Por el cual se modifica el Decreto 2886 de 2003 , relativo a la condecoración Enrique

Decreto · 2046 · 2016-12-13 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–8 de 8

Artículo 20°

Medalla Low Murtra al Mérito en Servicio de la Fiscalía la Nación se otorgará en categoría Ú , Meritoria en el cuando a juicio del Consejo de Medalla se presenten uen actuaciones excepcionales por parte de servidores, que se allá lo común, como prestación servicios en campo la investigación, acciones valor en ejercicio de sus funciones o el desempeño sobresaliente. servidores Por cada zona del se en cuenta dos sobresalientes. Uno planta del de Fiscalías y de la de Policía J A nivel nacional se elegirá sólo un planta global del servidor planta global del área administrativa o de apoyo a la La condecoración podrá otorgarse como distinción póstuma a de la de la Nación lecidos en cumplim de su deber, cuando a juicio del de Medalla se den circunstancias en el artículo. El PARÁGRAFO PRIM de la Fiscalía Nación profesional, técnico y asistencial. servidores se aplicará a desempeñen su cargo en los niveles la Medalla determinará lo Consejo PARÁGRAFO SEGUNDO. las zonas del país que concerniente a la y el nivel central la diferentes direcciones condecoración, que en ningún caso podrán ser más efectos la zonas adoptada mediante de seis (6) zonas. resolución interna

Artículo 2°

._ Modifícase Fiscal de Decreto 2886 Nación. cual quedará así:

Artículo 40°

El "Enrique Low Murtra al mérito en la de la Nación" conformado por el servicio I de la Nación o su delegado, quien lo presidirá, el Vicefiscal de Nación o su el Director Nacional de Apoyo a Gestión, el Nacional de Secciona les y Seguridad 'DECRETO ,,2046 DE Página 3 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2886 de 2003, relativo a la condecoración Enrique Low Murtra al mérito en el servicio de la Fiscalía General de la Nación". Director de Articulación de Fiscalías Nacionales Especializadas, el Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación y el Subdirector de Talento Humano . El Subdirector de Talento Humano actuará como Canciller de la Medalla y Secretario del Consejo. El Consejo de la Medalla se reunirá una vez al año, en el mes de noviembre y, extraordinariamente, cuando lo convoque el Canciller de la Medalla. En el acta de la reunión del Consejo para la selección de los nominados a la Medalla, se dejará constancia de los motivos en que se funda cada postulación, haciéndose un breve resumen de la labor del nominado en la entidad y las circunstancias o actuaciones en que se haya destacado. El Consejo de la Medalla deberá establecer un procedimiento de selección que garantice una adecuada participación de todos los servidores de la Fiscalía General de la Nación, asegurando la transparencia y objetividad en la escogencía de los servidores merecedores de la Medalla, de acuerdo con las condiciones y requisitos fijados en este decreto. Este procedimiento se adoptará mediante resolución expedida por el Fiscal General de la Nación. PARÁGRAFO. El Fiscal General de la Nación, mediante resolución interna, podrá designar otros servidores del Nivel Directivo que considere necesarios para conformar el Consejo de la Medalla.

Artículo 3°

._ Modifícase el artículo SO del Decreto 2886 de 2003, el cual quedará así:

Artículo 80°

Además del reconocimiento honorífico y pecuniario que implica la imposición de la medalla, podrán concederse reconocimientos de carácter académico, como el otorgamiento de comisión de estudios, conforme a las normas legales, para adelantar programas de posgrado, durante un término que no exceda dos (2) años.

Artículo 4°

._ Modifícase el artículo 14° del Decreto 2886 de 2003, el cual quedará así:

Artículo 14°

Para atender los gastos que ocasionen los estímulos económicos establecidos en el artículo 6° de este decreto, la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación o la dependencia que haga sus veces, adelantará los trámites y traslados presupuestales necesarios para tal efecto. DE Página 4 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2886 de 2003, relativo a la condecoración Enrique Low Murtra al mérito en el servicio de la Fiscalía General de la Nación" .

Artículo 5°

_. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica los artículos 2°,4°, 8° Y 14 del Decreto 2886 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBlíQUESE y CÚMPLASE El MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, El MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, 11 r / J1A~ VI f.M¡ b,)A~qMAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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