Por el cual se confiere la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" para

Decreto · 2084 · 2017-12-12 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 66°

de la Ley 48 de 1913 y el artículo 10 del Decreto 1258 de 1970, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 1258 del 27 de julio de 1970 creó la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial", para exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, como estímulo a la honestidad, consagración, perseverancia y superación de estos servidores del Estado. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo del mismo Decreto, la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judiciaf' se otorga en las categorías oro, plata y bronce. Que el artículo 155 de la Ley 270 de 1996 determina que "Los funcionarios y empleados que se distingan en la prestación de sus servicios, en los términos del reglamento, se harán acreedores a los estímulos y distinciones que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. El superior funcional podrá postular los funcionarios y empleados que considere candidatos idóneos para hacerse acreedores a esas distinciones ( ...)". Que el numeral 27 del artículo 85 de la misma Ley consagra que, corresponde al Consejo Superior de la Judicatura, "Aprobar los reconocimientos y distinciones que se otorguen a los funcionarios de la Rama Judicial por servicios excepcionales prestados a favor de la administración de justicia". Que por su parte, el Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdos PSAA11·7711 de 2011, PSAA 11·8712 de 2011 y PSAA 13·9908 de 2013, reglamentó la concesión de estímulos y distinciones a los servidores de la Rama Judicial; estableciendo en su artículo 12 del primer Acuerdo mencionado, que "La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura enviará al Presidente. de la República la relación de las personas que se han hecho acreedoras a la condecoración honorífica "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" y su categoría, para que se expida el Decreto Ejecutivo de que trata el artículo 10 del Decreto 1258 de 1970". Que conforme a los criterios señalados en el artículo 4° del Acuerdo PSAA11·7711 de 2011 y en el artículo 3° del Acuerdo PSAA13-9908 de 2013, las Corporaciones Judiciales Nacionales han designado a los funcionarios y empleados acreedores a dicha distinción. Que a través de la sentencia C-285 de 2016 se declaró la inexequibilidad del Consejo de Gobierno Judicial creado por el Acto Legislativo N°2 del 10 de julio de 2015, destacando que, el artículo 254 de la Constitución Política queda así: l/Artículo 254. El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por seis magistrados elegidos para un período de ocho años, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado". DECRETO NÚMERO 2084 Página 2 de4 Continuación del Decreto "Por el cual se confiere la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" para el año 2017" Que al respecto la Corte señaló también que: "en virtud de la decisión adoptada en este fa/lo, este Consejo (de Gobierno Judicial) deja de existir y sus funciones quedan radicadas nuevamente en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura, conformado ahora por una única sala, debía aclararse que tales funciones serían asumidas por este último organismo (. .. )". Que en este sentido, el Consejo Superior de la Judicatura a través de la Resolución PCSJSR17-223 del 1 de diciembre de 2017, determinó los servidores de la Rama Judicial que serán acreedores a la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" en las categorías oro, plata y bronce, aprobando las designaciones conforme al reglamento, teniendo en cuenta las certificaciones allegadas por las Secretarías de la H. Corte Constitucional, H. Corte Suprema de Justicia, H. Consejo de Estado, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva Nacional de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de Administración Judicial y las motivaciones de las postulaciones y designaciones. Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto 1258 de julio 27 de 1970, modificado tácitamente por los artículos 85 numeral 27 y 155. de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 12 del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011, le corresponde a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, hoy Consejo Superior de la Judicatura indicar las personas dignas de condecoración, la índole de ésta y su categoría, así como informar al Presidente de la República para su otorgamiento mediante decreto ejecutivo. Que el Decreto 1258 de julio 27 de 1970. en su artículo 13, establece que la imposición de las condecoraciones la hará el Presidente de la República o la persona que él designe. en ceremonia solemne. Que en mérito de lo expuesto, se otorgará la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial", a los servidores de la Rama Judicial que han sido indicadas por el Consejo Superior de la Judicatura. DECRETA

Artículo 1°

, Otorgamiento de la Condecoración en categoría "Oro", Otorgar la Condecoración "JOSÉ IGNACIO DE MÁRQUEZ AL MÉRITO JUDICIAL", en la categoría "ORO" por sus merecimientos excepcionales, la contribución al enriquecimiento de la jurisprudencia y al prestigio de la administración de justicia, a las siguientes personas: Magistrado RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Presidente de la Corte Suprema de Justicia Magistrado JORGE OCTAVIO RAMíREZ RAMíREZ Presidente del Consejo de Estado Magistrado LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ Presidente de la Corte Constitucional

Artículo 2°

, Otorgamiento de la Condecoración en la categoría "Plata". Otorgar la Condecoración "JOSÉ IGNACIO DE MÁRQUEZ AL MÉRITO JUDICIAL", en la categoría "PLATA" por servicios eminentes a la causa de la justicia y por su singular consagración al cumplimiento del deber, a las siguientes personas: CARLOS FERNANDO CORTÉS REYES DECRETO NÚMERO 2084 Página 3 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se confiere la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" para el año 2017" Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima MANUEL EDUARDO SERRANO BAQUERO Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá JORGE EL/ÉCER FANDII\tO GALLO Magistrado Tribunal Administrativo del Atlántico MARTHA LucíA SÁENZ SAAVEDRA Juez Juzgado 4° Laboral del Circuito de Tunja MARíA CLAUDIA VARONA ORTíz Juez Juzgado 6° Administrativo de Popayán

Artículo 3°

, Otorgamiento de la condecoración en la categorra "Bronce". Otorgar la Condecoración "JOSÉ IGNACIO DE MÁRQUEZ AL MÉRITO JUDICIAL", en la categoría "BRONCE" por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia, mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a las siguientes personas: YOLANDA AVENDAI\tO MORENO Auxiliar Judicial Grado 01 Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CLARA FRANCIS CÁRDENAS JIMÉNEZ Secretaria General Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto ANDREA CAROLINA ÁLVAREZ CASADIEGO Magistrada Auxiliar Sala Jurisdiccional Disciplinaria LOREL/Z MARGARITA ORTIZ PEREIRA Profesional Universitario Grado 16 Juzgado 7° Administrativo de Santa Marta NUBlA MARGOTH PEI\tA GARZÓN Magistrada Auxiliar Consejo de Estado JUAN DE JESÚS HERNÁNDEZ MARTíNEZ Director administrativo Dirección Ejecutiva de Administración Judicial

Artículo 4°

, Reconocimiento Académico. Los designados en las categorías plata y bronce tendrán derecho al reconocimiento académico que determine el Consejo Superior de la Judicatura, conforme lo establece el artículo 3° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011 y los artículos 2° y 4° literal b, del Acuerdo PSAA13-9908 de 2013, expedidos por el Consejo Superior de la Judicatura. DECRETO NÚMERO. 2O8 4 Página 4 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se confiere la condecoración "José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial" para el año 2017"\nArtículo 5°. . Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 12 ole 2011 Ministro de Justicia y del Derecho I I

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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