Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Decreto · 1829 · 2019-10-10 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 25°

como función de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionadas DECRETO No 1829 DE No 2 de 7 "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Cíudad y Territorio con los asuntos financieros y contables, contratación pública, soporte técnico informático, servicios administrativos y gestión documental. Que la Subdirección de Servicios Administrativos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, pertenece a la Secretaría General, conformidad con numeral 17 del artículo 27 del Decreto Ley 3571 de 2011, y tiene nadas como una de sus funciones, de prestar apoyo técnico en la formulación y diseño y ejecución de los planes de desarrollo informático Ministerio, en coordinación con dependencias mismo. Que por la de funciones la Oficina Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, asumirá la correspondiente a prestar apoyo técnico en la formulación y diseño y ejecución los planes desarrollo informático del ministerio, en coordinación con las dependencias del mismo, función que en la actualidad, a cargo de Subdirección de Servicios Administrativos. Que se requieren ajustar los verbos rectores y las funciones a cargo algunas dependencias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como la Secretaría General, la Subdirección Administrativa y la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Que por lo anteriormente expuesto, se hace nCf~t.:>'" Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio. modificar la estructura del Que en mérito de lo expuesto, DECRETA

Artículo 1°

Modifíquese el artículo 1O del quedará así: 3571 de 2011, cual Comunicaciones. "Artículo 10. Oficina de Tecnologías de la Información y la Oficina de Tecnologías la Información y Son funciones Comunicaciones, además de las señaladas en Decreto 1083 de 201 siguientes: 1. Impartir y definir lineamientos en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones a través de principios, políticas, estrategias y buenas prácticas que soporten gestión. 2. Definir y aplicar los lineamientos y procesos de Tecnologías la Información y las Comunicaciones en el Ministerio en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento, garantizando su pertinencia, calidad, seguridad, oportunidad, transformación, monitoreo, flujos, intercambio e ) . , • 1 DECRETO No "Por el 1829 DE se modifica la Hoja No. 3 de 7 del Ministerio de Vivienda, y Territorio" interoperabilidad con demás entidades competentes, que permitan apoyar Ministerio y al sector en toma de decisiones. datos de los 3. Apoyar al Ministerio en la definición de los estándares sistemas de información y de informática. 4. Liderar la implementación de la Política de Gobierno Digital Ministerio permita uso y aprovechamiento las tecnologías la información y las comunicaciones. 5. Definir, actualizar e implementar el Pian Estratégico de Tecnologías de la Información. Prestar el soporte técnico a los usuarios internos del Ministerio, garantizando el adecuado funcionamiento la infraestructura tecnológica. 7. Promover el desarrollo de estrategias, aplicaciones, trámites e instrumentos que propendan por el uso y mejoramiento de los servicios y trámites sectoriales en , por parte de los servidores públicos, los ciudadanos y otras entidades, como herramientas clave de una gestión eficiente. 8. Definir e implementar las políticas de seguridad la información y de la plataforma tecnológica del Ministerio, determinando los lineamientos para la formulación de los planes. 9. Definir, implementar, desarrollar y coordinar las estrategias para cumplimiento de estándares seguridad, privacidad, confidencialidad, integridad, confiabilidad, calidad y oportunidad de la información que cuenten con un análisis y tratamiento de riesgos Tecnologías la Información y las Comunicaciones apropiados para Ministerio, con el 'Fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma decisiones en la entidad y/o sector. 10. Definir los lineamientos la administración, operación y mantenimiento de los servicios en lo relacionado con la plataforma tecnológica, redes, comunicaciones y sistemas información que soportan la infraestructura Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio. 11 Establecer, en coordinación con las competentes, necesidades y el presupuesto para los procesos adquisición y garantizar la gestión Tecnologías la Información y las Comunicaciones del Ministerio. 12. Liderar y coordinar el desarrollo, implementación, operación, soporte y mantenimiento de sistemas información, facilitando los medios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para atender las necesidades de información de los ciudadanos y grupos de interés a través de los servicios digitales de la entidad ! , ( . '-; , '1 ¡ \ DECRETO No "Por el 1829 No. 4 de 7 DE se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio 1/ 13. Formular planes, programas y proyectos para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en ámbito de su competencia. 14. Las demás funciones asignadas que correspondan a dependencia" . naturaleza de la 3571 2011, el cual

Artículo 2°

Modifíquese el artículo 25 quedará así: "Artículo 25. siguientes: Decreto Secretaría General. Son funciones de la Secretaría 1. Asistir al Ministro en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración del Ministerio. Diseñar, formular, implementar, y dirigir la ejecución de procesos, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio. 3. Coordinar elaboración del Presupuesto Funcionamiento y Programa Anual de Caja deba adoptar el Ministerio. 4. Preparar en coordinación con la Oficina de Planeación, anteproyecto anual de presupuesto, de conformidad con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y el Departamento Nacional de Planeación. los Impartir directrices y dirigir la programación, elaboración y ejecución Planes Contratación y Adquisición de de la Entidad, de manera articulada con los instrumentos de planeación y presupuesto. 6. Impartir instrucciones y realizar el seguimiento a la correcta ejecución, contabilización y rendición informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados al Ministerio y al Fondo Nacional de Vivienda. 7. Consolidar los estados financieros y Coordinar, dirigir y ejercer 9. ejecución presupuestal. función disciplinaria en Ministerio. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento del Ministerio. 10. Formular planes, programas y proyectos para desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. t, • I .-: r _ , , '1 .1 t No 1829 DE No. 5 de 7 "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio" 11. Dirigir, formular, implementar e impartir directrices la estructura y planta de personal del Ministerio, en concordancia con los lineamientos dados por el Departamento Administrativo de la Función Pública y demás órganos competentes. 12. Dirigir, coordinar, e implementar los procesos gestión del talento humano y la promoción de la cultura organizacional del Ministerio, e impartir los lineamientos para su adecuada administración. 13. Participar bajo la dirección del ministro, en la orientación, coordinación y ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. 14. Gestionar la consecución de recursos para programas y proyectos institucionales. 1 desarrollo los planes, Formular e implementar la política de atención a usuarios internos y externos. 16. Dirigir y ejecutar las políticas de gestión documental y archivo del Ministerio. 17. Formular la política de gestión, administración y control de los recursos físicos del Ministerio. 18. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia" .

Artículo 3°

Modifíquese el artículo quedará así: del Decreto Ley 2011, el cual "Artículo Subdirección de Servicios Administrativos. Son funciones Subdirección de Servicios Administrativos, las siguientes: la 1. Adelantar las actividades contratación de conformidad con la normativa vigente y aplicar los métodos, procedimientos y mecanismos de control respectivos. Elaborar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Contratación de Bienes y Servicios del Ministerio, conformidad con la normativa aplicable. 3. Adelantar las actuaciones administrativas necesarias para la imposición de sanciones, declaratorias de caducidad e incumplimientos a los contratos. 4. Establecer lineamientos e implementar procesos sobre la contratación del Ministerio conformidad con normativa vigente y relacionada. 1. J '/ _ (1 . , 1'" , DECRETO No 1829 Hoja No. 6 de 7 DE "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio" 5. Coordinar y controlar la eficiente y eficaz prestación de los servicios administrativos y logísticos en el Ministerio y en el Fondo Nacional de Vivienda. 6. Administrar de manera eficiente, económica y eficaz los recursos físicos del Ministerio, efectuando una adecuada ejecución, planificación, seguimiento y control de los mismos. 7. Mantener actualizados los inventarios, así como el proceso de baja y remate de los bienes que son responsabilidad del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda, y conservar los títulos y demás documentos necesarios para su identificación y control. 8. Propender porque se encuentren debidamente asegurados los bienes que son de responsabilidad del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda, y efectuar los trámites de reclamación correspondientes, cuando a ello hubiere a lugar. 9. Dirigir y coordinar la planeación, ejecución, control y seguimiento de la gestión documental del Ministerio, garantizando la correcta prestación de los servicios de correspondencia y archivo, de conformidad con las normas vigentes y los lineamientos impartidos por el Archivo General de la Nación . 10. Atender y hacer seguimiento a las quejas, reclamos y sugerencias , orientando oportunamente a los usuarios a través de los diferentes canales de comunicación de la entidad, sobre el trámite de los mismos, y elaborar informes y estadísticas sobre su comportamiento . 11 . Definir y gestionar funcionalmente los trámites en línea para la atención a los grupos de interés. 12. Prestar apoyo a la Subdirección Financiera en la programación de los gastos de funcionamiento requeridos por el Ministerio. 13. Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el Ministerio. 14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia . 15. Dirigir la recepción, transferencia, atención y seguimiento de las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos interpuestos por los ciudadanos, servidores públicos y demás personas que presten o utilicen los servicios del Ministerio. 16. Las demás que le sean correspondan". asignadas y que por su naturaleza le ti' l,i~ _ J ~ , l.'" DECRETO No 1829 Hoja No. 7 de 7 DE "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio"\nArtículo 4°. Vigencia y derogatorias: El presente decreto rige a partir de su publicación y se modifican los artículos 10,25 Y del Decreto 3571 de 2011, y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLíQUESE y CÚMPLASE 10 OCT 20 9 Dado en Bogotá D.C., a los MINISTRO DE HACIE MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, ~ MAUJt. JON~~N TYBALqAGÓN GONZÁLEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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