Por el cual se crea el Instituto NaclOna de Vías Regionales. se determina su estructura,

Decreto · 1961 · 2023-11-15 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–34 de 34

Artículo 26°

. Dirección de Ejecución de Infraestructura . La Dirección de Ejecución de Infraestructura, tendrá las siguientes funciones : 26 .1. Liderar, coordinar, controlar y evaluar la gestión de las Subdirecciones adscritas a la Dirección y de su personal , así como la ejecución de los planes, programas, proyectos y obras de la infraestructura a cargo del Instituto. 26.2. Impartir los lineamientos para el cumplimiento de las políticas en materia de ejecución y operación de los programas y proyectos de infraestructura a cargo del Instituto . 26.3 . Proponer al Subdirector General las estrategias , metodologías y herramientas para el cumplimiento y toma de decisiones en la ejecución de las obras de infraestructura del Instituto . 26.4 . Liderar los planes de ejecución de los programas , proyectos y obras del Instituto . 26.5 . Revisar , validar las propuestas que las subdirecciones a su cargo realicen en materia de las metodologías, indicadores y herramientas que consideren necesarias y pertinentes para medir el impacto de la gestión , y ponerlas a consideración de la Subdirección General. 26 .6. Coordinar con las Subdirecciones a su cargo y con las Direcciones Territoriales , las actividades que deben realizar de manera articulada para adelantar y acompañar a los contratistas en la ejecución de las obras , en especial a las Juntas de Acción Comunal y con las otras formas asociativas y de participación comunitaria. 26 .7. Informar periódicamente a la Subdirección General de la ejecución de las obras con relación a los cronogramas previstos, e informar de las barreras y situaciones que amenazan con el retraso de dichos cronogramas . 26.8. Liderar la elaboración de insumos para proponerlos a la Dirección de Planificación y Estructuración de Proyectos. 26.9 . Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones , encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional del Instituto. 26 .10. Gestionar, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información ya la generación de estadísticas. 26.11. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG, el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 26 .12 . Preparar los informes propios del área de su competencia que sean requeridos por la ley o autoridad competente . DECRETO 961 31 de 41 Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vlas Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones." 26.13. Atender los asuntos propios la normatividad 14. prácticas definidos. institucionales en el marco de de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en 26.15. Ejercer las de la Dirección. funciones que le sean

Artículo 27°

, Subdi funciones: Operativa. La 1. Ejecutar infraestructura .2. Elaborar y necesarias y Director de 27.3. en y conforme a de petición o consu su competencia, en , de acuerdo con la Operativa, planes, programas y relacionados con la vial a cargo del Instituto y evaluar su ejecución. las metodologías, índ para medir el impacto la Infraestructura. y herramientas que consideren la gestión y al Elaborar insumos proponerlos al Director con destino a la Dirección de Planificación y de la Infraestructura, de Proyectos. Gestionar infraestructura , rehabilitación Ejercer la a cargo dell a contratos de la de ejecución de obras públicas Ejercer la vig del contrato o convenio pública, realizando las actividades técnicas que no sean concurrentes con las actividades a cargo del interventor. 7. Establecer encaminadas al Gestionar, información y a de información en la arquitectura organ información dirigida a alimentar los sistemas de Implementar y contribuir al mantenimiento y Planeación y Gestión-MI ,el Sistema Integrado a la dependencia. Control Interno, en lo 10. Preparar los informes la ley o autoridad 11. Atender los 12. Cumplir las políticas gobierno corporativo y funciones, del área de su competencia o consultas en cualqu en los térm Modelo Integrado de y el Sistema sean requeridos por y conforme a establecidas en el marco de buenas prácticas ir los compromisos y en ellas definidos. 1961 Página 32 de 41 Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías funciones y se dictan otras disposiciones." le sean 13. Seguim

