Artículo 57°
la 1955 2019 se cumplió con el deber publicación, conforme a lo establecido en el numeral 8 del
Decreto · 2020 · 2019-11-06 · Jerarquía: nivel 7
la 1955 2019 se cumplió con el deber publicación, conforme a lo establecido en el numeral 8 del
de la 1 de 2011 y en el artículo 2.1.2.1.14 del 1081 2015. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA:
- Emisión de -TES- Clase Ordénese la emisión, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección Crédito Público y Nacional de TES B", por la suma UN BILLON CIEN MIL MI LLONES PESOS ($1.100.000.000.000) MCTE, distribuidos en las vigencias 2019 y 2020, que se entregarán a FIDUPREVISORA S.A, entidad fiduciaria que administra el Fondo Nacional de Prestaciones Magisterio - FOMAG, para financiar el pago de las sanciones por mora en el pago de cesantías a de dicho fondo, causadas a diciembre 201 emisión - TES no implica operación presupuestal alguna y solo de y la redención de títulos. B que se presupuestarse la vigencia 2019 el cupo para financiar el de por mora en el pago de las a cargo del Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG, administrado por FIDUPREVISORA S.A, será hasta por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL MILLONES DE ($440.000.000.000) MCTE y para la vigencia del 2020 un cupo asignado hasta por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL MILLONES PESOS ($660.000.000.000) de acuerdo con lo establecido por el CONFIS en la sesión el 5 junio de 2019. todo caso S.A., no podrán financiar el pago Nacional la sesión realizada el 5 FIDUPREVISORA TES B a través de la Dirección General Parágrafo: Ministerio Hacienda y Crédito de Público y Tesoro Nacional, podrá realizar expediciones parciales los "Títulos de Clase BI! a que hace referencia el presente Decreto, con base en la solicitud el legal FIDUPREVISORA , en los términos Decreto. definidos en el artículo 3 del
- Términos y Condiciones de los Títulos. Títulos de TES Clase B que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional expida en desarrollo de lo previsto en el artículo anterior tendrán siguientes términos y condiciones: DECRETO 2020 Página 4 de 6 Continuación Decreto "Por el cual se ordena la emisión de Títulos de B destinados a financiar el pago cesantías a cargo del Nacional de Pn'Jsti9c/lOI Sociales del Magisterio- FOMAG y se define operación, las de negociación y pago de los mismos" 2. ¡Denominación: 3. Forma de los Títulos: , Amortización: 5. Condiciones Financieras de los Títulos: 6. Distribución: , Serán títulos a la orden, libremente en el mercado. Tendrán cupones de intereses libremente negociables y estarán Valores Colombia. inscritos en la Bolsa capital se pagará en la fecha de vencimiento. Los títulos a expedir serán definidos por la Dirección General Crédito Público y Tesoro Nacional al momento de la . colocación y estarán en línea con lo dispuesto por la Estrategia , Gestión Deuda Mediano Plazo. El monto que se emita en virtud de lo autorizado por el presente para tal efecto defina la decreto tendrá la distribución Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional en línea con lo dispuesto por la Estrategia de Gestión Deuda de Mediano Plazo. determinar el rendimiento de los títulos, se tomará una de siguientes alternativas, en forma excluyente, en estricto orden ascendente, 7. 1. de Rendimiento: 8. de los Títulos: La última tasa negociación en el Sistema de Negociación - administrado por el Banco de la República, realizada antes de 10 a.m. día entrega de los títulos. 11. La tasa medía entre posturas de compra y vigentes en el SEN a las 1Oa.m. del día de entrega de títulos. 111. La de valoración del anterior a la entrega, publicada por el sistema Precia. la suma del valor (o valor costo) principal y cumplimiento de la del (los) cupón(es) del titulo en el día operación, descontados a la tasa determinada según la metodología descrita en el numeral , . Para el cálculo del precio, el valor nominal será de cien (100) • unidades, el cual se aproximará al milésimo más cercano, (5) o mayor o igual a cinco (5) 2020 DECRETO Página 5 de 6 se ordena la emisión de Títulos de Tesorería Continuación Decreto "Por el las sanciones por mora en el pago de Clase B destinados a financiar el pago cesantías a cargo Fondo Nacional Prestaciones Sociales del Magisterio- FOMAG y se operación, reglas de negociación y pago de los mismos" Valor Nominal: de la 9. 10. 11. Valor de Li uidación: Valor Expedición:
- Solicitud de Expedición y de los Títulos de Tesorería TES Clase FIDUPREVISORA , mediante comunicación suscrita por el representante legal la entidad, deberá presentar una solicitud pago o cuenta de cobro al Ministerio Hacienda y Público - Dirección General Crédito Público y Tesoro Nacional, , en la cual conste el valor a avalada por el Revisor Fiscal de DUPREVISORA de a reconocer por concepto pago de por mora en el cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG, certificando la fecha no se causaron con posterioridad al 31 diciembre de 2019. Parágrafo: veracidad, oportunidad, y verificación de los requisitos para el pago las cesantías a cargo Fondo Nacional Prestaciones sanciones por mora en el pago de así como la responsabilidad de adelantar las gestiones Sociales del Magisterio rtln,onto", para su radicará exclusivamente en de FIDUPREVISORA S.A., Magisterio como administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales FOMAG, sin implique responsabilidad alguna para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Público y Nacional y perjuicio sanciones penales, disciplinarias y a que haya lugar por incumplimiento previsto en el presente Decreto.
- Procedimiento para la expedición y el pago. Recibida la solicitud la que Hacienda y Crédito Público a través de la Dirección trata el artículo anterior el Ministerio la expedición de de Crédito Público y Tesoro Nacional a B" a que referencia el presente Decreto, dentro "Títulos de Tesorería de la mencionada solicitud. Será de los diez (10) hábiles siguientes a la de FIDUPREVISORA S.A. el pago al beneficiario final.
- Reglas Negociación. FIDUPREVISORA S.A. deberá proceder con la liquidación de los títulos en el mercado, asumiendo las responsabilidades administrativas y la liquidación. financieras mayor o menor producto Artículo Tesorería Administración de los "Títulos Clase B. "Títulos normas que rigen la
- Modificaciones del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG: Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales Magisterio efectuará la adición presupuestal de los recursos de trata el artículo 10 del presente Decreto, para cada vigencia fiscal.
- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los -6 NOV 2019 , EL MINISTRO DE _ _ _ _JIG ALBERTO CARRASaUILLA BARRERA
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario