Modifíquese el artículo 1O del quedará así: 3571 de 2011, cual Comunicaciones. "Artículo 10. Oficina de Tecnologías de la Información y la Oficina de Tecnologías la Información y Son funciones Comunicaciones, además de las señaladas en Decreto 1083 de 201 siguientes: 1. Impartir y definir lineamientos en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones a través de principios, políticas, estrategias y buenas prácticas que soporten gestión. 2. Definir y aplicar los lineamientos y procesos de Tecnologías la Información y las Comunicaciones en el Ministerio en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento, garantizando su pertinencia, calidad, seguridad, oportunidad, transformación, monitoreo, flujos, intercambio e ) . , • 1 DECRETO No "Por el 1829 DE se modifica la Hoja No. 3 de 7 del Ministerio de Vivienda, y Territorio" interoperabilidad con demás entidades competentes, que permitan apoyar Ministerio y al sector en toma de decisiones. datos de los 3. Apoyar al Ministerio en la definición de los estándares sistemas de información y de informática. 4. Liderar la implementación de la Política de Gobierno Digital Ministerio permita uso y aprovechamiento las tecnologías la información y las comunicaciones. 5. Definir, actualizar e implementar el Pian Estratégico de Tecnologías de la Información. Prestar el soporte técnico a los usuarios internos del Ministerio, garantizando el adecuado funcionamiento la infraestructura tecnológica. 7. Promover el desarrollo de estrategias, aplicaciones, trámites e instrumentos que propendan por el uso y mejoramiento de los servicios y trámites sectoriales en , por parte de los servidores públicos, los ciudadanos y otras entidades, como herramientas clave de una gestión eficiente. 8. Definir e implementar las políticas de seguridad la información y de la plataforma tecnológica del Ministerio, determinando los lineamientos para la formulación de los planes. 9. Definir, implementar, desarrollar y coordinar las estrategias para cumplimiento de estándares seguridad, privacidad, confidencialidad, integridad, confiabilidad, calidad y oportunidad de la información que cuenten con un análisis y tratamiento de riesgos Tecnologías la Información y las Comunicaciones apropiados para Ministerio, con el 'Fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma decisiones en la entidad y/o sector. 10. Definir los lineamientos la administración, operación y mantenimiento de los servicios en lo relacionado con la plataforma tecnológica, redes, comunicaciones y sistemas información que soportan la infraestructura Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio. 11 Establecer, en coordinación con las competentes, necesidades y el presupuesto para los procesos adquisición y garantizar la gestión Tecnologías la Información y las Comunicaciones del Ministerio. 12. Liderar y coordinar el desarrollo, implementación, operación, soporte y mantenimiento de sistemas información, facilitando los medios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para atender las necesidades de información de los ciudadanos y grupos de interés a través de los servicios digitales de la entidad ! , ( . '-; , '1 ¡ \ DECRETO No "Por el 1829 No. 4 de 7 DE se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio 1/ 13. Formular planes, programas y proyectos para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en ámbito de su competencia. 14. Las demás funciones asignadas que correspondan a dependencia" . naturaleza de la 3571 2011, el cual