Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen

Decreto · 199 · 2024-02-20 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–24 de 24

Artículo 25°

Reporte semestral. El informe sobre el recorte y ahorro generado a que se refiere el artículo 19 de la Ley 2155 de 2021 se deberá presentar y publicar por cada órgano de acuerdo con el procedimiento que para el efecto establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en el marco de una política de austeridad, eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos. Sin perjuicio de lo anterior, la información sobre el cumplimiento del presente decreto deberá ser publicada en las páginas web de cada una de las entidades para consulta de la ciudadanía, en concordancia con la política de transparencia y acceso a la información pública.

Artículo 26°

Seguimíento e informe. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán hacer seguimiento al cabal cumplimiento de este decreto e implementarán las medidas adicionales que consideren pertinentes para hacer prevalecer DECRETO 0199 DE 2024 Página 9 de 9 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación " la austeridad en el gasto público y los principios de economía y eficiencia de la administración pública . Las oficinas de control interno verificarán el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente decreto y presentarán un informe trimestral detallado al Representante legal de la entidad , de conformidad con el artículo 1 del Decreto 984 de 2012. 0

Artículo 27°

Complementariedad. Estas disposiciones son complementarias a las normas de austeridad del gasto establecidas en el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector Hacienda y Crédito Público.

Artículo 28°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga aquellas disposiciones que le sean contrarias . ,( 24 PUBLíaUESE y CÚMPLAS~ Dado en Bogotá D.C., a los ~ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO , ~ RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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