Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surtirá efectos a partir del1 o de enero de 2022. PUBLíaUESE y CÚMPLASE 3 OOIe 202 Dado en Bogotá, D. C" a los RNANOO:RUIZ G6MÉZ de Salud y Protección Socia! DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 5 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y AUmentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" ANEXO TÉCNICO MANUAL DE TARIFAS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL INVIMA .. REGISTRO SAt:lITA.~io Y/O~¡;NOVACI,6N,REG;STRo"SANITARIÓ DE PRODUCTOS" . Códiao 0001 0001-1 0001-2 0002 0002-1 0002-2 FITOTÉRÁPÉUTICOS , Concepto. Registro sanitario de productos fitoterapéuticos Registro sanitario nuevo para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: Fabricar y Vender; Importar y Vender, Importar, Acondicionar y Vender, Fabricar y Exportar. Registro sanitario nuevo automático para producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con revisión posterior en las modalidades de: Fabricar y Vender, Importar y Vender, Importar, Acondicionar y Vender V Fabricar V Exportar. Renovación de registro sanitario de productos fitoterapéuticos Renovación de registro sanitario para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: Fabricar y Vender; Importar y Vender, Importar, Acondicionar y Vender, Fabricar V Exportar, con autorización de agotamiento. Renovación automática de registro sanitario pára preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) en las modalidades de: Fabricar y Vender; Importar y Vender, Importar, Acondicionar y Vender, Fabricar y Exportar, con autorización de agotamiento. UVT' 125,76 134,64 135,36 • 144,88 REGISTRO .SANITARIO Y}O RENOVACION.REGISTRO· SANITARIO PARA MEDICAMENTOS . . ,HOMEOPÁTICOS .' . . Código Concepto UVT 76,74 Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados. 0004 Formas farmacéuticas liquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elixires, soluciones 78,40 0005 orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones. Formas farmacéuticas semisólídas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, ' 76,74 0006 pomadas, jaleas. . Formas farmacéuticas líquidas estériles: Soluciones inyectables, suspensiones inyectables, pOlvos para reconstituir a soluciones inyectables, polvos para reconstituir a suspensiones 86,75 0007 inyectables, liofilizados, soluciones oftálmicas soluciones óticas. • REGISTRO SANITARIO Y/O.RENOVACIONREGISTRO·SANITARIO SIMPLIFICADO DE MEDICAMENTOS . . ' ' ' ' . . HOMEOpkncosSiMPLES" . Código Concepto UVT 0008 Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados. 55,88 Formas farmacéuticas liquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elixires, soluciones 0009 54,22 orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones. Formas farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, 0010 53.38 pomadas, jaleas . . REGISTRO SANITARIO Y/ORENOVACION' REGISTRO~SANITARI.O DE MEDICAMENTOS" Código UVT Concepto Registro sanitario nuevo de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender: importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, 283,25 1001 envasar y vender. Registro sanitario de un medicamento con solicitud de protección de datos de prueba u otros 361,13 1001-6 no divulgados en aplicación del Decreto 2085 de 2002. Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, 1001-7 semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en 358,08 planta en Bogotá D.C. Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar. 1001-8 semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en 439,59 I planta a nivel nacional. Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas 1001-9 medicinal o antiveneno en la modalidad de fabricar y vender con autorízación de 315,85 agotamiento. Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas 1001-10 medicinal o antiveneno en las modalidades de importar y vender. importar, semielaborar y 353.22 vender e importar envasar y vender con autorización de agotamiento. Registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, 1001-11 semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y 455,91 vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE). • 1001-12 Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la 691,35 modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 6 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" 1001-13 1001-14 1001-15 1001-16 1001-17 1001-28 1001-29 1001-30 1001-31 1001-32 1001-33 1001-34 1001-35 1001-36 exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis quimica o gases medicinales y antivenenos, en las modalidades de: fabricar y vender; importar, Semielaborar y Vender; Semielaborar y Vender; Importar y Vender, e Importar, Envasar y Vender. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá D.C. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional.(Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de un medicamento de Síntesis Química en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis quimica o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.(Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.(Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos) ~~~1002. fRe~ci.o'ñfdé1~!i§i$tmS;iftltariófclé1Mrdicarri'i"ñtós~'lJ;t~W¡~t\·¡!;:~:<,;;-:,;., ;'.';••. •. Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y 1002-1 vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender, con autorización de aQotamiento. Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; 1002-2 importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en BOQotá D.C., con autorización de agotamiento. 867,27 -1246,94 768,99 928,44 1285,44 484,35 559,02 640,55 892,38 1068,13 1447,94 970,05 1129,39 1486,56 295,79 370,58 DECRETO NÚMERO DE 2021 HOJA No. 7 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los seNicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" 1002-3 1002-4 1002-5 1002-6 1002-7 1002-8 Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación a nivel con autorización de miento. farmacéutica en Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BO) y con autorización Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis quimica o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto con autorización de ;:¡l'lf,t;:¡''Yli... nfn Renovación de registro sanitario de medicamentos química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, con autorización de miento. Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asía; Oceanía: México y Argentina, con autorización de Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Puerto con autorización de 452,22 470,34 703,29 879,22 1258,89 780,65 940.10 1297,10 1003 ror"'''''''''"nn de registro sanitario de un medicamento en la modalidad sanitario de un medicamento de síntesis quimica o gas rtar s alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 1 36,70 101,08 DECRETO NÚIVlERO 1889 2021 HOJA No. 8 de 30 DE Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" 2018-3 Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 11 amparamientos en adelante) 86,22 REGIST~OSANrr~ftIO, PERMISpsA:NIT~RlqY:.NOTlFICACION SANITARIA DE ALIMENtOS YIO .. .. .. ,...... : '.'; ,'\RENOVACIÓN .' . '. . .' Código Concepto UVT 2100 Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10) 165,15 180,16 2101 Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20) 2102 Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante) 205,19 ~~22~0~0~+=P~er~m~i~so~S~a~n~ita~r~io~d~e~A~lim~e~n~t~os~d~e~M~e~d~ia~n~o~R~i~e~sg~co~~('V~a~ri~e~da~d~e~s~d~e~1~a~1~0L-)________~J23,45 2201 Permiso Sanitario de Alimentos de Mediano Riesgo (Variedades de 11 a 20) 136,79 i 1--;:::2;::-:0;;-;2::--+1;:::-' Per----':m - ii-"-so-=--;:;S:-=-a-'--ni:7'ta""r:-"io'--d":"e:....;A~lim':";'e;:;';n-=:t=os=--=:d-"-e-7M7e:":d:7'ia:;':'nc.::;o-:R::Ci=e'::'sg>L~o=-(7\V7'a;;':"ri:-::e':;'da"'-d":"e:":s'-Cd7'e'-2-=-1:-::'en"='::'a'-cde--:l-a--:nt--:e:-)---+-:161"]1i 2 2300 Notificación Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (variedades de 1 a 1O) 82,58 2301 Notificación Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (Variedades de 11 a 20) 90,92 I 2302 Notificación Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (Variedades de 21 en adelante) 108,43 REGISTRO SANITARIO 7f/O'R.ENOyACION REGISTRO'SANltAR.IO DE SUPLEMENTOS DIETARIOS Código 2024 2025 2026 Concepto Formas de presentación sólidas: tabletas, cápsulas, polvos, granulados. Formas de presentación liquidas: emulsiones, suspensiones, soluciones. Formas de presentación semisólidas: jaleas, otras presentaciones semisólidas. UVT 137,63 130,95 131,79 ,. ANALlSI$ DE LABORAT<)RIO·PARA VERIFICAR. LA CALltlAD DE LOS ALIMENTOS; BEBIDAS Y OTROS . ' . . .. , MATERIALES PARA~CONSUMO y uSO HUMANO I Código 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 2039 2040 204 1 2042 2043 2044 2045 2046 2047 2048 2049 2050 2051 2052 2053 2054 2055 2056 2057 Concepto UVT Alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados con vitaminas, minerales, aminoácidos, proteínas, oligoelementos, ácidos grasos y otros; complementos alimenticios 110,10 en presentaciones farmacéuticas. Leche en polvo: entera, semidescremada y descremada, y/o adicionada y/o fortificada con vitaminas ylo minerales y/u otros. Carne y derivados cárnicos. 76,74 Derivados de Frutas: jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos, 58,39 VIo adicionados y/o fortificados con vitaminas V minerales, pulpa y fruta deshidratada. Derivados Lácteos. 92,58 I 39,20 Derivados de fa pesca (conservas, semiconservas y preparados). Frutas y hortalizas: mermeladas, jaleas, conservas de frutas, bocadillos, encurtidos, i verduras, legumbres, raíces, bulbos, tubérculos o rizomas crudos o procesados, 60,89 I olea¡:¡inosas. Granos, granulados, cereales, y derivados, harinas y derivados, extruidos o texturizados y 69,23 pastas alimenticias, crudos o procesados. 5?~ Alimentos V bebidas dietéticas, hidratantes, carbonatadas, cremas no lácteas. Bebidas estimulantes: café, té, mate, aromática, chocolate, cocoa, tisanas. 47,54 Gaseosas, refrescos saborizados, cervezas no alcohólicas, aguas envasadas, helados de agua, hielo para consumo directo, granizados. ~60,05i Azúcares y derivados: azúcar, melazas, productos de confiteria, miel de abejas y sus .' derivados, panela, chocolates y sus sucedáneos, gelatina y sus derivados. i 63,39 , Especias, condimentos, salsas, aderezo, vinagre, mayonesa, mostaza, sal para consumo 79,24 humano. Grasas, aceites, mezclas de aceites, margarinas, manteca comestible, minarinas, 50,05 emulsiones para untar (esparcibles), aliñado ¡:¡raso. 54,22 Mar¡:¡arinas, minarinas V emulsiones para untar con vitaminas. Licores: aguardiente, whisky, coñac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, 35,87 licor anisado, pisco, ¡:¡rapa, cachaza, licores saborizados. 40,87 Vinos, cocteles V aperitivos, refrescos vinicos. 40,04 Cervezas Análisis de migración global y de migración específica de metales pesados (Cd, Pb, Hg Y Cr) en materiales y objetos poliméricos plásticos destinados a entrar en contacto con 67,56 I alimentos y bebidas para consumo humano. Análisis de materias primas, aditivos, otros. 38,37 Análisis de vitaminas (Valor por c/u). 41,70 Análisis de Micotoxinas (Valor por c/u). 31,70 32,53 Análisis de metales por absorción atómica o ICP (Valor por c/u). Análisis de trazas de metales en horno de grafito por absorción atómica o ICP (Valor por! 25,02 c/u). I Análisis varios (colorantes, conservantes, ¡:¡rado alcohólico, MetanoL) 28,36 Análisis de residuos de plaguicídas: organofosforados, organoclorados y carbamatos. 133,45 Análisis microbiológico de alimentos. 44,21 Análisis microbiológicos especiales. 25,02 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 9 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" 2058 2059 2060 2061 2062 2063 2064 2065 2066 2067 2068 2069 I Análisis microscópico de alimentos. I Leche líquida higienizada entera, semidescremada y descremada adicionada o no con fibra. •ylo adicionada ylo fortificada con vitaminas y minerales. Alimentos sustitutos y complementarios de la leche materna. Alimentos infantiles. Alimentos y bebidas de imitación o fantasia. Alimentos y bebidas preparados: platos listos para el consumo, arepas, pizzas, pastas con o sin relleno, burritos mexicanos, tacos mexicanos, empanadas, tamales, pasabocas, cereales, Qranos, tubérculos, hortalizas, ensaladas de frutas, salpicón . •Alimentos diversos: huevo en conserva, liofilizados, pasteurizados, levadura, aditivos de uso directo para el consumidor. Materias primas: Alcohol extraneutro o rectificado, alcohol vinico, alcohol de malta, alcohol de cereales, tafias. Análisis de incentivos en contacto con alimentos. Determinación de especie cárnica. Análisis cualitativo de eventos de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados. Más 5,81 UVT por Análisis cualitativo adicional de eventos de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados. Análisis cuantitativo (adicional al análisis cualitativo) por evento de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados. 30,03 45,88 50,05 44,21 55,88 23.35 13,75 ASIGNACION~,REqON~CIMIEN:tOO BEN9VA.~ION~E COOIGO DE NOTIFICACION SANITARIA OBLIGATORIA PARAPRODUOTOS DE HIGIENE POMESTICA y PRODUCTOS ABSORBENTES DE . HIGtENE PERSONAL Concepto UVT • Código Asignación, reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria para 42,77 3010 productos de higiene doméstica y absorbente de higiene personal. REGISTRO SANITARIO .DE DISPOSITIVO$,MEDICOS YIO RENOVACION REGISTRO SANITARIO DE '" DISPOSitiVOS MÉDICOS .'. Código Concepto ~ Registro sanitario o renovación automática para dispositivos médicos y equipos biomédicos O 3003 que no sean de tecnología controlada Clase I y IIA. Registro sanitario o renovación para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean 3004 85,91 de tecnología controlada Clase IIB y 111. 3005 Permiso de comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada. 86,75 REGISTRO SANITARIO DE,I?RQQUCrO$ Pl..AGlJl.CIOAs DE USC·DOMESTICO YIO, RENOVACION ." REGISTRCSANITARIO OEPRODÜCTOSJ:)LAGUICIDASDE USO DOMÉSTICO Código Concepto UVT 3006 Plaguicidas de uso doméstico o de uso en salud pública. 159,31 REGISTRO SANITARIO Y/()Re~qVAOJ~t'I,~e~ISl~~clANrrARIQ DE REACTIVOS DE DIAGNOSTICO IN .. ", " . Código Concepto UVT Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 50,05 3040 categoría 1- 11: 1 (un) producto. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 70,06 3041 categoría 1- 11: 2 (dos) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 90,08 3042 categoria I - 11: 3 (tres) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 110,93 3043 categoria I - 11: 4 (cuatro) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 130,95 3044 categoría I - 11: 5 (cinco) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 150,97 3045 cateQoría I - 11: 6 (seis) productos. I Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 170,99 3046 cateqoría 1- 11: 7 (siete) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 191,84 I 3047 categoría I - 11: 8 (ocho) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3048 211,86 categoria 1- 11: 9 (nueve) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3049 231,88 categoria 1- 11: 10 (diez) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3050 251,90 categoría I - 11: 11 (once) productos. Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3051 271,91 categoría I - 11: 12 (doce) productos. I DECRETO NÚMERO 1889 2021 HOJA No. 10 de 30 DE Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3052 292,77 automática de reactivos de diagnóstico in-vitro 3053 312,78 de reactivos de diagnóstico in-vitro 332,80 un (1) reactivo nuevo o renovación automática de reactivos in uno (1) hasta diez ""PnJ<:rrn ',,,;,,,,r~lrIn nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de once (11) hasta : de veintiuno (21) 3059 o renovación automática de reactivos in vitro: de treinta y uno (31) 3060 o renovación automática de reactivos in vitro: de cuarenta y uno reactivos. 3061 4001-2 4001-3 4001-4 445,78 Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde uno (1) hasta dos (2): etiquetas, presentaciones IYUYlO,ct',,,,I,,..,, variedades de vinos o diseño de uetas. Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde tres (3) hasta cinco (5): etiquetas, presentaciones t'I"\ITlo,ct'i",loc variedades de vinos o diseño de uetas. Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde seis (6) hasta diez (10): etiquetas, presentaciones uetas. comerci variedades de vinos o diseño de Modificación de composiciones y/o adición e variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde once (11) en adelante: etiquetas, presentaciones uetas. variedades de vinos o diseño Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de baja complejidad y aspectos legales, con autorización de agotamiento (ver 14,91 15,76 16,60 17,43 46.50 23,23 60,77 67,68 Modificaciones de registro sanitario de un medicamento de Síntesis o Biológico por cambios 4001-17 que afectan la calidad por cambios de calidad de baja complejidad con autorización de 28,97 instru Cambios o modificaciones legales a la información de la Notificación Sanitaria Obligatoria 4001-21 de productos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal 7,36 /Modificaciones icables al 1m lelo. I Cambios ligatoria de productos , de higiene 10,14 l' d de productos cosméticos, de sanitario medicamento sanitario de medicamento 4001-26 11,50 12,64 17,56 dietarios por cambios en: nuevas I ;W,:34 nutricional o en salud de rótulos I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 11 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" etiquetas que requieren concepto previo dellnvima. La evaluación de declaraciones ante la I Sala será máximo de tres (3) por producto. • I Modificación al registro sanitario por cambio en: utilidad terapéutica, contraindicaciones, advertencias, condición de comercialización, vías de administración mientras no se altere la 4001-27 forma farmacéutica, información para prescribir, inserto, otros que impliquen cambio en la 29,08 eficacia y seguridad que requieren concepto previo de la Sala Especializada de Medicamentos Homeopáticos. Modificación de registro sanitario por cambios que afecten la eficacia, la seguridad y/o 4001-28 aspectos farmacológicos del medicamento con excepción de la modificación de registro 80,14 sanitario por ampliación de indicaciones. 4001-29~ción del registro sanitario de un medicamento de Síntesis o Biológico por cambio de 283.25 hdad I 4001-30 Modificación del registro sanitario de Productos Biológicos por cambios que afecten la 93,49 calidad V gue requieran concepto de la Comisión Revisora. Modificación Automática Legal de registro, permiso o notificación sanitaria de alimentos, relacionadas únicamente con cambios en el nombre o razón social, dirección, domicilio, 4001-31 13.28 cesiones, adiciones o exclusiones de titulares, fabricantes, envasadores e importadores y cambios de modalidad. Modificación automática de registro sanitario. permiso sanitario o notificación sanitaria de 4001-32 alimentos que presenten máximo dos (2) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán 14,06 incluir cambios legales, Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de 4001-33 alimentos que presenten entre tres (3) y ocho (8) cambios técnicos. Adicionalmente, se 15,16 podrán incluir cambios legales. Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de 4001-34 alimentos que presenten entre nueve (9) y catorce (14) cambios técnicos. Adicionalmente, 16,74 se podrán incluir cambios legales. Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de 4001-35 alimentos que presenten quince (15) o más cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán 18.58 incluir cambios legales. Modificaciones de carácter legal automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in-vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado I 4001-36 16,87 analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Modificaciones de carácter técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in-vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado 14001-37 21,64 analítico, analito especifico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Modificaciones de carácter legal y técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in-vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in 24,52 4001-38 vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Modificación automática de registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gases 4001-39 medicinales o antivenenos por aspectos legales y combinación entre éstos, con 24,02 agotamiento. Modificación automática de registro sanitario de medicamentos de síntesis química, gases 4001-40 medicinales o antivenenos por aspectos técnicos, combinación entre éstos y de técnicos con 32,01 legales, con agotamiento. Modificación de registro sanitario por cambios que afecten la calidad del medicamento y que 261,80 4001-41 requieren presentar estudios de Biodisponibilidad (BO) V Bioequivalencia (BE). Modificación a la autorización de movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la 7,08 4001-42 utilización de los Organismos Vivos Modificados, OVM, para uso exclusivo en salud y alimentación humana. Modificaciones automáticas por cambios de tipo legal en el contenido de un registro sanitario 4001-66 de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto 16,43 fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento. Modificaciones automáticas por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro 4001-67 sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto 29,49 fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento Modificaciones por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro sanitario de 4001-68 preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico 26,93 tradicional (PFD o importado (PFTI) con autorización de agotamiento. Modificaciones al registro sanitario de preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales (PFM), producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) por 4001-69 cambios en: usos terapéuticos, condiciones de comercialización, contraindicaciones, 39,61 advertencias, precauciones, posología, entre otros, que impliquen cambios en la eficacia o ~s fitoterapéuticos que requieren concepto previo del Invima. al torlZiCiOñe$; '., ," , . ,.,.fj"t~;,¡)"'··/·:::. I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 12 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por ellnsfítufo Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" 4002-2 4002-3 4002-4 4002-5 4002-6 4002-7 4002-8 4002-9 4002-10 4002-11 4002-12 4002-13 4002-14 4002-15 .4002-16 4002-17 4002-18 4002-19 4002-20 4002-21 4002-22 4002-23 4002-24 4002-25 i 4002-26 4002-27 4002-28 4002-29 4002-30 ~ 4002-32 4002-33 4002-34 Certificación de venta libre en formato OMS; Certificación de venta libre con observaciones 2,99 específicas por registro sanitario, permiso sanitario, permiso de comercialización, notificación sanitaria obligatoria o Notificación Sanitaria de Alimentos. Certificación Automática de No Obligatoriedad de Registros, Permisos y Notificaciones 6,73 Sanitarias de alimentos o Certificado de Exportación Certificación de Venta Libre Automático con firma digital. 