VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional, deroga los Acuerdos 001 del 3 de abril y 003 del 18 de julio, ambos de 1997, emanados de la Junta Directiva del Hospital Militar Central y las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 1997. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. El Presidente, (Fdo.) FEDERICO MOLINA SOTO. El Secretario, (Fdo.) EDGAR ORTIZ PARDO.‾
ARTICULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de enero de 1998. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Defensa Nacional, GILBERTO ECHEVERRI MEJÍA. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, EDGAR ALFONSO GONZÁLEZ SALAS.