Por medio del cual se crea la Orden de reconocimiento a los programas académicos

Decreto · 2037 · 2023-11-27 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 30°

, dispone que "La acreditación en alta calidad promueve el fortalecimiento DECRETO NÚMERO 2 037 DE 2023 PÁGINA 2 DE 3 Continuación del Decreto "Por medio del cual se crea la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior que obtienen la Acreditación en Alta Calidad" de una cultura de la alta calidad de los programas académicos y de las instituciones, que se soporta en los sistemas internos de aseguramiento de la calidad. La evaluación con fines de acreditación en alta calidad se realiza por la institución sobre sí misma y sus programas académicos, los pares académicos y el Consejo Nacional de Acreditación - CNA. " Que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional, con el propósito de estimular la calidad de la educación superior, anualmente ha exaltado a los programas académicos de educación superior, que, en procesos voluntarios y por razón de sus altos niveles de calidad, han obtenido la acreditación en alta calidad de conformidad con el Decreto 1655 de 1999. Que el Decreto 1655 de 1999 modificado por el Decreto 4591 de 2010 , establece que la Orden referida se concede por resolución expedida por el Ministerio de Educación Nacional y se impone en ceremonia con los distintivos a entregar, los cuales se plasman en una medalla de oro de cinco centímetros de diámetro y un diploma que acompañan el reconocimiento. Que la Ley 2155 de 2021 "Por medio de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones", en su artículo 19° establece que "En desarrollo del mandato del artículo 209 de la Constitución Política y con el compromiso de reducir el Gasto Público, en el marco de una política de austeridad, eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, durante los siguientes 10 años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Gobierno nacional anualmente reglamentará mediante decreto un Plan de Austeridad del gasto para cada vigencia fiscal aplicable a los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación." Que, en cumplimiento del artículo citado, el Gobierno nacional expidió el Decreto 444 de 2023 "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación", estableciendo, entre otros aspectos, medidas de austeridad respecto a eventos y condecoraciones. Que el artículo 3° de la Ley 489 de 1998, resalta que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, entre los cuales se encuentran los de celeridad, eficacia y eficiencia. Que en armonía con los principios que orientan la función pública, en atención a la política de austeridad, eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, y con el propósito esencial de continuar promoviendo y estimulando la alta calidad de la ed ucación superior, se hace necesario derogar los Decretos 1655 de 1999 y 4591 de 2010 y, en consecuencia , crear una Orden que permita reconocer a los programas académicos de educación superior que obtienen la Acreditación en Alta Calidad por primera vez, en consonancia con la política de austeridad en el marco de los principios de la función administrativa, sin dejar de lado el propósito esencial de continuar promoviendo y estimulando la alta calidad de la educación superior. Que con el propósito de reconocer a las personas que en vida aportaron a la sociedad colombiana siendo referentes positivos de impacto y relevancia , se ha considerado que la Orden por medio de la cual se reconocerá a los programas académicos de educación superior que obtienen por primera vez la Acreditación en Alta Calidad, pueda ser denominada anualmente por el Ministerio de Educación Nacional en honor de alguna o algunas de aquellas personas que han tenido trascendencia en la sociedad colombiana. · , DECRETO NÚMERO 2037 DE 2023 PÁGINA 3 DE 3 Continuación del Decreto "Por medio del cual se crea la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior que obtienen la Acreditación en Alta Calidad" En mérito de lo expuesto, DECRETA

Artículo 1°

. Creación de la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior. Créase la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior que obtienen la Acreditación en Alta Calidad, por primera vez.

Artículo 2°

. Denominación de la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior. La Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior podrá ser denominada anualmente en honor de alguna o algunas personas que en vida aportaron favorablemente a la sociedad colombiana . En todo caso , para las primeras tres anualidades la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior se denominará "Manuel Zapata Olivella"\nArtículo 3°. . Otorgamiento de la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior. La Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior será concedida mediante acto administrativo expedido por el Ministerio de Educación Nacional , a los programas académicos de educación superior que hayan obtenido la Acreditación en Alta Calidad por primera vez. Para ello, el Ministerio de Educación Nacional podrá establecer periodicidades de tiempo en los cuales realizará dicho reconocimiento y definir el instrumento normativo o documento a través del cual se materializará. De igual manera, teniendo en cuenta la política de austeridad y según la necesidad, podrá definir los distintivos que tendrá dicha Orden.

Artículo 4°

. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1655 de 1999 y 4591 de 2010 . PUBLíQUESE y CÚMPLAS dado en Bogotá , D. C. , a los La Ministra de Educación Nacional, ARA FIGUEROA

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma