Por el cual se modifica el Decreto 1808 de 2017

Decreto · 1996 · 2017-11-30 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–1 de 1

Artículo 1°

, Modificar el artículo 13 del Decreto 1808 del 7 de noviembre de 2017, el cual quedará así: "Artículo 13°, Dependencias, agencias y sucursales. El Presidente, para el desarrollo del objeto social de la compañía, podrá crear las dependencias, agencias y sucursales que considere necesarias, previa autorización de la Junta Directiva", DECRETO NÚMERO 1996 HOJA 2 DE Continuación del decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1BOB de 2017"\nArtículo 2°. . Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 1808 de 2017. PUBLíQUESE y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C" a 3 ONOV 2017 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, .r ¡íM~,."./,IW t..... JA ..... -,:1 MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, LlLIANA CABALLERO DURÁN. c------------------------------------------------------- ~.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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