: Aduanas,con Nota Complementaria Nacional en texto: Capítulo del Arancel de Nota Complementaria Nacional: 1. la subpartida 9019.20.00.10, se entiende por concentradores oxígeno, los aparatos transportables, de uso unipersonal, capaces tomar del medio ambiente, elevar la concentración de oxígeno y entregarlo directamente a que requieran terapia respiratoria con oxígeno. un gravamen arancelario del por (10%) para la importación en la subpartida arancelaria 6910.90.00.00. GD-FM-017 V3 D~~;CRETO NÚMERO , l' . r-··~ "Por el cual se modifica ~ desdoblamientos y 198 de Arancel para establecer unos arancelarias y se crea una nota complementaria" presente Decreto entra a regir quince (15) d calendario fecha 0 en el y modifica en lo pertinente artículo 1 del 2153 de 2018 o las normas que lo del diciembre de 2016 y 272 del 13 modifiquen, aclaren o sustituyen. PUBlÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 020 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, NO GD-FM-017 V3