Artículo 1°
. Modificación del articulo 7 del Decreto 2366 del 2015. El Artfculo 7 del Decreto 2366 de 2015, quedará asr: "Articulo 7. Estructura. La estructura de la Agencia de Renovación del Territorio ART, será la siguiente: 1: CONSEJO DIRECTIVO 2. DIRECCiÓN GENERAL 2.1. Oficina Jurfdica. 2.2. Oficina de Planeación. 2.3. Oficina de Comunicaciones. 3. DIRECCiÓN DE INTERVENCiÓN DEL TERRITORIO 3.1. Subdirección de Participación y Planeación. 3.2. Subdirección de Coordinación y Fortalecimiento Institucional. 4. DIRECCiÓN DE ESTRUCTURACiÓN DE PROYECTOS 4.1. Subdirección de Reactivación Económica. 4.2. Subdirección de Proyectos de Infraestructura Rural. 4.3. Subdirección de Proyectos Productivos. 4.4. Subdirección de Proyectos Ambientales y Forestales. 5. DIRECCiÓN DE EJECUCiÓN Y EVALUACiÓN DE PROYECTOS 5.1. Subdirección de Calificación y Financiamiento. 5.2. Subdirección de Contratación. 5.3. Subdirección de Seguimiento y Evaluación 6. DIRECCiÓN DE SUSTITUCiÓN DE CULTIVOS DE USO ILfclTO 7. SECRETARIA GENERAL 8. ÓRGANOS DE ASESORfA Y COORDINACiÓN 8.1. Comisión de Personal 8.2. Comité Coordinación del Sistema Control Interno"\nArtículo 2°. . Modificación del artículo 8 del Decreto 2366 del 2015. El ArtIculo 8 del Decreto 2366 de 2015, quedará asl: "Artículo 8°. Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio (ARn, estará integrado por los siguientes miembros: 1. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. , . DECRETO NÚMERO '" ,2:\07 de 2019 Hoja N°. 3 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio y se dictan otras disposiciones" 2. El Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación. 3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural 4. El Ministro de Defensa Nacional El Ministro Ambiente y Desarrollo Sostenible Director del Departamento Nacional de Planeación (DNP) 7. Director del Departamento ~dministrativo para la Prosperidad Social (DPS) 8. El Director del Departamento Administrativo la Función Pública (DAFP) 9. El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) 10. El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) largo, mediano y corto plazo de la entidad y los 3. Aprobar el plan general de renovación las zonas rurales de conflicto, que incorpora los planes locales de intervención territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas. 4. Aprobar los criterios y parámetros para la selección y calificación y para la asignación de recursos que se destinen a los proyectos de intervención territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas. Impartir los lineamientos, criterios, parámetros y requisitos para la aprobación los planes de intervención territorial. 6. Definir criterios y parámetros para la participación de organizaciones sociales, comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuración y ejecución de los planes y proyectos de intervención territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas y en las zonas de intervención del PNIS. DECRETO NÚMERO '-. 2107 ' de 2019 Hoja N°. 4 Continu~ción del Decreto "Por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio y se dictan otras disposiciones" 7. Adoptar los criterios de asignación y distribución de los recursos administrados por la Agencia que vayan a ser destinados a financiar o cofinanciar proyectos de intervención territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas y las zonas PNIS. 8. Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la Agencia a fin de adelantar un seguimiento efectivo del cumplimiento de las politicas y los objetivos estratégicos trazados, de forma que puedan realizarse los ajustes a los que haya lugar de manera oportuna. , • ;¡ , 9. Adoptar la estrategia de coordinación con el sector público, el sector privado, la cooperación internacional y demás actores relevantes, para la ejecución de proyectos de intervención territorial viabilizados por la Agencia. 10. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presupuestal y de los estados financieros presentados por el Director General de la Agencia. 11. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia, asf como las modificaciones al presupuesto aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el estatuto orgánico de presupuesto y normas que lo reglamenten. " 12. Adoptar, por propuesta del Director General, la polltica de mejoramiento continuo de la entidad, asf como los programas orientados a garantizar el adecuado desarrollo administrativo. 13. Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad para su adopción por el Gobierno nacional. 14. Adoptar el Código de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento. 15. Adoptar los lineamientos generales de la polftica institucional de gestión de calidad. 16. Dictarse su propio reglamento. 17. Las demás funciones que le senalen la ley y el reglamento". I