Listado censal. Oficina Alto Comisionado para la Paz entregará al Ministerio Salud y Protección Social el listado recibido de del miembro representante las FARC-EP designado ello, que deberá contener, nombres y apellidos de la población de Capítulo, tipo y número documento de identificación, sexo, fecha nacimiento o edad, departamento y la respectiva zona de ubicación, los parámetros que el municipio Ministerio de y Protección Social. NÚMERO ·.. 193 DE 2016 Página ~ de ª Contínuación del decreto "Por el cual se adiciona el Capftulo 6 al Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Decreto Reglamentario del Sector Salud y Protección en lo relacionado con fas condiciones para el en salud de los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia del Pueblo -FARC- EP y se dictan otras disposiciones" Para de dar aplicación a lo dispuesto en el Capítulo, listado se tendrá como listado censal, con en el cual el Ministerio Salud y Protección General de uridad Social en verificará estado afiliación en el Salud, y realizará la selección e inscripción a una Entidad Promotora de Salud - EPS. Así mismo, la Oficina Alto Comisionado para la remitirá al Ministerio de Salud y Protección las novedades sobre la afiliación. caso los niños, niñas y adolescentes desvinculados de las
Parágrafo 1.
En FARC-EP la responsabilidad elaborar y entregar el listado censal será del Instituto Colombiano Bienestar Familiar CBF o la dependencia o entidad se defina para Cuando niño, niña o adolescente se encuentre inscrito en una ICBF podrá trasladarlo a la EPS régimen subsidiado del municipio en donde se vaya adelantar el proceso restablecimiento sus derechos.
Parágrafo 2.
La identificación personas incluidas en los listados censales, se hará con los documentos identidad válidos para efectuar la afiliación y reporte de al SGSSS según lo establece el artículo 2.1 del de 201 Único Reglamentario del Salud y Protección Social. De manera excepcional, se podrán identificar con los y números de documento correspondientes a adulto y menor sin identificar, según parámetros que el defina el Ministerio de Salud y Protección Social.