Artículo 28°

. Subdi 28.1. r el proceso de supervisión, infraestructura vial a cargo Instituto. ¡onales, se determina su con la de y Control Proyectos. uimiento y control a rá las proyectos de e implementar planes, con el seguimiento y control a la infraestructura de la uar la ejecución. Asistir a las Direcciones seguimiento de los 28 A. en el proceso supervisión, ejecución y infraestructura, de obra pública Y proponer al Director Ejecución Infraestructura la adopción instrumentos y mecanismos control y uimiento de los proyectos. 28 Generar las alertas tempranas y barreras o amenazas que existir en la ejecución de los ante el director de de Infraestructura, de con el fin de promover acciones tend a conminar y mitigar en los pos ejecución y/o calidad de las a cargo del Instituto. 28.6. sus funciones, las necesidades de información en el marco encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional Instituto . .7. r, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información y a la estadísticas. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Integ y 1 , el Integrado Gestión y el Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 28.9. su competencia que sean de de ueridos por Atender los petición o consultas en cualquiera sus modalidades en asuntos propios su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 28.11. Cumplir las poi institucionales establecidas en el marco buenas prácticas de corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en idos. .12. funciones que le sean de la dependencia.

Artículo 29°

". Direcciones de la en el Instituto DECRETO 19 61 DE Página 33 de 41 Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vi as Regionales, se determina su estructura . funciones y se dictan otras disposiciones ." 29.1. Presentar periódicamente informes a la Subdirección General , de carácter técnico, legal y financiero de los proyectos de infraestructura que se adelanten en su Jurisdicción Territorial. 29.2. Participar en la formulación de planes , programas y proyectos, con el objeto de garantizar la articulación institucional, teniendo en cuenta la perspectiva del territorio de su jurisdicción . 29.3. Coordinar y ejecutar en su respectiva jurisdicción territorial los planes, programas y proyectos establecidos por el Instituto , de conformidad con los lineamientos y delegaciones señalados por la Dirección General y adelantar el seguimiento y evaluación de estos . 29.4. Promover modelos de gestión conjuntos con otras entidades públicas o privadas, para optimizar recursos de índole financiera, de infraestructura, de talento humano , entre otros, y ponerlos a consideración de la Subdirección General. 29.5 . Ejercer la supervisión de la ejecución de los contratos y convenios de la infraestructura a cargo del Instituto, dentro de su jurisdicción. 29.6 . Atender las emergencias, en coordinación con la Subdirección de Sostenibilidad y Riesgo. 29.7. Coordinar con los Entes Territoriales, las intervenciones necesarias en la infraestructura dentro de la jurisdicción de la Dirección Territorial, cuando la misma presente afectaciones o restricciones en su operación. 29.8 . Adelantar y tramitar el proceso administrativo sancionatorio de los contratos o convenios celebrados por la Dirección Territoríal , de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección de Proceso Contractual. y acorde con el manual de contratación de la Entidad. 29 .9. Conceder y suscribir permisos. previa delegación, de uso de zona de vía , de acuerdo con el procedimiento y requisitos definidos. 29 .10. Coordinar con la Policía de Carreteras y demás autoridades competentes , el cumplimiento de las normas sobre uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de estas. 29.11. Requerir información y mantener actualizado el inventario y evaluación del estado de la infraestructura a cargo del Instituto en el territorio de su jurisdicción y la información de siniestralidad. 29 .12 . Suministrar la información relacionada con las ejecuciones y avances de los planes , programas y proyectos desarrollados en su jurisdicción . 29.13. Ejecutar. conforme a los direccionamientos dados por el nivel central del Instituto, las actividades relacionadas con la administración del talento humano, la gestión administrativa. financiera, legal y contractual. 29.14 . Suscribir los instrumentos públicos de los trámites de desenglobe de terrenos y/o actualización de áreas y linderos. así como adelantar las gestiones administrativas, 1 0(:'1 o <...IV..&... DE Página 41 ContinuaCión del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones" y de registro 15. .16 a predios del Instituto en su de su jurisdicción, pertinentes, la protección administrativas y/o a la Oficina Jurídica. información en el marco de sus las necesidades ra organizacional del Instituto. encaminadas al diseño de la arqu 17. Gestionar, analizar y producir información y a la generación dirigida a alimentar 18. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo I neación y Gestión-MI , el Integrado de Gestión y el Control Interno, en lo a la dependencia. o 19. de su normatividad vigente. Cumplir las políticas de gobierno corporativo y 21. las demás funciones la dependencia. en cualquiera de sus modalidades a la términos establecidos y en el marco de de con la la distribución y numero d Asimismo, una vez el anál las cargas y los organizacíonales correspond , definirá la planta de personal y la distribución y del estas direcciones, conformidad con lo previsto en los Decreto. 30°, Secretaría General. General, tendrá las sigu determinación de las del Instituto. Liderar la implementación asuntos de talento documental y la servicios de estos servicios. 3. Gestionar los contratos temporales o especializadas servicios para rea el Instituto. 4 en coordinación con la Oficina de Planeación, el puesto, de acuerdo con d que imparta el Min Nacional de Planeación y el y Crédito PI~lblico, el velando por su correcta y la elaboración y Hacienda y Crédito del Programa Anual con las obligaciones funciones: y al Ministerio u RETO 1981 41 Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías estructura, funciones y se dictan otras se determina su Dirigir la programación los planes contratación y adquisición de la Entidad, de manera articulada con los instrumentos planeación y presupuesto, 30,7, Dirigir la ejecución los programas y actividades relacionadas con asuntos financieros y contables, servicIos administrativos, documental, correspondencia y notificaciones del Instituto. Dirigir la implementación personal, bienestar social, desarrollo del talento humano y d 30,9, y programas de administración de poi , registro y control, y su gestión. recursos de Impartir las instrucciones para el seguimiento a la funcionamiento asignados al Instituto. 30,10. Coordinar con las Direcciones Territoria las administrativo, para el funcionamiento de éstas. 30.11, y coord los interna y la nta de requeridos del Instituto, 30.12. Dirigir, coordinar y controlar las almacenamiento, y distribución el normal funcionamiento Instituto, 30,1 ,14, 30,15. Establecer encaminadas al m ra modificar la estructura einm porque se cumplan las normas de información en el marco sus fu la arquitectura organ Instituto, Y producir información dirigida a alimentar los sistemas y a la generación estadísticas. r y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integ ,el Integrado de Gestión y el Sistema de Planeación y Gestión-MI Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 30.16. Atender los petición o propios de su competencia, en normatívidad vigente. en términos sus modalidades y conforme a la 30.17. Cumplir políticas institucionales establecidas en el marco buenas ientos en definidos. gobierno corporativo y seguir los compromisos y 30.1 las funciones de la dependencia. le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza

Artículo 31°

. Subdirección de Talento Humano. Son fu Talento Humano, las siguientes: 31.1. General del Instituto la adopción Proponer a la estrategias relacionadas con la gestión del talento humano la Subdirección políticas, objetivos y 41 DE DEC se determina su Continuación del Decreto" Por el cual se crea el 1nstituto Nacional de Vías estructura, funciones y se dictan otras y 31.2. y seguimiento a Formu administrar, talento humano en sus programas para la gestión conformid del Instituto, y de 31.3. Y controlar los vinculación, registro y control del humano del I y todas las situaciones ministrativas. .4. Formular, administrar, de capacitación. y de ulmiento al y hacer la carrera administrativa en el Instituto. 31 Gestionar y controlar la implementación 31.6. Gestionar y inar de conformidad con las normas vigentes. 31.7. Liderary Gestión 31 Ejecutar y controlar la administración del proceso componentes de planeación, y rrollo. 31 Form administrar, ejecutar y hacer uimiento a los programas formación, capacitación, incentivos, bienestar, salud ocupacional y desarrollo los servidores públicos del Instituto, de acuerdo con lo previsto en la yen el Plan Nacional de Formación y Capacitación. 31.10. y acompañar a la I en la determinación conceptuales y técnicos necesarios para la formulación y evaluación de las poi programas y y proyección talento humano del Instituto. 31.11. la implementación, mantenimiento y mejoramiento y Salud en Trabajo. Instituto, Sistema talento humano, en sus Y coordinar, en conjunto con la Oficina Planeación, el procedimiento acuerdos gestión que suscriban gerentes públicos del con lo previsto en la Ley y procedimientos internos. 31.12. Custodiar, Instituto. 31.13. personal y actualizar las h laborales todos servidores r, admin ejecutar y seguimiento al plan anual vacantes del mento Administrativo la Función Pública. Instituto con destino al 31.14. 31. 5. Promover y 31.16. 31.17. Gestionar, a información y a la isión en el Instituto la gestión conocim lento. información en el marco de sus itectura I Instituto. y producir información de ísticas. a alimentar de DECRETO 1 0 (' . ~ ..;U.L DE Página 37 de 41 Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales , se determina su estructura , funciones y se dictan otras disposiciones ." 31 .18. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG, el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno , en lo correspondiente a la dependencia. 31.19 . Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades , en los asuntos propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 31 .20. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos . 31 .21. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia .

