467 .057 (10. 23 4.4 22 ) 05036 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 ANGELOPOLlS (ANTIOOUIA) 3.698.472 4.3 98.361 5.086 .332 3010502 05038 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 ANGOSTURA (ANTIOOUIA) 27.864 .077 25.513 .181 22 .963 .312 30.413.946 05042 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SANTAFE DE ANTIOOUIA (A NTIOOUIA) 2.728.509 2.750.359 2.273.961 3.204 .907 05044 Compensación Pará grafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislahvo 05 de 2011 ANZA (ANTtOOUtA) 18.638.169 17065663 24.052.819 11 .651.013 05045 Compensación Paragrafo 2° Transitorio .Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 APARTADO (ANTIOOUIA) 168.156 142.110 236.543 73.72 3 05055 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legistativo 05 de 2011 ARGELIA (ANTIOOUIA) 80.458 73. 669 66 .307 87.820 05079 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 BARBOSA (AN TtOOUIA) 1. 702 .043 O 1.648.569 53.474 05086 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 BELMIRA (ANTIOQUIA) 1.760.317 1.634.050 2.193 .312 1.201.055 05088 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 BELLO (ANTIOOUIA) 3.783.408 3.485.772 4.492 .553 2. 776.626 05101 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 CIUDAD BOLivAR (ANTIOOUIA) 1044 956 1.3 59 641 05107 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 BRICEÑO (ANTIOOUIA) 2.055 .927 O 1.710.720 345.207 05113 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 BURITICA (ANTIOQUIA) 21.522 .577 O 22 .196.255 (673 .678) 05120 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 CACE RES (ANTIOOUIA) 454.118.177 150.065.907 589 .663 .286 14.520.798 05 2152 Página 2 de 29 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. 11 CÓDIGO ENTIDAD Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 Ajustes Finales a Compensaciones 2015 Y 2016 2 3 4=1+2·3 05125 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legisl ativo 05 de 2011 CAICEDO (ANTIOQUIA) O O 116.642 (116.642) 05129 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2 ' Acto Legislativo 05 de 2011 CALDAS (ANTIOQUIA) 1.754.532 1.606.502 2.283.722 1.077.313 05134 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CAMPAMENTO (ANTIOQUIA) 106 97 88 116 05138 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CAÑASGORDAS (ANTIOQUIA) 44.211.664 O 36.460.796 7750868 05142 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CARACOLi (ANTIOQUIA) 293.032 O 8.408.824 (8115791) 05145 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 CARAMANTA (ANTlOQUIA) 1333516 1.221.007 1.735.722 818.801 05147 Compensación Paragrafo 2' Transilorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CAREPA (ANTIOQUIA) 369798 338598 469.969 238427 05154 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CAUCASIA (ANTIOQUIA) O 68.293 .663 O 68 .293.663 05172 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 CHIGORODÓ (ANTIOQUIA) 135 124 176 83 05190 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CISNE ROS (ANTIOQUtA) O 1.163.477 O 1.163.477 05206 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CONCEPCiÓN (ANTIOQUIA) O 295.476 16.172 279.304 05209 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CONCORDIA (ANTIOQUIA) 102.484 93.837 133.394 62927 05212 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Leg islativo 05 de 2011 COPACABANA (ANTIOQUIA) 897 .673 821.936 1.154.555 565 .054 05234 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 DABEIBA (ANTIOQUIA) O 673.748 241.302 432.445 05237 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 DON MATiAS (ANTIOQUIA) 329.500 301.700 409.509 221.691 05240 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 EBÉJICO (ANTtOQUIA) O 40 .857 21.307 19.550 05264 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 ENTRERRIOS (ANTIOQUIA) 1.863.577 1.706346 2.4 25 .656 1.144.267 05266 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 ENVIGADO (ANTIOQUIA) 160.355 146.826 208.721 98.460 05282 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 FREDONIA (ANTIOQUIA) 31. 