0,517 Autorizaciones. 3,28 Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias I primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas) de hasta diez 7,07 (10) productos. Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias 7,28 primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde once (11) hasta veinticinco (25) productos. Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde 7,49 veintiséis (26) hasta cincuenta (50) productos. Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias 8,02 primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde cincuenta y un (51) productos en adelante. 10,80 Autorización de etiquetas o agotamiento hasta cinco (5) etiquetas de alimentos. 11,43 Autorización de etiquetas o agotamiento de seis (6) hasta diez (10) etiquetas de alimentos. Autorización de etiquetas o agotamiento de once (11) hasta quince (15) etiquetas de 12,23 alimentos. Autorización de etiquetas o agotamiento de dieciséis (16) hasta veinte (20) etiquetas de 13.02 alimentos. 16,48__ Autorización de etiquetas o agotamiento de veintiún (21) etiquetas de alimentos en adelante. Autorización de muestra sin valor comercial de uno (1) a cinco (5) productos cosméticos, 6,41 productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización de muestra sin valor comercial de seis (6) hasta diez (10) productos cosméticos, 6,81 productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización de muestra sin valor comercial de once (11) hasta quince (15) productos 7,26 cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización de muestra sin valor comercial de dieciséis (16) hasta veinte (20) productos 7,70 cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización de muestra sin valor comercial de veintiún (21) o más productos cosméticos, 9,89 productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de hasta 7,47 dos (2) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas. Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de tres 8,02 (3) hasta cinco (5) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas. Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de seis 9,27 (6) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas en adelante. Certificación de exportación de medicamentos homeopáticos o Certificación de exportación 12,61 de productos fitoterapéuticos. Autorización importación como medicamento vital no disponible para un paciente. 27,85 Autorización de Importación como medicamento vital no disponible para varios pacientes o 36,12 autorización para fabricación nacional de vitales no disponibles. Autorización importación vital no disponible en caso de urgencia clínica. 32,68 Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde uno (1) a cinco (5) 4,40 productos de bebidas alcohólicas y alimentos. Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde seis (6) a diez (10) 5,71 productos de bebidas alcohólicas y alimentos. Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde once (11) a quince (15) 6,89 productos de bebidas alcohólicas y alimentos. Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde dieciséis (16) a veinte (20) 8 19 productos de bebidas alcohólicas y-,,"meotos. Autorización de importación de muestra sin valor comercial des doscientos (200) productos de bebidas alcohólicas y alimentos. Autorización importación como donación de uno (1) hasta veinte (20) productos de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, 4,60 suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización importación como donación de veintiuno (21) hasta doscientos (200) productos de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, 4,95 suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal. Autorización importación como donación de doscie~os uno (201) en adelante de productos 9,28 de medicamentos, dispositívos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, I ,'~ G DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 13 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y se dictan otras disposiciones" suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de h iene rsonal. 4002-36 Certificación por registro sanitario de dispositivo médico, asociado a recal!, alertas sanitarias uridad. e informes de que ofrezcan servicios de Autorización y/o renovación de autorización a 4002-37 análisis o pruebas de laboratorio para la vigilancia y control sanitario. Por cada metodologia Autorización de actividad de movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la 4002-38 utilización de los Organismos Vivos Modificados, OVM, para uso exclusivo en salud y mana o autorización cesión. Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE para medicamentos de síntesis 4002-39 quimica y biológicos destinados a la prevención y tratamiento de la Covid - 19 en vigencia de la sanitaria. Modificación de Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE para medicamentos 4002-40 de sintesis química y biológicos destinados a la prevención y tratamiento de la Covid 19 '"fll",nf'l:::l de la ncia sanitaria. 4006-1 4006-2 4006-3 4006-4 4006-5 4006-6 4006-7 4006-8 Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), y producto intermedio (si aplica) máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (1 FAs) , en una misma dirección razón social. : Visita de ce . , renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de . Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos en una misma dirección razón social. " Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; Africa y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFas), en una misma dirección razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), en una misma dirección razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) roductos, en una misma dirección razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro 04 roductos, en una misma dirección razón social. Visita de certificación. renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; Africa y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceania; México y Argentina, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilízación, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección razón social. 5,56 15,66 52,70 94,42 71,23 624.40 1143,90 1761,84 3022,71 624,40 1143,90 1761,84 3022,71 I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 14 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos que 4006-9 realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), prOducto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; •máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de • Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos que 1424,74 4006-10 realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de • Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; , Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en establecimientos que realicen los procesos 4006-11 de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, 2197,17 producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social. Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de • Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; , Oceanía; México y Argentina, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura 3773,26 4006-12 de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social. Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de 4006-13 medicamentos biológicos a nivel nacional, en capacidad instalada de áreas, equipos y 335,46 I procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social. Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica 657,54 4006-14 • excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir prOducto nuevo, en una misma dirección y razón social. ! Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; 1066,54 4006-15 África y Puerto Rico, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social. • Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de ! medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina, 1937, 1 4006-16 32 en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, • en una misma dirección y razón social. ' 4007 Modificación de resoluciones de certificaciones de BPM. 12,51 Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para: establecimientos de medicamentos, establecimientos de productos cosméticos, establecimientos de productos fitoterapéuticos, medicamentos homeopáticos, , establecimientos de gases medicinales, suplementos dietarios; o Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para: Establecimientos o para Laboratorios que realizan análisis de control de calidad de productos farmacéuticos, bien sea que pertenezcan 11,68 4008 al laboratorio fabricante o sean externos que presten servicios de análisis de control de calidad; o Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para: establecimientos de central de mezclas; Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER) para: Radiofarmacias; o Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE) para las instituciones Que realicen estos estudios. Visita para certificar o renovar certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: 441,23 4009 Establecimientos de productos cosméticos. . Visita para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de establecimientos con plantas o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios. 4010-1 Visitas para certificar o renovar las Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en las instituciones 446,24 I donde se llevan a cabo investigaciones con seres humanos, mediante la aplicación y uso de medicamentos. Visitas para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de I 570 33 4010-2 establecimientos de prOductos fitoterapéuticos. ' Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura I (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de 4011 medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas 1225,28 exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de 4012 I medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas 2252,05 exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 2: Estados I Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. l DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 15 de 30 ; Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" IVisita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura I 4013 4017 4018 I 4018-1 i 4022 4023-1 4023-2 I 4023-3 4023-4 4024 4025-1 4025-2 4025-3 4026 4027 4028 4029 4030 I 4030-1 I 4030-2 4030-3 4031 · (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de. ¡medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas • 3354,72 exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 3: Europa; • Asia; Oceanía; México y Argentina. I Visitas de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos 284,43 de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de Medicamentos. Visita de certificación o ampliación de la capacidad de producción a establecimientos de productos cosméticos, de higiene doméstica o absorbentes de higiene personal; Visita para la verificación del cumplimiento de condiciones sanitarias y verificación del cumplimiento de 71,31 condiciones sanitarias por ampliación a establecimientos fabricantes de' productos plaguicidas de uso doméstico. Visita y certificado de ampliación de líneas de establecimientos certificados en condiciones 44,02 sanitarias de dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in-vitro. Expedición de certificados de capacidad para: Establecimientos de productos cosméticos. 9.18 Visitas de verificación de requisitos sanitarios de unidades de biomedicina reproductiva, ' 72,96 bancos de semen y todos los demás bancos de componentes anatómicos. · Certificación a fabricantes en: Capacidad de producción de dispositivos médicos sobre I medida para la salud visual y ocular; condiciones sanitarias de dispositivos médicos: 99.89 condiciones sanitarias de reactivos de diagnóstico in-vitro. • Certificación a importadores en: capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de reactivos de diagnóstico in-vitro; capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de 79,51 dispositivos médicos. 127,21 Certificación y visita en Condiciones sanitarias para Bancos de tejido y médula ósea. Visitas para certificar normas técnicas de fabricación (NTF) para productos de aseo, higiene 229,20 y limpieza de uso doméstico. 352,27 Certificación y visita en Buenas Prácticas (BP) para: Bancos de Tejidos y de Médula ósea. 95,09 Visita de verificación de requerimiento de Buenas Prácticas (BP) para Bancos de tejidos. 117,10 Visita de verificación de centros de almacenamiento temporal de tejidos. Certificado de capacidad de producción técnica para: Establecimientos de productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico; establecimientos de dispositivos médicos sobre medida para salud visual y ocular; certificado de concepto técnico de condiciones sanitarias para establecímientos fabricantes de dispositivos médicos; Establecimientos de productos. 9,18 oficinales, establecimientos de plaguicidas de uso doméstico. Certificado de condiciones sanitarias de: establecimientos fabricantes de reactivos de diagnóstico in-vitro, Bancos de tejidos y de Médula ósea (para actualización). Certificado de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento de: reactivos de diagnóstico in-vitro, dispositivos médicos. Certificado de Normas Técnicas de Fabricación (NTF) de productos de aseo, higiene y 9,18 limpieza de uso doméstico. Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in-vitro. Certificado de Bancos de tejidos y de Médula ósea. (para 11,68 actualización) Verificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en industrias o fábricas de alimentos; Visitas de certificación o renovación de certificación de buenas prácticas de manufactura (BPM) a plantas productoras de alimentos que van a elaborar suplementos 183,50 dietarios. Visitas de certificación o renovación de buenas prácticas de manufactura a establecimientos fabricantes, procesadores, mezcladores o envasadores de aditivos alimentarios. Certificación de implementación y funcionamiento del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en la industria de alimentos, plantas de beneficio. animal, desposte y desprese y en motonaves o buques pesqueros para la exportación a la 217,91 Unión Europea; e inscripción de fábricas de productos de la pesca y acuicultura según lo establecido en el Decreto 60 de 2.002. Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos criticas de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación 416,71 a la Unión Europea ubicados en la Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. · Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos criticas de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación 571,351 a la Unión Europea ubicados en la ZONA 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación 790,55 a la Unión Europea ubicados en la ZONA 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas • exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. 