Artículo 32°

. Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes : 32 .1. Proponer a la Secretaria General la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos financieros del Instituto. 32 .2. Gestionar y adm inistrar los recursos económicos y financieros del Instituto. 32 .3. Gestionar y coordinar con las diferentes dependencias la ejecución , seguimiento y control del presupuesto , asi como verificar y llevar la contabilidad general y de la ejecución presupuestal. 32.4. Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento de las conciliaciones contables, presupuestales y de pago para garantizar la consistencia y razonabilidad de la información financiera y contable . 32 .5. Preparar el balance del Instituto y sus estados financieros para ser estructurados de acuerdo con las normas vigentes de la Contaduría General de la Nación. 32 .6. Gestionar y controlar los pagos respecto de las obligaciones a cargo del Instituto y gestionar todos los asuntos inherentes a la tesorería . 32 .7. Administrar y controlar el sistema contable y los estados financieros de la Entidad , conforme la normatividad de la Contaduría General de la Nación . 32.8. Participar en elaboración del anteproyecto de presupuesto . 32.9 . Formular, administrar, ejecutar y hacer seguim iento al programa de anual caja (PAC), de acuerdo con las normas legales vigentes y las políticas establecidas por Ministerio de Hacienda y Crédito Público y solicitar el PAC mensual. 32.10 . Ejecutar y controlar la distribución del presupuesto de funcionamiento, coordinar y controlar la elaboracíón y trámite de las solicitudes de adición , modificación y traslados presupuestales, de conformidad con el Estatuto Orgánico de Presupuesto y las normas que lo reglamenten . 32.11 . Ejecutar y controlar la ejecución del presupuesto , expedir los certificados de disponibilidad presupuesta!. los registros presupuestales y efectuar los demás 1 00' vV.A.. DECRETO Página Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías funciones y se dictan otras " 41 se determina su que le correspondan desarrollo las funciones de la Orgánico de Presupuesto y normas que .12. Gestionar y coordinar el cuentas bancarias. menores y demás las instrumentos financieros que se creen en el Instituto, así como de los recursos financieros. relacionadas con el Información Financiera-SIIF y en el .13. Preparar por su correcta aplicación. 32.1 15. Responder por la presentación tributaria solicite la de los informes propios del competente. que se de información en el marco de sus itectura organizacional del Instituto. 32 1 17. 32.1 por la ley o autoridad r, y producir información información ya la generación de ísticas. a los de Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integ y el Sistema Planeación y Gestión-MIPG, el Integrado Control I en lo correspondiente a la dependencia . . 19. Atender los derechos de petición o consu en cualquiera de sus modalidades en los asuntos propios de su competencia. en los términos y conforme a la normatividad vigente . en marco de buenas .20. Cumplir las políticas institucionales de gobierno corporativo y uir los compromisos y lineamientos en 32.21 las demás de la dependencia nciones que le sean asig acuerdo con la natu

Artículo 33°

. Subdirección Administrativa. La Subdirección Administrativa, tendrá uientes funciones: 33.1. 2. 3. 33.4. la adopción políticas, objetivos y Proponer a la Secretaria con la administración de recursos físicos. ias Y controlar la actividad administrativa de diferentes dependencias , mantenimiento, obra pública, Instituto en lo concerniente a instalaciones servicios suministros, transporte y demás, tanto en el nivel central como en Direcciones Territoriales. y controlar los inventarios Contabilizar Administrar y controlar la y Instituto. de bienes devolutivos y de consumo. documental Instituto. 1981 DECRETO de 41 DE Continuación del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías estructura, funciones y se dictan otras 33.6. r y controlar los mantenjmiento y distribución Instituto. adquisición, almacenamiento, custodia, el buen funcionamiento adm in istrativas de 33.7. 33 8. Ejecutar y controlar las actividades relacionadas con los y adquisición 33.9. Promover y propiciar el Instituto. 33.10. se determina su lento y protección los y coordinar la prestación de ntes dependencias del Instituto . y la patrimoniales del servicios de apoyo logístico a las y hacer seguimiento al inventario . 11. Formular, administrar, y vehículos, y mantenerlo actualizado. inmuebles, 12. Gestionar y controlar desplazamientos de 13. comisiones de de demás colaboradores del Instituto. bienes públicos y los necesidades de información en el marco sus funciones, al diseño de la arquitectura organizacional Instituto. 14. Gestionar, analizar y prod información información y a la generación de estad ida a alimentar los sistemas .15. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado Planeación y Gestión-MI ,el Sistema Integrado de y Sistema en lo correspondiente a la dependencia. Control I 33.16. Atender los de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades , en los establecidos y conforme a la 17. Cumplir de gobierno corporativo y .18. en el marco ir los compromisos y lineam que le sean DISPOSICION