788 .886 27.085.820 39188981 19.685.725 05284 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 FRONTINO (ANTIOQUIA) 19.618.673 O 40.051.716 (20.433 .043) (O 2152 Página 3 de 29 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. " CÓDIGO ENTIDAD Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva 2 IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 3 Ajustes Finales a Compensaciones 2015Y2016 4=1+2-3 05306 Compensación Parágrafo 2' Transilorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GIRALDa (ANTIOQUIA) 12 .228 11.197 15.917 7.508 05308 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GIRARDOTA (ANTIOQUIA) O 4301923 3.695.873 606.051 05310 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GOMEZ PLATA (ANTIOQUIA) 615.651 327 .899 721.229 222.321 05315 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GUADALUPE (ANTIOQUIA) 2.103.511 1.926038 1.733.543 2.296 .006 05318 Compensación Par<igrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GUARNE (ANTIOQUIA) O 111 57 53 05321 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 GUATAPE (ANTIOQUIA) 43.693 40.007 56.871 26.829 05347 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 HELICONIA (ANTIOQUIA) 180.176 173.752 239.979 113.949 05353 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 HISPANIA (ANTIOQUIA) 340 311 442 210 05360 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art 2' Acto Legislativo 05 de 2011 ITAGUI (ANTIOQUIA) 57 .932 53 .045 47.743 63 .234 05364 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 JARDIN (ANTIOQUIA) O O 504.955 (504.955) 05368 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 JERICÓ (ANTIOQUIA) 969 887 798 1.058 05376 Compensación Paragrafo 2' TransitorJo Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 LA CEJA (ANTIOQUIA) 96 88 125 59 05380 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 LA ESTRELLA (ANTIOQUIA) 65.928 60.366 85.814 40.481 05390 Compensación Paragrafo 2' Trahsitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 LA PINTADA (ANTIOQUIA) 147.480 147.842 179.199 116.124 05411 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto LegiSlativo 05 de 2011 L1BORINA (ANTIOQUIA) 1166363 O 1.545.914 (379.551) 05425 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 MACEO (ANTIOQUIA) 1.312.959.430 1.178856.995 1.708.740.723 783.075 .703 05440 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 MARINILLA (ANTIOQUIA) 38.321 35.087 49.879 23.529 05483 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 NARIÑO (ANTIOQUIA) 393.525 O 324.312 69 .213 05490 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 NECOCLI (ANTIOQUIA) 72704 66.570 94.632 44.642 05495 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 NECHi (ANTIOQUIA) 317.185.179 24 .782 .709 430.439.339 (88.471 .452) 2152 Página 4 de 29 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. " CÓDIGO Compensación 2015 definitiva ENTIDAD 0 Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 Ajustes Finales a Compensaciones 2015Y2016 2 3 4=1+2-3 0 05541 Compensación Paragrafo 2 Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 PEÑOL (ANTIOQUIA) 05585 Compensación Paragrafo 2 Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 PUERTO NARE (ANTIOQUIA) 05591 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 PUERTO TRIUNFO (ANTIOQUIA) 05604 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 REMEDIOS (ANTIOQUIA) 05607 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 RETIRO (ANTIOQUIA) 05615 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 RIONEGRO (ANTIOQUIA) 05642 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SALGAR (ANTIOQUIA) 05647 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SAN ANDRÉS DE CUERQuíA (ANTIOQUIA) 05649 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SAN CARLOS (ANTIOQUIA) 05652 32.404 29.670 42.177 19897 2131.450.834 2032321.134 2.864.936 968 1.298.835.000 380.875.172 424.517.265 512990688 292 .401. 749 677067.249 600879 .560 945196.597 332.750.212 2.780417 2.736. 