1799'06 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 16 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" 4032 4033 4034 4035 Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas 1526,39 exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos Canadá Ch Brasil África Puerto Rico. de Prácticas de I (BP Visitas amp a la laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas 2021,84 exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el Exterior: Zona 3: Europa, Asia Oceaní México productivos nuevos Visitas de Ampliación para productos, áreas de manufactu 278,59 de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de Productos Fitoterapéuticos o 279,42 establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de 4036 328,63 4037 196,85 4038 183,50 4039 145,97 4040 335,30 Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o 4040-1 467,73 muestreo), en el exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile Rico. En una misma dirección razón social. Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o 4040-2 766,15 muestreo), en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. En una misma dirección razón social. de uenas Prácticas de Man Visítas de certificación o de (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o 4040-3 1382,08 , muestreo), en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. En una misma , dirección social. Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con certificación de Buenas 4041 Prácticas de Manufactura (BPM): establecimientos de acondicionamiento secundario o ' 219,37 Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundarío o pesaje 4041-1 405,50 (dispensación y/o muestreo), en el exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica Chile Puerto Rico. En una misma dirección razón social. I con Buenas Prácticas de de líneas de laboratoríos Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secun.dario o pesaje 4041-2 683,60 (dispensación y/o muestreo), en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África Puerto Rico. En una misma dirección razón social. i Visitas de ampliación de lineas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de ,Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje 4041-3 1271,58 (dispensación y/o muestreo), en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Ll.rl',on"¡n,,,. En una dirección razón social. de Buenas Prácticas de Manufactura de 304,44 199,35 184,33 210,19 151,80 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 17 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y se dictan otras disposiciones" de la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración para Radiofármacos nuevos certificación y/o renovación en buenas prácticas de elaboración de radiofárm"''''''''''1 ,., 4047 4049 4049-1 Expedición de certificados de aceptación de Certificados en BPM de que trata el Decreto 162 de 2004 O Certificados de aceptación de Certificados en Buenas Prácticas de Laboratorio BPL de trata la Resolución 3619 de Evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química y antivenenos con fines istro sanitario. diferentes a la obtención de Evaluación farmacológica de molécula nueva con fines diferentes a la obtención de registr sanitario. indicaciones 93,29 1869,17. 1297,30 4050-1 4,17 15,28 23,61 0,893 Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Oficial por Hora Dominical o Festivo Diurna. Inspección oficial de la Carne y Productos Comestibles en Plantas de de 4053-8 Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Auxiliar por Hora Dominical o Festiva Diurna. Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio de 4053-9 Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Oficial por Hora Dominical o Nocturna. Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio de 4053-10 Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Auxiliar por Hora Dominical Nocturna. 4053-7 2,35 1,98 3,18 2,67 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 18 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" 829,96 4054 4055 4057-1 4,17 4057-2 9,73 15,28 sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para Ilm,~nt(,,,, o bebidas de 51 (cincuenta y un) Lotes del Cargamento en adelante se 20,84 de esta Tarifa vía electrónica. os, rtifi,...",rl" de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias o insumos para la industria de alimentos o bebidas por 1 (un) Lote del Cargamento Lote a Ins Sólo se de esta Tarifa vía electrónica. 4,17 9,73 4058-3 4058-4 4059 4060 de alimentos terminados, materias de inspección san para la expo primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 9 (nueve) a 15 (quince) Lotes del Cargamento y por 4 (cuatro) Lotes a Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electróni . Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 16 (dieciséis) lotes del cargamento en adelante y por 5 (cinco) Lotes a Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica. Autorización para la fabricación de suplementos dietarios en plantas fabricantes de medicamentos y productos fitoterapéuticos con base en la revisión de las validaciones de lim Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 1: Centroaméríca; El Caribe' Suramérica Chile Puerto Rico. 12,50 15,28 36,40 722,32 4061 965,88 4062 1794,13 na. Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe; 565,51 Suramérica Chile I Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; 742,34 Ch' Africa Puerto Rico. Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceania; 1483,01 México Visita de autorización a de carne y/o productos cárnicos comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia, ubicados en 316,12 la Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. 4063 4064 4065 4066 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 19 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los seNicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" 4067 Visita de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia, ubicados en la Zona 2: Estados Unidos' Chile' África Puerto Rico, 427,05 728,16 171,42 159,71 0,717 1,15 2,24 2,93 0,467 0,801 1,48 1,90 6,66 imentos trAnÁ'fnrm~lr.iji)n_ ta.les como 4073-1 4073-2 4073-3 4073-4 4073-5 4073-6 4074 Certificado de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de tr",ndnrrl'l",,~ir.lni hasta 1 tonelada. Certificado de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de , de 1 a 100 tonel Certificado de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de de 101 a 1.000 T"n.::.. """",,, I Certificado de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de 1 a 10.000 toneladas. :<>"'ITlI'"'::"'O de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de de 10.001 a 15.000 toneladas. Certificado de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de más de 15.000 toneladas. Evaluación de nuevas declaraciones de propiedades de salud en alimentos para consumo humano. 6,19 7,18 8,46 10,63 ·11,82 178,25 2021 HOJA No. 20 de 30 DE DECRETO NUMERO Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigí/ancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y se dictan otras disposiciones" Inclusión en el listado de plantas medicinales para productos fitoterapéuticos tradicionales (PFT) o importados (PFTI). Inclusión en el listado de plantas medicinales para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM). Inclusión de nuevos ingredientes en suplementos dietarios 4075-1 4075-2 4076 4077-1 4077-2 4077-3 '~ 4078-1 4078-2 4079 4081 4080 4081-2 4081-3 4081-4 4083 4083-1 102,87 96,70 Visita y certificaciór'lQvisitél y certificación delél renovación de Buenas Prácticas. de Manufactura (SPM)aplsl'I:bJs :q\Je fabrique,I'I•. elabore~,hidra.