Por el cual se integra el Consejo Nacional de Riesgos Laborales

Decreto · 190 · 2021-02-23 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

. Integración. Integrar el Consejo Nacional de Riesgos Laborales por un período de dos (2) años contados a partir de la publicación del presente Decreto así: 1. El Ministro del Trabajo o su delegado(a) el(la) Viceministro(a) de Relaciones Laborales e Inspección, quien lo presidirá. 2. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado(a) el(la) Viceministro(a) de Salud Pública y Prestación de Servicios o el (la) Viceministro(a) de Protección Social, conforme a los temas de la agenda del Consejo. 3. El delegado del Presidente de la República, el(la) consejero(a) Presidencial para la Competitividad y la Gestión Pública Privada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. 4. El representante legal de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) Positiva Compañía de Seguros o su delegado. 5. En representación de las demás entidades Administradoras de Riesgos Laborales, las siguientes personas: PRINCIPAL SUPLENTE GERMAN ERNESTO PONCE BRAVO [documento omitido] LUZ STELLA RODRíGUEZ RI NCON [documento omitido]. En representación de los empleadores, las siguientes personas: PRINCIPAL SUPLENTE ALBERTO ECHAVARRIA SALDARRIAGA [documento omitido] JULIANA MANRIQUE SIERRA C.C. No. 1:017.139.524 DAVID CAMILO DAZA VEGA [documento omitido] LlNA TATIANA GONZALEZ MOGOLLON [documento omitido] •. DECRETO NÚMERO 190 DE 2021 HOJA 3 Continuación del decreto: "Por el cual se integra el Consejo Nacional de Riesgos Laborales" 7. En representación de los trabajadores, las siguientes personas: -- PRINCIPAL SUPLENTE NÉSTOR RAÚL BOJACÁ CASTANEDA [documento omitido] MARíA YOLANDA CASTAÑO AGUDELO [documento omitido] TERESA DE-JESÚS CASTRO PARDO C.C, No. 32.732.886 LESL Y CUETO OVIEDO [documento omitido]. En representación de las asociaciones científicas de salud ocupacional, las siguientes personas: PRINCIPAL SUPLENTE JUAN VICENTE CONDE SIERRA C.C, No. 19.200.803 CLAUDIA ISABEL ROJANO RODRíGUEZ • [documento omitido] I , Parágrafo: La integración y permanencia de los consejeros que aquí se indican, se mantendrá hasta tanto no se designen los nuevos integrantes.

Artículo 2°

. Comunicación. Comunicar el contenido del presente Decreto.

Artículo 3°

, Vigencia y Derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1905 de 2015 y demás normas que le sean contrarias. PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a MINISTRO DEL TRABAJO,

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Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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