001 3.863.075 1.653.34 3 SS 1.999 505.427 668.984 388.441 O O 1.507 (1.507) 363.370 332.713 472.967 223.116 O O 447 .134 (447134) Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SAN FRANCISCO (ANTIOQUIA) O O 165 (165) 05664 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SAN PEDRO (ANTIOQUIA) 2.696 2.468 3.510 1.654 05667 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SAN RAFAEL (ANTIOQUIA) 1.703 .763 1.560.016 1946.693 1.317.086 05670 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SAN ROQUE (ANTIOQUIA) 97.207.339 43.589284 124.698.391 16.098232 05674 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SAN VICENTE (ANTIOQUIA) 79 .121 72.445 102.984 48.582 05679 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SANTA BÁRBARA (ANTIOQUIA) 62 .800 O 51.755 11.045 05686 Compensación Parágrafo 2 Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SANTA ROSA DE OSOS (ANTIOQUIA) O O 609.801 (609 .801) 05690 Compensación Paragrafo 2° Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SANTO DOMINGO (ANTIOQUIA) 1.104038 O 1.027.984 76.054 05736 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SEGOVIA (ANTIOQUIA) 1.268.850.322 1.426.710214 1.727.516.549 968.043.987 05756 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 SONSON (ANTIOQUIA) O 5.898.901 359893 5539008 05761 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2 Acto Legislativo 05 de 2011 SOPETRÁN (ANTIOQUIA) O O 64 (64) 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2152 Página 5 de 29 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones." CÓDIGO ENTIDAD Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 Ajustes Finales a Compensaciones 2015Y2016 2 3 4=1+2-3 05790 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 TARAZA (ANTIOQUIA) 1.737.017 .820 1.492.326.158 2.211.004 .313 1.018 .339.665 05809 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto legislativo O? de 2011 TITIRtBi (ANTIOQUIA) 130689.082 116.978.860 167.2 35.273 80.43 2.669 05819 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 TOLEDO (ANTIOQUIA) 300.367 36.134 322.258 14.243 05837 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 TURBO (ANTIOQUIA) 3.279 .310 5.133.041 3.308.682 5.103.669 05842 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 URAMIT A (ANTIOQUIA) O 128 .420 66 .971 61.450 05847 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 URRAO (ANTIOQUIA) O O 16.678 (16 .678) 05854 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 VALDIVIA (ANTIOQUIA) 26.877.317 21.642.178 36.303.414 12 .216 .081 05856 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 VALPARAisO (ANTIOQUIA) O O 84.090 (84.090) 05858 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 VEGACHI (ANTIOQUIA) 148.170,486 157.740.858 173.536 .214 132375 .129 05861 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Leg islat ivo 05 de 2011 VENECIA (ANTIOQUIA) 5.647.419 5.170.946 6.357.529 4460 .836 05885 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 YALi (ANTIOQUIA) 17 .790.102 13.926 .936 24 .500.303 7.216 .734 05887 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 YARUMAL (ANTIOQUIA) 6.771 O 8.813 (2 .042) 05890 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 YOLOMBO (ANTIOQUIA) O 2.847 .381 O 2.847 .381 05893 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 YONDÓ (ANTIOQUIA) 4.777 .0 28 .856 5.265.4 27.620 6.539 .924.476 3.502.53M01 67.418.569 61.677.190 85.812.651 43.283 .109 08 ATLÁNTICO 08000 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO 24.911 O 68.698 (43 .787) 08001 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Leg isl ativo 05 de 2011 BARRANQUILLA (A TLÁNTICO) 67.393 .658 61.677 .190 85 .743.953 43.32 6.896 31.757.704.067 30.635 .140.975 41 .951.335.990 20 .441 .509.053 13 BOLíVAR 13000 Compensa ción Parág rafo 2° Transitorio Art . 2° Acto Legislativo 05 de 2011 DEPARTAMENTO DE BOlivAR 9,4 ~ 9.457 . 892 9.245 .884599 13 051.54 8. 