Artículo 2.1.2.1.24
la República, Presidencia 1081 201 reglamentario del Sector publicar proyectos de regulación. "ARTíCULO 1.2.1.24. Excepciones al deber la publicación a que se los artículos 2.1 1.14,2.1.2.1,20 Y 1.2.1.23 de no deberá en los siguientes casos: este ( ... ) 6. los administrativos que se adopten con ocasión de procedimientos de defensa f'r'lrn.::.r'f'1 Que la decisión adoptada por de este no corresponde ámbito de la ley 1609 de 201 al no desarrollar una modificación los aranceles, aplicación tarifas y demás disposiciones concernientes régimen de ad sino a la imposición una medida de salvaguardia provisional, en el marco de una investigación por salvaguardia bilateral, bajo Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y Corea, en aplicación Decreto 1820 10. En mérito lo expuesto, DECRETA