Artículo 189°
numeral 13 de la Constitución Política y el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 245 de la Ley 100 de 1993, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos está integrada por los Ministros de Desarrollo Económico y de Salud, hoy Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Salud y Protección Social, respectivamente, y por un delegado del Presidente de la República . Que en el artículo 87 de la Ley 1438 de 2011 se establece que "en adelante la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos de que trata el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, se denominará Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, y tendrá a su cargo la formulación y la regulación de la política de precios de medicamentos y dispositivos médicos" . DECRETA