~en·y. 'e"vélsen bebi.das' alcohólicas por razón de SU capacidad técnica y humana '. . , 4077 40713 77,10 Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas 224,64 alcohólicas clasificadas en el acta de inspección sanitaria hasta con 50 empleados. Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de' Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas 401,38 • alcohólicas clasificadas en el acta de inspección sanitaria con más de 50 empleados. Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de buenas prácticas de manufactura (BPM) a los microempresarios que fabriquen, elaboren, hidraten y/o envasen 161,84 bebidas alcohólicas, en el marco de las disposiciones del Decreto 1366 de 2020. Certlficadoqe Inspección 'Saoltélriél, para nacionalización y exportación d~ Bebidas Alcohólicas . ..,' ". Certificado de Inspección Sanitaria para la nacionalización y exportación de Bebidas Alcohólicas, de uno (1) a diez (10) lotes incluidos en el cargamento por un (1) lote a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica Certificado de Inspección Sanitaria para nacionalización y exportación de Bebidas Alcohólicas, de once (11) lotes o más incluidos en el cargamento y por cuatro (4) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa via electrónica Certificación de Buenas Prácticas de Fabricación -BPF para establecimientos dedicados a la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano. 12,40 I 19,21 422,42 Autorizaciones relaci<>i'ladascon rnateriales; objetos. $nvas'es, y equipamientos destinados a entrar en oontacto con alimentos y bebidas Dars'consumo humano '. Autorización de nuevas materias primas, sustancias, insumos y aditivos para la fabricación de materiales objetos, envases y equipamientos, destinados a entrar en contacto con los 191,17 alimentos y bebidas para consumo humano. Autorización de materiales reciclados utilizados en la fabricación de objetos, envases, materiales y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para 422,19 consumo humano. Autorización de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano, fabricados con materiales reciclados; Autorización de materiales reciclados importados para la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano; Autorización de envases plásticos reusables 18,10 (retornables o también llamados de uso repetido) destinados a entrar en contacto con I alimentos y bebidas para consumo humano; Autorización de nuevas combinaciones de materiales y objetos para la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos i destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano. Autorización de incentivos promocionales y de rótulos o etiquetas para contacto con' 18,10 alimentos. Evaluación de enmiendas de protocolos de investigación clinica 29,93 Evaluación de nuevos centros de investigación, consentimientos informados, nuevos 26,48 investigadores de protocolos de investigación farmacológica o sus combinaciones Eval.uaci.ó~ de estudios de estabilidad de medicamentos en investigación para ampliación ¡ 24 87 4083-2 _______~d~e~vl~d~a~u~b~I~----~~--------------------------------~--~----------~--'--~ 4083-3 Evaluación de enmiendas para protocolos de investigación con dispositivos médicos 20,32 prototipo Evaluación de nuevas solicitudes de importación de suministros para protocolos de 4083-4 investigación. 9,34 Solicitud de modificación de vida útil para un producto ylo medicamento en investigación que 13,59 I 4083-5 ya cuenta con aprobación en otro ensayo clínico. 4084 Concepto técnico para reactivos de diaQnóstico utilizados en protocolos de investigación. 62,24 Concepto técnico para la aprobación de protocolos de investigación con dispositivos 79,94 4085 médicos prototipo Inscripción de recurso humano para mantenimiento de equipos biomédicos categoría de 4086 6,66 riesgo IIB y 111 ·4C>87 Análisis de laboratorio 4087-1 Análisis de laboratorio a medicamentos sólidos (tabletas, granulados y cápsulas). Incluye pruebas de Identificación, Cuantificación del Fármaco, Determinación de Impurezas, Disolución y Uniformidad de dosis. ....... ..' 99,24 I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 21 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y se dictan otras disposiciones" 4087-2 Análisis de laboratorio a medicamentos inyectables (polvos para inyección, suspensiones y I soluciones inyectables). Incluye pruebas de Identificación, Cuantificación, Impurezas,. 115,91 Endotoxinas. . 4087-3 79,19 4089 4089-1 4090 4091 de nuevas condiciones en la Buenas Prácticas Clínicas para los componentes: comité laboratorio clínico; servicio 106,31 sede de Verificación documental de cambios en la certificación de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) que impliquen: nuevos servicios asistenciales (hospitalización y/o ambulatorios) institucionales o contratados, para investigación clínica, a excepción de servicio farmacéutico y laboratorio clínico; cierre de servicios asistenciales, para investigación 31,92 clínica; inclusión de actividades de ajuste y adecuación de dosis de medicamentos, para investigación clínica; cambio en nomenclatura de la institución; cambio razón social y/o de número de identificación tributa cambio de sede de comité de ética. Certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos en el Exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica 1236,96· Brasil Puerto Rico Certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; 2263,72 3366,39 • de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: 452,91 Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio. (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de Control de Calidad de· 339,43 en el Nacional Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de Control de Calidad de 4094-2 730,62 Medicamentos, ubicados en el Exterior. Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica Chile Puerto Rico . . Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de Control de Calidad de 4094-3 1070,80. Medicamentos, ubicados en el Exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; 4094-1 4094-4 1566,25 4094-5 339,43 4094-6 730,61 4094-7 4094-8 Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de Control de Calidad de 1070,80 Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 2: Estados Un . Chile' Brasil' África Puerto Rico. Visitas de certificación o renovad de la de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de Control de Calidad de 1498,69 Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 3: Eu . As Oceanía' México DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 22 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por ellnstífuto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" IVisitas de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o críticos 291,47 i en· las metodologías de análisis. la realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación, ubicados en el territorio Nacional. Visitas de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analiticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o críticos I 4094-10 en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de 668,17 estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación. Ubicados en Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. i Visitas de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o criticos 4094-11 en las metodologías de análisis, la realización de análisis especificos para estudio de 990,33 estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación. Ubicados en: Zona 2: Estados Unidos, Canadá, Chile, Brasil, África y Puerto I Rico. · Visitas de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas I · Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas i áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o criticos • 1393 45 4094-12 ' en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de i estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de i certificación. Ubicados en: Zona 3: Europa, Asia, Oceanía, México y Argentina. Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o renovación de la 4094-13 I certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de Medicamentos que funcionen en 564.55 i las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicado en I el territorio Nacional. , Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura • (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de Medicamentos que funcionen en 1411,07 • 4094-14 las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. · Visitas de certificación o renovación de la certificación .de Buenas Prácticas de Manufactura • (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o renovación de la 4094-15 certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de Medicamentos que funcionen en .2523,54 las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicados en I el Exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o renovación de la 4094-16 certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de Medicamentos que funcionen en 3708,78 las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicados en I el Exterior. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina . .. Visita cJe'.cl"sifh.acion en plantasd.:peneficldanlmalporrazonde su éap~cjdad de 4095 'sacrificio, disponibilidades. técnicas, ele d9taoiá,n .y de cumplimiento de la I .. reglam4itntación sanitaria. . . .... . I Visita de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de sacrificio, 4095-1 disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la reglamentación sanitaria, en 85,89 i Bogotá. Visita de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de sacrificio, 4095-2 disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la reglamentación sanitaria, a 182,82 nivel nacional. ,lnspecclóriOficl",ldfi}lacafl1eyPrOQuctq$ C8roJcQ$ Cómestibll~s en plantas de 4096 Desposte y [)e$p~ed~. aniríl.'ésparac;:onsumohulÍ1anQ, inter~sadas' en realizar· I procesos d~ exportación 9a,olicitud del interesado por hora. . . . .... Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y 4096-1 0.734 Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora Diurna. Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y • 4096-2 1,15 Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora Nocturna. Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y 4096-3 Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora Dominical o 2,20 Festivo Diurna. I Inspección oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y 4096-4 Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora Dominical o 2,87 Festiva Nocturna. 4094-9 I I 1 .. . I DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 23 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por ellnsUtuto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y se dictan otras disposiciones" paises Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 1: Centroamérica; 593,04 el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Hasta Máximo tres (3) Líneas de Producción. . de de mayor riesgo en lica de Certificación de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 2: Estados 923,34 Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Hasta Máximo tres (3) Líneas de. Producción. Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de paises exportadores que 1677,36 desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 3: Europa: Asia: Oceanía' México ntina. Hasta Máximo tres Líneas de Producción. Certificación de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, 45,88 de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Zona 1: lr~fnAI'Ir',~ Puerto 4097-5 55,05 4097-6 o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (80) y Bioequivalencia 386,54 767,96 1137,52 2039,25 183,20 119,17 119,30 135,62 4300-1 4300-2 90016 Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá O.C. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. 0,00 DECRETO NÚMERO 1889 DE 2021 HOJA No. 24 de 30 Continuación del decreto "Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA y se dictan otras disposiciones" I ¡ I ! 90017 90018 90019 90020 Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, ! semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en . 0,00 planta a nivel nacional. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art, 2 de Ley, 2069 de 2020. I Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas I medicinal o antiveneno en la modalidad de fabricar y vender con autorización de 0,00 . agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art, 2 de Ley 2069 de I , 2020. Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas medicinal o antiveneno en las modalidades de importar y vender, importar, semielaborar y 0,00 vender e importar envasar y vender con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de sintesis química ¡ o gases medicinales y antivenenos, en las modalidades de: fabricar y vender; importar, Semielaborar y Vender; Semíelaborar y Vender; Importar y Vender, e Importar, Envasar y 0.00 Vender. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis quimica o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación 0,00 farmacéutica en planta a nivel nacional. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de sintesis quimica o gases medicinales en la modalidad de: Importar, Envasar y Vender, con visita para 0,00 evaluación farmacéutíca en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; Africa y Puerto Rico. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de paQo, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro sanitario nuevo de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, 0,00 envasar y vender. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 ¡ de 2020. Registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y 0,00 vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BO) y Bioequivalencia (BE). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis quimica o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; 0,00 importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá O.C. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. ,,,--- Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación 0,00 farmacéutica en planta en el exteríor: Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil. Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos): Exceptuada de pago, en el marco del paráQrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación 0,00 farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; Africa y Puerto Rico. (Más O UVT molécula nueva con o sín protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de un medicamento de Síntesis Química en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en 0,00 planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020. Registro Sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis quimica ! o gases medicinales en la modalidad de Importar, Envasar y Vender, con visita pan;¡ evaluación farmacéutica en planta a nivel Nacional e Internacional: Zona 1: Centroamérica. 0,00 el caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más O UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del