Porte de armas. Las autoridades militares de que trata el articulo 32 del Decreto Ley 2535 de 1993, adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde las seis (6:00) de la mañana del sábado 18 de noviembre hasta las seis (6:00) de la mañana del lunes 20 de noviembre de 2017, sin perjuicio de las autorizaciones especiales que durante estas fechas expidan las mismas. Parágrafo. Las autoridades militares de que trata este artículo podrán ampliar este término, de conformidad con lo decidido en los Consejos Departamentales de Seguridad, para prevenir posibles alteraciones del orden público. I11 ;! I ¡~ • " il' '1, DECRETO NÚMERO _ _~_._1_8_7_2__ DE 2017 PÁGINA 2 DE 2 ",~r----'-;"----------------------------------"" Continuación del Decreto: ·Por el cual se dictan normas para la conservación del orden público relacionadas con la jornada de participación democrática de las consultas populares, internas o interpartidistas para la toma de decisiones de los partidos, movimientos po/fticos ylo grupos significativos de ciudadanos que opten por ese mecanismo a desarrollarse el 19 de noviembre de 2017 y se profieren otras disposiciones"\nArtículo 3°. Tránsito de vehiculos automotores y de transporte fluvial. Los gobernadores y alcaldes, de conformidad con lo decidido en el Consejo Departamental y Municipal de Seguridad o en el respectivo Comité de Orden Público, podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas, o de estas con acompañantes, durante el período que se estime conveniente, con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público.