615 5.673 .793 .876 13001 Compensación Parágrafo 2° Transitorio Art. 2° Acto Legislativo 05 de 2011 CARTAGENA (BOLiVAR) 15 .364.586.033 14.616.567.765 19.121.647.719 10.859 .506 .079 Página 6 de 29 2152 Anexo 2 del Decreto "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 -2018 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones. " CÓDIGO ENTIDAD Compensación 2015 definitiva Compensación 2016 definitiva 2 IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 y de 2016 3 Ajustes Finales a Compensaciones 2015Y2016 4=1+2-3 13006 Compensación Parágrafo 2' Transilorio Art . 2' Aclo Legislativo 05 de 2011 ACHi (Bo LíVAR) 35412 32.409 47 .235 20.585 13030 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 ALTOS DEL ROSARIO (BOLiVAR) 85 .825 O 114.480 (28 .655) 13042 Compensación Pa rá gra fo 2' Trans ilorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 ARENAL (BOLiVAR) 7.029.074 O 8956.843 (1.927 .769) 13074 Compensación Parágrafo 2' Transito rio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 BARRANCO DE LOBA (BoLíVAR) O 4525 .446 4.962 .573 (437 .127) 13160 Compensación Parágrafo 2' Transito rio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CANTAGALLO (BOLlVAR) 5.798.291 .410 5.723.723 .892 7.946.148.700 3.575866602 13188 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 CICUCO (BOLíVAR) O 8640.451 24.783331 (16 .142 .880) 13300 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 HATILLO DE LOBA (BOLíVAR) 4082.481 3.736.294 5.445 .508 2.3 73 .267 13440 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 MARGARITA (BOLlVAR) 6.562 .211 6.005.747 8.753150 3.814 .808 13458 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Le gislativo 05 de 2011 MONTECR ISTO (BOLíVAR) 323 .961.525 274 .979 .633 437 .667 .810 161.273. 348 13468 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 MOMPÓS (BOLlVAR) 413 .718 1.663 .184 1.553.830 523 .072 13473 Compensación Parágrafo 2' Trans itorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 MORALES (BOLlVAR) O O O 13600 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 RIO VIEJO (BOLlVAR) 11 .974 .882 O 16.136979 (4 .162.097) 13650 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SAN FERNANDO (BoLíVAR) 6.265 .760 5734.435 8.357.722 3.642.472 13655 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SAN JACINTO DEL CAUCA (BOLlVAR) 7.909 .119 7238.440 6.655.425 8.492 .134 13667 Compensación Parág rafo 2' Transitorio (\rt . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SAN MARTIN DE LOBA (BOLíVAR) O O 2.286 .273 (2 .286.273) 13670 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SAN PABLO (BOLlVAR) 272 .833.081 321.705 .016 384 .976.111 209561.986 13673 Compensación Parág ra fo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SANTA CATALINA (BOLiVAR) 22 .155.934 19.259.233 33 .009.243 8.405.924 13688 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SANTA ROSA DEL SUR (BOLíVAR) 189.310.394 239.237.727 220.967 .174 207 .580947 13744 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 SIMITI (BOLiVAR) 85 .334 .270 O 407 .315 .739 (32 1.981.470) 13780 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art . 2' Acto Legislativo 05 de 2011 TALAIGUA NUEVO (BOLlVAR) 177 .415048 156.206.705 260.001.530 73 .620223 ( 2152 Página 7 de 29 "Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2017 trasladando recursos del Fondo Regional a directas y se otras disposiciones. " CÓDIGO IAC contra Decretos 724 y 1296 que anticiparon las compensaciones de 2015 de Compensación 2015 definitiva ENTIDAD beneficiaríos 2 Ajustes Finales a Compensaciones 2015 Y 2016 4=1+2-3 3 BOYACÁ 34.783.261.1181 33.033.398.981 45.764.705.604 22.051.955.857 15000 Compensación Parágrafo 2" Transitorio Art 2° 05 de 2011 DEPARTAMENTO Acto DE 20.515.618175 20.472.566.878 26.944987.142 14.043.197.910 15001 Compensación Paragrafo 2' Transitorio Art. Acto Legislativo 05 de 2011 TUNJA 3.119144 542.699 4.869.794 (1.207.951) 15 15022 Compensación Parágrafo 2' Transitorio Art. 2" 05 de 2011 ALMEIDA Acto 36.267.752 29.298.268 55.184094 10.381.926 15047 2° Transitorio Art. 2° 2011 AQUIT ANIA 5.367.947 4.365.'109 6.637.022 3.096.334 O O 567.498 (567.498) 15092 Compensación Parágrafo 2" 05 de 2011 Acto

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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