Artículo 34°

, Régimen el de ResolUCiones. , de con la natu FINALES los actos. jurídico aplicable a del I actos ministrativos del sector pJblico y se denominarán DECRETO 1 001 ,JV..L DE Continuación del Decreto "Por el cual se crea ellnstítuto Nacional de Vías funciones y se dictan otras disposiciones." Página 40 de 41 se determina su

Artículo 35°

Régimen de los contratos. contractual aplicable a los contratos misionales del Instituto se desarrollará bajo lo definido en el Estatuto General de , modifique General de Contratación de la Administración Pública o la norma que lo o adicione, y de conformidad con el manual contratación que el Consejo Directivo adopte para tal fin.

Parágrafo 1. la contratación con comunidades rura cabildos, popu unidades de economía popular, acción comunal, comunitaria u otras formas organización , grupos y/o comunidades étnicas, comunidades en todas sus diversidades, mujeres y víctimas, para el desarrollo proyectos, importar su e infraestructura vial, las cuales se a la contratación cuantía, en los términos y que determine el Manual Contratación del Instituto. condiciones para la
Parágrafo 2. En el Manual de Contratación se definirán Instituto permitan prestar o el cumplimiento del objeto y contratación garantizando el cumplimiento los principios constitucionales y legales fu nciones de artículo. citados en el RÉGIMEN DE TRANSICiÓN

Artículo 36°

. Traslado de Gobierno Nacional suprimirá Instituto Nacional de Vías INVíAS y demás entidades públicas orden nacional las competencias que asumirá el Instituto Nacional Vías ionales - INVI de acuerdo con la estructura, funciones, procesos, planes, programas y proyectos previstos en el Decreto.

Artículo 3r

Transferencia de empleos de la planta de personal. El Gobierno Nacional procederá al los empleos Instituto Nacional Vías - INVIAS que tienen a cargo actividades asociadas a las funciones que se trasladan, para lo cual simultáneamente, creará y adoptará la planta I del Instituto Nacional de Vías Regionales - INVI sujeto a las disponibilidades y el Marco Fiscal de Mediano Plazo y Marco de Gasto de Mediano r Transporte, así como administrativas de los titulares de dichos su condición y adquiridos, tales como la carrera administrativa. Parágrafo. El Gobierno Nacional determinará la distribución Territoria conformidad con Instituto y definan de Direcciones trabajo que se

Artículo 38°

. Distribución de la planta de del Instituto, mediante resolución, distribuirá los cargos la planta global que se apruebe y adopte, necesidades el servicio y los planes y programas del teniendo en cuenta la estructura, Instituto.

Artículo 39°

. Ajustes presupuestales. En el marco de lo dispuesto por el artículo 86 del Estatuto Orgánico de puesto, el Gobierno Nacional hará presupuestales que el INVIR cuente con las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin aumentar las por funcionamiento, inversión y de la deuda aprobadas por el Congreso de la República. Parágrafo. apropiaciones con a la expedición que realizará los ajustes presupuestales, se mantendrán en el Instituto Nacional decreto Vías ­ DECRETO Página 41 de 41 DE Continuaci6n del Decreto "Por el cual se crea el Instituto Nacional de Vias Regionales, se determina su estructura , funciones y se dictan otras disposiciones " INVIAS y/o entidades públicas del orden nacional hasta que se cumplan las obligaciones que originaron el compromiso .

Artículo 40°

. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍOUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C ., a los .:...' El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ~ RICARDO BONILLA GONZÁLEZ El Ministro de Transporte , WILLlAM FERNANDO CAMARGO TRIANA El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, CÉSAR AUGUSTO MANRIOUE SOACHA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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